Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2011 (03/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de setiembre de 2011

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Declaran de interes el Proyecto de Iniciativa Privada "Playa de Estacionamiento bajo la MORDAZA MORDAZA y Virgen Milagrosa"
ACUERDO DE CONCEJO Nº 069-2011/MM Miraflores, 9 de agosto de 2011 EL MORDAZA DE MIRAFLORES; POR CUANTO; El Concejo Distrital de Miraflores en Sesion Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomia que se encuentra reconocida en la Constitucion Politica del Peru, y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, segun el articulo IV del Titulo Preliminar de la mencionada Ley Nº 27972, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestacion de los servicios publicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armonico de su circunscripcion; Que, segun el Decreto Legislativo Nº 1012, que aprueba la Ley MORDAZA de Asociaciones Publico - Privadas para la generacion de empleo publico y dicta normas para la agilizacion de los procesos de promocion de la inversion privada, se establecen los principios, procesos y atribuciones del Sector Publico para la evaluacion, implementacion y operacion de infraestructura publica o la prestacion de servicios publicos, con participacion del sector privado, asi como el MORDAZA general aplicable a las iniciativas privadas. Asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, se aprueba el respectivo Reglamento; Que, el articulo 14 del Decreto Legislativo Nº 1012, senala que las iniciativas privadas se realizan sobre proyectos de inversion en activos, empresas, proyectos, servicios, obras publicas de infraestructura y de servicios publicos. Asimismo, podran ser presentadas ante la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION o los Organismos Promotores de la Inversion Privada de los Gobiernos Regionales o Locales, por personas juridicas nacionales o extranjeras, asi como por consorcios de personas juridicas o consorcios de personas naturales con personas juridicas, MORDAZA estas nacionales o extranjeras; Que, de igual modo segun el articulo 6, numeral 6.2, del acotado dispositivo, en el caso de las entidades publicas correspondientes a los niveles de Gobierno Regional y Local, las facultades del Organismo Promotor de la Inversion Privada se ejercen en forma directa a traves del organo del Gobierno Regional o Local designado a tales efectos. El organo MORDAZA de estos Organismos Promotores de la Inversion Privada es el respectivo Consejo Regional o Concejo Municipal; Que, en merito del Acuerdo de Concejo Nº 0102011/MM, de fecha 31 de enero de 2011, se designan a los nuevos integrantes del Organo de Promocion de la Inversion Privada - OPIP, integrado por los Gerentes de Obras y Servicios Publicos, Autorizacion y Control, y de Asesoria Juridica; Que, el articulo 15 del Decreto Legislativo Nº 1012, senala que los Organismos Promotores de la Inversion Privada deberan mantener el caracter confidencial y reservado de las iniciativas privadas que se presenten, bajo responsabilidad. Esta obligacion, se extiende a las entidades publicas y funcionarios publicos que por su cargo o funcion tomen conocimiento de la MORDAZA y contenido de una iniciativa privada. El caracter confidencial

y reservado de las iniciativas privadas se mantendra hasta que estas MORDAZA declaradas de interes; Que, asi tambien se precisa en el articulo 15 del referido Decreto Legislativo Nº 1012, que de ser el caso, las iniciativas privadas seran declaradas de interes por acuerdo del MORDAZA organo del OPIP. Asimismo, la declaracion de interes debera contener como minimo la informacion que se establece en el acotado dispositivo legal. Las declaraciones de interes deberan publicarse por una sola vez en el Diario Oficial "El Peruano" y en otro de circulacion nacional, asi como en la pagina web del OPIP, a fin de que terceros interesados presenten sus expresiones de interes respecto a la ejecucion del mismo proyecto u otro que a criterio del organismo promotor de la inversion privada resulte alternativo; Que, segun el articulo 17, numeral 17.6 del Decreto Supremo Nº 146-2008-EF, declarada de interes la iniciativa privada, el OPIP procedera a notificar la decision al interesado en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles contados a partir de la fecha de adopcion del correspondiente acuerdo. Igualmente, para conocimiento y participacion del publico interesado, el OPIP publicara la Declaracion de Interes en el Diario Oficial El Peruano y en otro diario de circulacion nacional a costo del solicitante, asi como en la pagina Web del OPIP, dentro del plazo de diez (10) dias calendario desde que el solicitante cubra los costos MORDAZA referidos y haga entrega de la carta fianza a que se refiere el articulo 15 del Decreto Legislativo Nº 1012, lo que debera hacer dentro de los diez (10) dias calendario de comunicada la declaracion de interes; y que, en caso de no presentarse a satisfaccion del OPIP tanto la carta fianza como el pago correspondiente por concepto de publicacion, a que se refiere el parrafo precedente, el OPIP dejara sin efecto esta, perdiendo el titular cualquier derecho asociado a esta; Que, mediante Memorandum Nº 079-2011-OPIPMM, elaborado por el Organo de Promocion de la Inversion Privada, se pone a conocimiento la Iniciativa Privada "Playa de Estacionamiento bajo la MORDAZA MORDAZA y Virgen Milagrosa", presentada por Estudios, Proyectos y Planificacion S.A. - EPYPSA, a traves de la Carta Externa Nº 3349-2011, junto con las opiniones tecnicas y pronunciamientos especializados de las distintas gerencias, subgerencias, y demas responsables de la corporacion, asi como las respuestas respecto de las observaciones planteadas por las mencionadas unidades organicas, con el fin que el Concejo Municipal de Miraflores evalue la documentacion sustentatoria, y de ser el caso, se pronuncie sobre la Declaratoria de Interes de dicha Iniciativa Privada; Que, asimismo, el OPIP sustenta que el proyecto de la referida Iniciativa Privada tiene como objeto y alcance desarrollar una obra publica de infraestructura que utilice el subsuelo del espacio publico de las calles MORDAZA y Virgen Milagrosa del distrito de Miraflores, para ejecutar estacionamientos de vehiculos ligeros de tres niveles en dos naves. Con ello, se busca paliar la evidente falta de estacionamientos en Miraflores, y concretamente en el entorno del Ovalo de Miraflores, ofrecer una tarifa competitiva, mejorar las condiciones de MORDAZA, realizar una mejora MORDAZA integral, romper la tendencia de construccion de playas subterraneas bajo parques, construir un proyecto de referencia desde el punto de vista ambiental, entre otros aspectos; Que, por su parte, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y Medio Ambiente, a traves del Memorandum Nº 61-2011GDUMA/MM, en cumplimiento de la funcion asignada segun el articulo 109, literal d, del Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF, aprobado por la Ordenanza Nº 347/ MM, senala que habiendose presentado modificaciones a la mencionada Iniciativa Privada, ha analizado las mismas y ha verificado que no existen implicancias en el ambito del desarrollo MORDAZA del distrito de Miraflores, por lo cual no formula nuevas observaciones en el ambito de su competencia; Que, a mayor sustento, la Gerencia de Asesoria Juridica, mediante Informe Legal Nº 263-2011-GAJ/MM, concluye que de acuerdo a la normatividad vigente es procedente Declarar de Interes la Iniciativa Privada presentada por EPYPSA S.A., para disenar, construir, financiar, operar y transferir una playa de estacionamiento subterraneo de tres niveles, con una capacidad aproximada de cuatrocientos veinticuatro (424) vehiculos, en dos naves, ubicada debajo de las calles MORDAZA y Virgen

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