Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2011 (03/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

449421

18. Que, de igual forma, la Cuarta Disposicion Transitoria y Complementaria, constituye una MORDAZA general que no establece el detalle del procedimiento para lograr la adecuacion de los Reglamentos de Solucion de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras al Reglamento de Atencion de Reclamos y solucion de Controversias de OSITRAN 19. Que, en consecuencia, corresponde que el Consejo Directivo, modificando la Tercera y Cuarta Disposicion (en lo relacionado al plazo MORDAZA para que OSITRAN tramite las aprobaciones), establezca una MORDAZA Disposicion Transitoria y Complementaria a fin de efectuar las precisiones necesarias. 20. Que, como puede observarse, los temas materia de modificacion del Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN constituyen, de un lado, aspectos relacionados unicamente con la rectificacion de errores materiales y, del otro, precisiones necesarias para clarificar el procedimiento aplicable en la tramitacion de la aprobacion, modificacion y adecuacion de los Reglamentos de Atencion de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras, hechos que consideramos constituyen razon suficiente para exceptuar la difusion del proyecto de la presente modificacion (en los terminos establecidos por el inciso 1 del Art. 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, concordado con el Art. 26 del Reglamento General de OSITRAN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 044-2006-PCM), siendo en consecuencia aplicable lo dispuesto por el inciso 3.2 del Art. 14 del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. POR LO EXPUESTO y en virtud de sus funciones previstas en el Articulo 22 del Reglamento General de OSITRAN, aprobado mediante D.S. Nº 044-2006-PCM y modificado por el D.S. Nº 057-2006- PCM, estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su Sesion Nº 396 que se inicio el 25 de setiembre del 2011 y culmino en la fecha y, sobre la base del Informe Nº 042-11- GALOSITRAN; SE RESUELVE: Articulo 1º.- APROBAR la rectificacion de los errores materiales detectados en el inciso 5 del Art. 12 y en el Art. 41 del Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 019-2011-CDOSITRAN, publicado el 11 de junio de 2011 en el Diario Oficial El Peruano y, en consecuencia, MODIFIQUESE los mencionados articulos de la siguiente manera: "Art. 12.- Reglamentos propios de las Entidades Prestadoras (...) El Reglamento de cada entidad Prestadora, debera contener como minimo lo siguiente: (...) 5.- El plazo MORDAZA en que las Entidades Prestadoras deberan cumplir sus resoluciones el mismo que de manera ordinaria no podra ser mayor de tres (3) dias. (...)" "Articulo 41.- Plazo MORDAZA para la expedicion de la Resolucion La Entidad Prestadora resolvera en el momento aquellos reclamos que MORDAZA factibles de ser solucionados inmediatamente, conforme a los precedentes de observancia obligatoria emitidos por el Tribunal de Solucion de Controversias. En los demas casos, los reclamos deberan ser resueltos en un plazo MORDAZA de quince (15) dias. No obstante, dicho plazo podra extenderse hasta treinta (30) dias, mediante decision motivada en aquellos reclamos que MORDAZA considerados particularmente complejos. (...)" Articulo 2º.- MODIFICAR la Tercera y Cuarta Disposicion Transitoria y Complementaria del Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 019-2011-CD-OSITRAN, publicado el 11 de junio de 2011 en el Diario Oficial El Peruano, en los siguientes terminos:

TERCERA Las entidades Prestadoras que entren en operacion, deberan presentar, para su aprobacion el proyecto de Reglamento de Atencion de Reclamos de Usuarios de la Entidad Prestadora dentro del plazo MORDAZA de 30 (treinta) dias contados a partir del inicio de sus operaciones. CUARTA Las Entidades Prestadoras deberan presentar, para su aprobacion el proyecto de adecuacion, a la presente MORDAZA, de sus respectivos Reglamentos de Solucion de Reclamos de Usuarios de la Entidad Prestadora dentro del plazo MORDAZA de sesenta (60) dias contados a partir de la publicacion de este Reglamento. Articulo 3º.- INCLUIR la MORDAZA Disposicion Transitoria y Complementaria al Reglamento de Atencion de Reclamos y Solucion de Controversias de OSITRAN, aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 019-2011-CD-OSITRAN, publicado el 11 de junio de 2011 en el Diario Oficial El Peruano, en los siguientes terminos: MORDAZA En coordinacion con la Gerencia de Asesoria Legal, la Gerencia de Supervision regulara: a) El procedimiento de aprobacion de los "Proyectos de Reglamento de Atencion y Solucion de Reclamos de Usuarios" presentados por las Entidades Prestadoras, a fin de asegurar la participacion de los usuarios e interesados conforme a las disposiciones contenidas en el D.S. Nº 001-2009-JUS. b) El procedimiento de aprobacion de los proyectos de adecuacion a la presente MORDAZA de los Reglamentos de Solucion de Reclamos de Usuarios de las Entidades Prestadoras. Articulo 4º.- AUTORIZAR la difusion de la presente Resolucion en la pagina web institucional (www.ositran. gob.pe) y la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 5º.- Las modificaciones mencionadas en la presente Resolucion entraran en vigencia desde el dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente del Consejo Directivo 685558-1

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