Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2011 (12/08/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de agosto de 2011

NORMAS LEGALES

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contara con el apoyo de las Gerencias y Sub Gerencias de la Municipalidad con competencia en la materia, y se le brindara las facilidades para cubrir los requerimientos de recursos humanos y materiales necesarios para efectuar esta labor. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 675817-2

Que, en la sesion de fecha 15 de MORDAZA de 2011, los alcaldes de las municipalidades distritales de San MORDAZA, San MORDAZA, La MORDAZA, Cineguilla y el MORDAZA, acordaron la constitucion de la Mancomunidad Municipal "Lima Este". De conformidad con lo establecido por la Constitucion Politica del Peru, la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, la Ley de la Mancomunidad Municipal - Ley Nº 29029, modificada por la Ley Nº 29341 y el Informe Tecnico Nº 065-2011-MDC; el Concejo Municipal aprobo por MAYORIA la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA CONSTITUCION Y EL ESTATUTO DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL "LIMA ESTE" Articulo Primero.- La presente Ordenanza Municipal tiene por finalidad aprobar la constitucion de la "Mancomunidad Municipal "LIMA ESTE", segun Acta de fecha 15 de MORDAZA de 2011, suscrita por los Senores Alcaldes de las Municipalidades de San MORDAZA, San MORDAZA, La MORDAZA, Cieneguilla y el Agustino. La Mancomunidad Municipal "Lima Este" tiene por objeto: a) Fomentar la prestacion eficiente del servicio de seguridad ciudadana. b) Diseno y ejecucion de proyectos de infraestructura vial y ordenamiento urbano. c) Formulacion e implementacion de politicas de gestion ambiental. d) Promover el desarrollo economico local. e) Fortalecimiento de apacidades para el desarrollo local. Articulo Segundo.- Aprobar el Estatuto de la "Mancomunidad Municipal MORDAZA Este", ratificando el contenido en el Acta de Constitucion, que como Anexo forma parte de la presente Ordenanza Municipal. Articulo Tercero.- Las municipalidades distritales intervinientes acuerdan delegar a la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este, las siguientes funciones: a) Gestionar y concertar con instituciones del sector publico y privado sobre la elaboracion y ejecucion de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo de los distritos conformantes de la Mancomunidad Municipal. b) Ejecutar directamente o proveer la ejecucion de las obras de infraestructura MORDAZA y rural que MORDAZA indispensables para el cumplimiento de los objetivos de la Mancomunidad Municipal. c) Participar en los procesos de Presupuesto Participativo y en otros espacios de concertacion y participacion ciudadana en los diferentes niveles de gobierno. d) Planificar, ejecutar, monitorear actividades de apoyo directo e indirecto de la Seguridad Ciudadana, Infraestructura Vial y Ordenamiento MORDAZA, Gestion Ambiental, Desarrollo Economico Local y otros MORDAZA que determine el Consejo Directivo. Articulo Cuarto.- Ratificar la designacion del Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Presidente del Consejo Directivo, y del Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este, de conformidad a los acuerdos senalados en el Acta de Constitucion. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 675740-1

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Aprueban la constitucion y estatuto de la Mancomunidad Municipal "Lima Este"
ORDENANZA Nº 136-2011-MDC Cieneguilla, 21 de MORDAZA de 2011 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA: POR CUANTO: El Concejo de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, en Sesion Ordinaria de fecha 21 de MORDAZA de 2011; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado, en su articulo 194º, y la Ley Organica de Municipalidades, en el articulo II de su Titulo Preliminar, prescriben que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, por la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley Nº 29341, se establecio el MORDAZA juridico para el desarrollo de las relaciones de asociatividad municipal, previstas en el articulo 124º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, el articulo 2º de la Ley de la Mancomunidad Municipal define a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo voluntario de municipalidades, para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras, con los fines de promover desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos; en el articulo 5º, se establece que la voluntad de constituir una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por ordenanza municipal de las municipalidades intervinientes, sustentadas en los informes tecnicos que den viabilidad a su creacion; Que, el articulo 11º del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento para la constitucion de las mancomunidades municipales; se senala que la ordenanza municipal aprueba la constitucion de la mancomunidad municipal, con la ratificacion del contenido del Acta de Constitucion, su Estatuto, y la designacion del primer presidente del Consejo Directivo y del primer Gerente General; Que, mediante Informe Tecnico Nº 065-2011GPPR/MDC de fecha 15 de MORDAZA de 2011 la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla, se declara la viabilidad para la constitucion de la "Mancomunidad Municipal "Lima Este";

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