Norma Legal Oficial del día 07 de mayo del año 2012 (07/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Articulo Cuarto: DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del tramite de lectura y aprobacion del Acta, para proceder a su implementacion correspondiente. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de San MORDAZA Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los 09 dias del mes de MORDAZA del 2012. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional

784675-1

Aprueban inicio y Reglamento del MORDAZA de Presupuesto Participativo 2013
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2012-GRSM/CR
Moyobamba, 9 de MORDAZA del 2012 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV sobre Descentralizacion - Ley Nº 27680; la Ley de Bases de la Descentralizacion - Ley Nº 27783; la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, sus modificatorias - Ley Nº 27902; Ley Nº 28013; Ley Nº 28926; Ley Nº 28961; Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demas normas complementarias. CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley 27783,Ley de Bases de la Descentralizacion, establece que la presente Ley Organica desarrolla el Capitulo de la Constitucion Politica sobre Descentralizacion, que regula la estructura y organizacion del Estado en forma democratica, descentralizada y desconcentrada, correspondiente al Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Asimismo define las normas que regulan la descentralizacion administrativa, economica, productiva, financiera, tributaria y fiscal; Que, el numeral 17.1, del articulo 17º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la descentralizacion, senala que los Gobiernos Regionales y Locales estan obligados a promover la participacion ciudadana en la formulacion, debate y concertacion de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestion publica. Para este efecto deberan garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la informacion publica, con las excepciones que senala la Ley, asi como la conformacion y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertacion, control, evaluacion y rendicion de cuentas; asi mismo en el numeral 20.1, articulo 20º, indica que los gobiernos regionales y locales se sustentan y rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administracion y gestion, los mismos que se formulan y ejecutan conforme a Ley, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados; Que, la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, en su articulo 1º define el MORDAZA del presupuesto participativo como un mecanismo de asignacion equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos publicos, que fortalece las relaciones Estado ­ Sociedad Civil. Para ellos los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participacion en la programacion de sus presupuestos, asi como en la vigilancia y fiscalizacion de la gestion de los recursos publicos; Que, el articulo unico de la Ley Nº 29298, Ley que modifica el articulo 4º y 5º de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA Presupuesto Participativo, establece que cada instancia formula su presupuesto participativo respetando el MORDAZA

de competencias implantadas en la Constitucion Politica del Peru y en las correspondientes Leyes organicas; para tal efecto se considera criterios de alcance, cobertura de poblacion, asi como montos de ejecucion o envergadura. Estos presupuestos se sustentan en las orientaciones, compromisos, aportes y prioridades establecidos en los planes de desarrollo concertados a nivel regional, provincial y distrital, considerando los requerimientos de los sectores sociales y productivos; Que, el Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo, modificado por el Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, en el cual senala definiciones, alcances, objetivos, instancias, financiamientos y fases del MORDAZA Participativo que regula el MORDAZA del Presupuesto Participativo de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 28056 ­ Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su modificatoria la Ley Nº 29298; Que, conforme a lo establecido el articulo 4º de la ley 28056 Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo y su Reglamento, establecen que las instancias del Presupuesto Participativo estan constituidas por el Gobierno Regional, Consejo de Coordinacion Regional ­ CCR y Consejo de Coordinacion Local Provincial y Distrital con el objetivo de coordinar, concretar, liderar, monitorear y organizar el desarrollo del MORDAZA Participativo dentro del ambito Departamental; Que, por Resolucion Directoral Nº 002-2011-EF/50.01, se dispone la implementacion progresiva de la Directiva Nº 001-2011-EF/50.1 ­ directiva general para la Programacion y Formulacion del Presupuesto del Sector Publico enfoque por resultados, que entre otros dispone que los Gobiernos Regionales le son aplicables las disposiciones contenidas en el Capitulo III "Presupuesto Multianual" de la referida Directiva. Asi mismo mediante Resolucion directoral Nº 007-2010-EF/6.1, se aprueba el instructivo Nº 001-2010EF/76.01 "instructivo para el MORDAZA de Presupuesto Participativo Basados en Resultados"; Que, el articulo 2º de la ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en MORDAZA de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego Presupuestal; asi mismo la finalidad de los Gobiernos Regionales es conducir, regular y promover el desarrollo economico y social regional y coordina con el Gobierno Nacional y Gobiernos Locales para lograr el desarrollo integral de las personas a traves de la promocion, proteccion y el desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos y deberes fundamentales de su poblacion y conducir las acciones encaminadas a lograr el desarrollo sostenible, armonico e integral, priorizando la generacion de empleo, la lucha para la superacion de la extrema pobreza, con la participacion de los organismos e instituciones del Gobierno Central, Gobiernos Locales y organizaciones representativas de la sociedad civil existentes en la Region; Que mediante Ordenanza Regional Nº 007-2011GRSM/CR, de fecha 23 de marzo del 2011, donde se aprueba el inicio del Presupuesto Participativo 2012 y su Reglamento; Que, con Nota Informativa Nº 116-2012-GRSM/GRPyP, de fecha 19 de marzo del presente ano, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, comunica a la Gerencia General Regional sobre el inicio y reglamentacion del MORDAZA de Presupuesto Participativo ajuntando el informe tecnico, propuesta de Reglamento y Ordenanza Regional, solicitando la opinion legal de la Oficina Regional de Asesoria Legal del Gobierno Regional de San Martin; Que, la propuesta de Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo 2013, basado en resultados, tiene por objeto normar y orientar las acciones y/o procedimientos que aseguren la efectiva participacion de la Sociedad Civil organizada y el Estado en el MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo 2013 basado en resultados, en el Gobierno Regional de San MORDAZA, en concordancia con la normatividad legal vigente; Que, mediante Informe Legal Nº 589-2012-GRSM/ ORAL, del 20 de marzo del 2012, Director Regional de la Oficina de Asesoria Juridica, opina por que se apruebe la propuesta del inicio y reglamentacion del MORDAZA Presupuesto Participativo 2013 basado en Resultados, razon por la cual considera pertinente que lo actuado sea remitido al Consejo Regional de San MORDAZA para su respectiva aprobacion;

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