Norma Legal Oficial del día 04 de septiembre del año 2012 (04/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, martes 4 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

473921

Que, con el objeto de atender el requerimiento de los vecinos del distrito y darles mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones de caracter tributario y no tributario, resulta conveniente prorrogar el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 146-MDSL; En uso de las facultades conferidas por la Ordenanza Nº 146-MDSL y el numeral 6) del articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR, hasta 17 de setiembre del 2012, el vencimiento de la vigencia de la Ordenanza Nº 146-MDSL que aprobo el Beneficio para el Pago de Deudas Tributarias y Administrativas en el distrito de San Luis. Articulo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia a la Gerencia de Rentas y dependencias a su cargo, a la Gerencia de Administracion y Finanzas, a la Subgerencia de Informatica y Estadistica y, a la Subgerencia de Imagen Institucional y Participacion Vecinal, su difusion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 835462-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Modifican la Ordenanza Nº 008-2012MDLP mediante la cual se aprobo el , Beneficio Temporal de Regularizacion Tributaria
ORDENANZA Nº 010-2012-MDLP La MORDAZA, 24 de agosto del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha, 24 de agosto del 2012, el Dictamen de la Comision Ordinaria de Administracion Economia y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza respecto a la modificacion del primer parrafo del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 008-2012- MDLP y la ampliacion de la vigencia de la citada Ordenanza; y CONSIDERANDO: Que, con Ordenanza Nº 008-2012 MDLP fue aprobado un Beneficio Temporal de Regularizacion Tributaria para los contribuyentes del distrito con objeto que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias, pendientes de pago, por concepto del impuesto predial y arbitrios municipales; Que, en el Articulo MORDAZA de la referida Ordenanza se establece condonar el 25% de deuda por concepto de arbitrios municipales del ano 2012, de enero a junio, excepcion de la deuda de los contribuyentes que hayan declarado un anexo con uso de casa- habitacion y otro anexo con uso de comercio o servicio, quienes deberan cancelar el integro del arbitrio de mayor monto, condonandoseles el de menor monto;

Que, es necesario ampliar dicho beneficio por cuanto el vencimiento de la vigencia de la Ordenanza Nº 0082012 MDLP tiene como fecha el 29-08-2012. Que, asimismo es necesario modificar el tenor del articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 008-2012 MDLP por cuanto en donde dice ... " con excepcion de la deuda de los contribuyentes que hayan declarado un anexo con uso de comercio o servicio, los cuales deberan cancelar el integro del arbitrio de mayor monto, condonandoseles el de menor monto." debe decir ..." con excepcion de la deuda de los contribuyentes que hayan declarado un anexo con uso de casa-habitacion y otro anexo con uso de comercio o servicio, los cuales deberan cancelar el integro del arbitrio de mayor monto, condonandoseles el de menor monto. Que, mediante oficio Nº 127-2012-ALC-MDLP, el Despacho de Alcaldia remite la documentacion MORDAZA senalada a la Presidenta de la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto para la elaboracion del dictamen correspondiente, Que, mediante dictamen la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto emite opinion por la procedencia de aprobar el Proyecto de Ordenanza respecto a ampliar y modificar el Art. MORDAZA de la Ordenanza Nº 008-2012 -MDLP, contando con las opiniones favorables mediante el Memorandum Nº 0403-2012 GAT/MDLP de la Gerencia de Administracion Tributaria; el Informe Nº 307-2012 GAJ/MDLP emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 071 -2012 GM-MDLP emitido por la Gerencia Municipal; Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal el Dictamen de la Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto el mismo que ha emitido su pronunciamiento final; Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido por el Art. 9º numeral 9º Articulos 38º, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con el MORDAZA UNANIME de los regidores (as), con despensa de lectura y aprobacion del Acta, se ha aprobado la siguiente. ORDENANZA Articulo Primero.- Modificar el primer parrafo del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 008-2012 MDLP, el cual quedara redactado de la siguiente manera: Condonar el 25% de deuda por concepto de arbitrios municipales del ano 2012, de enero a agosto, con excepcion de la deuda de los contribuyentes que hayan declarado un anexo con uso de casa-habitacion y otro anexo con uso de comercio o servicio, los cuales deberan cancelar el integro del arbitrio de mayor monto, condonandoseles el de menor monto. Articulo Segundo.- Los contribuyentes que hayan declarado un solo predio dedicado exclusivamente a casa-habitacion y otro anexo declarado como uso de comercio, cuyo propietario sea pensionista y se encuentre exonerado al pago del Impuesto Predial, obtiene un descuento adicional del 25% sobre lo dispuesto en el articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 0082012-MDLP. Articulo Tercero.- Ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 008-2012- MDLP hasta el 28-09-2012. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Gerencia Municipal y Gerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 835485-1

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