Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2010 (20/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 20 de MORDAZA de 2010

Decreto Legislativo que Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado. 2.2 Cada organismo del Sistema Electoral debe fijar el porcentaje y el monto que ordena y paga directamente para la ejecucion de prestaciones adicionales de acuerdo a sus necesidades reales para realizar la MORDAZA vuelta electoral. 2.3 En los contratos suscritos con los proveedores contratados para la realizacion de la primera vuelta electoral, cada organismo del Sistema Electoral debe asegurar la inclusion de una clausula de suspension del cumplimiento de la prestacion hasta que se comunique al contratista la reanudacion de las prestaciones para realizar la MORDAZA vuelta electoral en los casos pertinentes. 2.4 Las condiciones y el costo de las prestaciones adicionales necesarias para realizar la MORDAZA vuelta electoral se determinan sobre la base de las especificaciones tecnicas o terminos de referencia de los bienes o servicios, segun corresponda, y de la propuesta economica presentada por el proveedor o contratista, quien otorga las garantias que correspondan a las citadas prestaciones. Articulo 3º.- Modificacion de la trigesima MORDAZA disposicion final de la Ley num. 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010 Modificase la trigesima MORDAZA disposicion final de la Ley num. 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, la cual queda redactada de la siguiente manera: "TRIGESIMA QUINTA.- Autorizase a los organos del Sistema Electoral para exonerarse de lo dispuesto por el Decreto Legislativo num. 1057, Decreto Legislativo que Regula el Regimen Especial de Contratacion Administrativa de Servicios, y de la aplicacion del Decreto Legislativo num. 1017, Decreto Legislativo que Aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, a efectos de realizar las contrataciones de servicios necesarios a traves de locaciones de servicios, de acuerdo con lo establecido en el Codigo Civil para los procesos electorales a realizarse en el ano 2010. Asimismo, dejanse sin efecto los porcentajes de pago de remuneraciones de los trabajadores del MORDAZA Nacional de Elecciones, establecidos en el Decreto Supremo num. 055-2001-EF, por el que se aprueba la reestructura organizativa del MORDAZA Nacional de Elecciones, debiendo financiarse la politica remunerativa con cargo a la disponibilidad presupuestal existente, sin demandar mayores recursos al Tesoro Publico." Articulo 4º.- Control y publicacion de las contrataciones de bienes y servicios Las contrataciones de bienes y servicios efectuadas en merito a la presente Ley deben comunicarse al organo de control institucional y publicarse en forma resumida en el MORDAZA de internet de cada organismo del Sistema Electoral. Articulo 5º.- Derogatoria Deroganse o dejanse sin efecto, segun corresponda, las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, al uno de MORDAZA de dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica

AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecinueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 521310-2

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de reportera y camarografo del IRTP para cubrir las incidencias del evento "EXPOPERU en Bolivia"
RESOLUCION SUPREMA Nº 172-2010-PCM MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2010 Visto, el Oficio Num. 093-2010-PE-IRTP de la Presidente Ejecutiva del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; CONSIDERANDO: Que, del 20 al 23 de MORDAZA de 2010, en la Republica de Bolivia se llevara a cabo el evento "EXPOPERU en Bolivia", donde se presentara la gastronomia del Peru y desfile de modas, con nuestra propuesta de joyeria de plata y moda de alpaca y algodon; Que, en tal sentido, se ha estimado conveniente autorizar el viaje de los senores Dayana Gicela MORDAZA MORDAZA, Reportera y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Camarografo del IRTP, para cubrir las incidencias del citado evento; Que, los gastos por concepto de viaticos (alimentos) y tarifa unica por uso de aeropuerto seran asumidos por el Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP; De conformidad con la Ley Num. 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; la Ley Num. 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; su Reglamento aprobado mediante el Decreto Supremo Num. 047-2002-PCM y el Reglamento de Organizaciones y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante Decreto Supremo Num. 063-2007PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior de los senores Dayana Gicela MORDAZA MORDAZA, Reportera y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Camarografo del IRTP a la Republica de Bolivia, del 20 al 23 de MORDAZA de 2010, para los fines a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, se efectuaran con cargo a los recursos del Instituto Nacional de Radio y Television del Peru - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: Dayana Gicela MORDAZA MORDAZA Viaticos Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto US$ US$ 264,00 31,00

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