Norma Legal Oficial del día 12 de marzo del año 2011 (12/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano MORDAZA, sabado 12 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

438885

Que, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 016-2008-CD-OSIPTEL, se modifico, entre otras disposiciones, el literal b) del articulo 2º de las Disposiciones de Transparencia, estableciendo que deberan ser difundidas en el MORDAZA de transparencia del OSIPTEL, los acuerdos adoptados en las sesiones del Consejo Directivo; Que, desde su creacion, el OSIPTEL ha adoptado una politica de transparencia en su ejercicio funcional y un comportamiento predecible en su MORDAZA decisorio, asi como de ofrecer garantias al MORDAZA de telecomunicaciones sobre la estabilidad de su MORDAZA regulatorio; Que, considerando que el articulo 10º de la Ley de Transparencia senala que las actas de reuniones oficiales constituyen informacion de acceso publico, resulta conveniente publicar en el referido MORDAZA de transparencia no solo los acuerdos adoptados, sino las actas de las sesiones debidamente suscritas de las sesiones del Consejo Directivo del OSIPTEL; Que, de conformidad con el MORDAZA de Transparencia recogido en el Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, los proyectos de decisiones normativas del organismo regulador deben ser previamente publicados para recibir opiniones del publico en general, salvo que el Consejo Directivo determine que dichos proyectos se encuentran exonerados del tramite de publicacion previa por razones de urgencia o necesidad; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2009JUS, establece que las entidades publicas quedaran exceptuadas de publicar los aludidos proyectos si consideran que ello es impracticable, innecesario o contrario a la seguridad o al interes publico; Que, la publicacion en el MORDAZA de transparencia de las actas de las sesiones del Consejo Directivo, en lugar de la difusion unicamente de los acuerdos, involucra un cambio que favorece al ejercicio del derecho de acceso a la informacion, por cuanto supone la MORDAZA transparencia posible acerca de las materias tratadas por dicho colegiado en sus sesiones; Que, actualmente se viene publicando en el MORDAZA de transparencia del OSIPTEL, el texto completo de las actas de las sesiones de su Consejo Directivo; Que, en consecuencia, el Consejo Directivo del OSIPTEL considera que no es necesario publicar el proyecto de modificacion del literal b) del articulo 2º de las Disposiciones de Transparencia; En aplicacion de las funciones previstas en el inciso p) del articulo 25° y en el inciso b) del articulo 75° del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, y estando a lo acordado por el Consejo Directivo del OSIPTEL en su Sesion Nº 414; SE RESUELVE : Articulo Primero.- Modificar el literal b) del articulo 2° de las "Disposiciones que regulan la transparencia de OSIPTEL y sus Directores, Funcionarios y Servidores", aprobada mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 018-2007-CD-OSIPTEL, conjuntamente con su Exposicion de Motivos, conforme al texto siguiente: "Articulo 2º.- El Area de Comunicacion Corporativa de OSIPTEL difundira en Internet a traves de su MORDAZA de transparencia la informacion que dispone el Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM o las normas que lo sustituyan. Asimismo, difundira a traves del referido MORDAZA, lo siguiente: (...)

b) Las actas debidamente suscritas de las sesiones del Consejo Directivo. La referida informacion debera publicarse dentro de los diez (10) dias habiles posteriores a la fecha de realizacion de la sesion de Consejo Directivo en la que se apruebe el acta correspondiente." Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente resolucion y de su Exposicion de Motivos en el Diario Oficial El Peruano. Asimismo, disponer la publicacion en la pagina web institucional del OSIPTEL (http://www.osiptel.gob.pe), la presente resolucion y su Exposicion de Motivos. Articulo Tercero.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y publiquese. MORDAZA THORNBERRY VILLARAN Presidente del Consejo Directivo

Exposicion de Motivos Con Resolucion de Consejo Directivo Nº 018-2007CD-OSIPTEL del 19 de MORDAZA de 2007, se aprobaron las "Disposiciones que regulan la transparencia de OSIPTEL y sus Directores, Funcionarios y Servidores" (en adelante, las Disposiciones de Transparencia), como desarrollo del Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, Ley N° 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 0432003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, en adelante el "TUO" y su "Reglamento", respectivamente. A traves de la modificacion introducida a las Disposiciones de Transparencia, mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 016-2008-CD-OSIPTEL, se establecio que deberan ser difundidos en el MORDAZA de transparencia del OSIPTEL, solo los acuerdos adoptados en las sesiones del Consejo Directivo. Al respecto, si bien es MORDAZA que no constituye obligacion del OSIPTEL la difusion en su integridad de las actas de las sesiones del Consejo Directivo en el MORDAZA de transparencia de la institucion, hacerlo ratifica el compromiso con la politica de transparencia que cultiva este organismo regulador en el ejercicio de sus funciones y, ademas, permite que la sociedad este enterada acerca de los temas que son objeto de debate por parte del referido colegiado. Por tanto, se contempla la modificacion del literal b) del articulo 2º de las "Disposiciones de Transparencia" a fin que sea materia de difusion en la pagina web institucional del OSIPTEL, las actas debidamente suscritas de las sesiones del Consejo Directivo. Asimismo, de conformidad con el Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM, y el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicacion de Proyectos Normativos y difusion de Normas Legales de Caracter General, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, se considera que no es necesario publicar para comentarios el proyecto normativo que modifica las Disposiciones de Transparencia, por cuanto la implementacion de dicho cambio normativo favorece al derecho de acceso a la informacion de las personas con relacion al escenario vigente, y porque a la fecha el texto completo de las actas de las sesiones del Consejo Directivo viene siendo publicado en el MORDAZA de transparencia del OSIPTEL. 612316-1

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