Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2010 (31/05/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 31 de MORDAZA de 2010

Articulo 2º.- Disponer que la presente resolucion se publique en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de la institucion. Registrese y comuniquese.

Organizacion y Funciones de la Defensoria del Pueblo, aprobado por Resolucion Defensorial N° 029­2008/DP y su modificatoria aprobada por Resolucion Defensorial Nº 0019­2009/DP; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector de la Universidad MORDAZA MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General de la Asamblea Nacional de Rectores 499896-1

Articulo Primero.- APROBAR el "Decimotercer Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica. Enero ­ Diciembre 2009" y su MORDAZA al Congreso de la Republica, segun el procedimiento establecido. Dicho informe desarrolla los siguientes capitulos: Capitulo 1: Presenta los aspectos institucionales, la vision y mision institucionales, la organizacion de la Defensoria del Pueblo, los instrumentos de gestion de la actuacion defensorial, los aspectos economicos y las relaciones internacionales; Capitulo 2: Incorpora las intervenciones defensoriales relevantes en lo concerniente a los derechos, como son los derechos civiles y politicos, derechos economicos, sociales y culturales, y el derecho de solidaridad para un ambiente equilibrado y adecuado para la vida. Asimismo, presenta las intervenciones defensoriales respecto de las personas en condiciones de desigualdad y de especial proteccion y las intervenciones defensoriales respecto de temas que inciden en la gobernabilidad, la paz y el dialogo; Capitulo 3: Contiene los datos estadisticos que muestran, entre otros aspectos, el numero de casos recibidos en el periodo, clasificados por categoria (quejas, petitorios y consultas), el indice de concentracion de atencion de casos, la atencion de usuarios en el ambito nacional, el estado de ejecucion de las quejas, petitorios y consultas, las instituciones que fueron objeto de mayor numero de quejas, la relacion de los hechos vulneratorios mas frecuentes en el universo de quejas, y la tematica mas frecuente, tanto en el ambito de los petitorios como en el de las consultas. Asimismo se presenta el numero de casos atendidos por el Centro de Atencion Virtual, e informacion correspondiente a cada una de las Oficinas Defensoriales y Modulos de Atencion en el ambito nacional; Capitulo 4: Presenta la actuacion de las entidades que tienen un mayor numero de hechos vulneratorios declarados fundados en lo referente al cumplimiento del deber de cooperacion con la Defensoria del Pueblo, asi como la relacion de los casos mas significativos de incumplimiento del deber de cooperacion en el ambito nacional; Capitulo 5: Reflexiones finales de la actuacion de la Defensoria del Pueblo; Anexos: Recogen la relacion de las opiniones sobre normas en MORDAZA de elaboracion, los procesos constitucionales en los que intervino la Defensoria, las resenas de las resoluciones defensoriales elaboradas en el periodo, las publicaciones defensoriales editadas durante el periodo informado y las relaciones con los medios de comunicacion y la difusion de los derechos humanos. Articulo Segundo.- PONER EN CONOCIMIENTO del senor Presidente Constitucional de la Republica el Informe mencionado en el articulo anterior. Articulo Tercero.- REMITIR el mencionado Informe al senor Presidente del Congreso de la Republica, asi como a los senores presidentes de la Comision de Constitucion y Reglamento y de la Comision de Justicia y Derechos Humanos del referido Congreso. Articulo Cuarto.- DISPONER la publicacion del "Decimotercero Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica. Enero ­ Diciembre 2009" en el MORDAZA Web de la institucion (www.defensoria.gob.pe). Articulo Quinto.- DISPONER la preparacion del Resumen Ejecutivo a publicarse en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensora del Pueblo 498174-1

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aprueban "Decimotercer Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica Enero Diciembre 2009"
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 0015­2010/DP MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado en el articulo 162° de la Constitucion Politica del Peru y en el articulo 27º de la Ley N° 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, la Defensora del Pueblo debe presentar anualmente al Congreso de la Republica, durante el ano de una Legislatura Ordinaria, un informe que de cuenta de la gestion realizada en el periodo, y las conclusiones correspondientes, el cual debe ser puesto en conocimiento del Presidente Constitucional de la Republica; Que, en cumplimiento de dicho mandato constitucional y legal, la Defensora del Pueblo ha elaborado el Decimotercer Informe Anual de la Defensoria del Pueblo al Congreso de la Republica, a fin de presentarlo a este, y por su intermedio, rendir cuentas a la sociedad de la gestion realizada por la Defensoria del Pueblo durante el periodo enero­diciembre 2009; Que, el Decimotercer Informe Anual recoge la labor realizada por la Defensoria del Pueblo en defensa de los derechos fundamentales de la persona y la comunidad, asi como de la supervision del Estado y de los funcionarios y servidores publicos llevada a cabo en el ultimo periodo, con el fin de promover el cumplimiento de los deberes de funcion, transparencia y responsabilidad de sus actos; Que, uno de los objetivos del Informe Anual es contribuir a la labor legislativa y fiscalizadora del Congreso, asi como al desarrollo de las funciones del Poder Ejecutivo; Que, conforme al articulo 94º del Reglamento del Congreso de la Republica, el Informe de la Defensora del Pueblo debe ser presentado al Congreso de la Republica, por intermedio de su Presidente, debiendo efectuarse la sustentacion ante la Comision de Constitucion y Reglamento y la Comision de Justicia y Derechos Humanos, reunidas en sesion conjunta. Posteriormente, el Informe debera ser presentado ante el Pleno del Congreso de la Republica en la primera sesion que se realice despues de la MORDAZA realizada ante la sesion conjunta de las referidas comisiones; Que, la difusion del Informe y del Resumen Ejecutivo de este, de conformidad con el articulo 27° de la Ley N° 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, debera ser publicado gratuitamente en el Diario Oficial El Peruano, permitira que las instituciones estatales, las organizaciones representativas de la sociedad civil, la opinion publica y la ciudadania en general tomen conocimiento del cumplimiento de las funciones asignadas a la Defensora del Pueblo por la Constitucion Politica y las leyes; En uso de las atribuciones conferidas por los articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru y estando a lo dispuesto por la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, y por el literal d) del articulo 8° del Reglamento de

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