Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2011 (03/09/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de setiembre de 2011

NORMAS LEGALES

449443

DISPOSICIONES FINALES Primero.- Facultar al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda emitir las disposiciones complementarias y reglamentarias, que considere necesarias, para la mejor aplicacion de la presente norma. Segundo.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al siguiente dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNUI MORDAZA 684510-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Derogan la Ordenanza Nº 335-MDC
ORDENANZA Nº 342-MDC EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMAS POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en Sesion Ordinaria de fecha 02.09.2011; el Pedido de fecha 02.09.2011 presentado por los senores regidores MORDAZA MORDAZA Egusquiza Roque; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llaja; MORDAZA MORDAZA MORDAZA Laura; MORDAZA MORDAZA Fuertes y Geyger MORDAZA del Aguila; el Proveido S/N de fecha 02.09.2011, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 115-2011-GPP-MDC de fecha 01.09.2011, emitido por el Gerente de Planificacion y Presupuesto; el Informe Nº 705-2011-GAJ/MDC de fecha 01.09.2011, emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; y; CONSIDERANDO: Que, La Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, establece expresamente el ejercicio de una autonomia politica, economica y administrativa para las municipalidades Provinciales y Distritales como organos de los gobiernos locales, atributo esencial que se encuentra del mismo modo establecido en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, que en su articulo II del Titulo Preliminar, senala que en la autonomia conferida, radica la facultad que tienen las municipalidades de poder ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administracion, los mismos que deben de estar impartidos con sujecion al ordenamiento juridico vigente; Que, la autonomia politica del concejo se trasluce en la capacidad normativa dentro de su jurisdiccion; la que se cumple, entre otros instrumentos, mediante Ordenanzas Municipales, las que de acuerdo a lo establecido en el Inc. 4) del articulo 200º de la Constitucion tiene el rango de Ley; Que, el articulo 9º numeral 8) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, senala que es atribucion del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, mediante Ordenanza Nº 335-MDC aprobada en Sesion de Concejo del 17 de Junio del 2011 y publicada el dia 06 de Agosto del presente, se procedio a Autorizar al Senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas para que fije los reajustes de Remuneraciones, Bonificaciones, Aguinaldos, Asignaciones Especiales, Refrigerios y Movilidad del Personal de Confianza, Gerentes y trabajadores comprendidos en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, segun la regulacion que le resulte aplicable, teniendo en cuenta el nivel jerarquico de cada cargo, asi como la exigencia de especializacion que conlleva a la responsabilidad que acarrea para el servidor publico que lo detente debiendo tener presente que se debe contar con el financiamiento correspondiente, asi como la prevision presupuestal respectiva; para este efecto, el Presupuesto de la Municipalidad debera contener mencion expresa del

monto anual asignado al Pago de Remuneraciones por cargo de confianza, Gerentes y trabajadores comprendidos en el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; Que, la Ordenanza mencionada ha sido materia de revision por parte del Organo de Control Institucional OCI de la Municipalidad Distrital de Comas, la misma que considerando una serie de leyes y normas presupuestarias ha invocado el MORDAZA de LEGALIDAD que deben observar los funcionarios y regidores de la Municipalidad Distrital de Comas; Que, la Ley de Presupuesto no permite que en el Sector Publico se realicen incrementos remunerativos, pagos de bonificaciones y/o asignaciones economicas que no esten previstas, sustentadas y presupuestadas de acuerdo a ley. Las excepciones a esta Ley, no incluyen a los Gobiernos Locales; asimismo mediante Memorandum Nº 389-2011-GM-MDC de fecha 01.08.2011, el Gerente Municipal dispone la suspension temporal por el Pago del MORDAZA de Productividad; Que, mediante Proveido S/N de fecha 01.09.2011, la Gerencia Municipal dispone que se ponga en consideracion del Concejo Municipal la derogacion de la Ordenanza Nº 335-MDC; Que, mediante Informe Nº 115-2011-GPP-MDC de fecha 01.09.2011, el Gerente de Planificacion y Presupuesto establece que, habiendo efectuado la revision y el analisis presupuestal, sobre la existencia de la cobertura asignada para proceder al pago de reajustes, remuneraciones, bonificaciones, aguinaldos, asignaciones especiales, refrigerio y movilidad de personal de confianza, gerentes y trabajadores comprendidos en el Decreto Legislativo Nº 276, conceptos que no estan contemplados en el Presupuesto Institucional de Apertura, de acuerdo a la elaboracion para la formulacion del presupuesto institucional que establece la normatividad presupuestaria vigente, por lo que opina que el cumplimiento de esta Ordenanza debe haberse comprendido en las bases normativas y en concordancia a la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto Publico y de la Ley Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2011; Que, mediante Informe Nº 705-2011-GAJ-MDC de fecha 01.09.2011, la Gerencia de Asesoria Juridica concluye que la Secretaria General remita los actuados al Concejo Municipal para proseguir con el tramite establecido en el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, a efectos de aprobar la Ordenanza propuesta que dispone "Derogar la Ordenanza Nº 335-MDC"; De conformidad a las facultades establecidas en el articulo 109º de la Constitucion Politica del Peru y lo dispuesto en los articulos 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, y el Reglamento Interno de Concejo, el Concejo Municipal aprobo, con el MORDAZA, con la dispensa del dictamen por la Comision correspondiente y del tramite de la aprobacion y lectura del acta, la siguiente: ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA Nº 335-MDC Articulo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Nº 335MDC de fecha 17.06.2011. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal disponer que la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios - CEPAD determine las responsabilidades de los funcionarios en ejercicio que hayan originado la elaboracion del acto administrativo derogado. Articulo Tercero.- ENCARGAR al Gerente Municipal, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- REMITIR los actuados al Organo de Control Institucional - OCI para que MORDAZA las acciones correspondientes. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los dos dias del mes de septiembre del dos mil once. MORDAZA MORDAZA KUSUNOKI FUERO MORDAZA 685623-1

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