Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2013 (07/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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Que, mediante Informe Nº 004-2013-GSMA/MDB de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, Informe Nº 120-2013-GAJ/MDB de la Gerencia de Asesoria Juridica, senalan que: "La Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, establece en su Articulo 80º que, en materia de saneamiento, salubridad y salud, es funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales el proveer del servicio de Limpieza publica determinando las areas de acumulacion de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de desperdicios. Que, la Ley Nº 27314 General de Residuos Solidos, modificado por Decreto Legislativo Nº 1065 establece como competencia de las Municipalidades distritales y provinciales, en las concierne a los distritos del Cercado, la responsabilidad por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos municipales y de la limpieza de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion. Que, el Decreto Supremo Nº 012-2009­MINAM, que aprobo la Politica Nacional del Ambiente, prescribe, en el Eje de Politica, 2: Gestion Integral de la calidad ambiental; Componente 4. Residuos Solidos, como un Lineamiento de Politica del sector, el fortalecimiento de la gestion de los gobiernos regionales y locales en materia de residuos solidos de ambito municipal, priorizando su aprovechamiento. Que, mediante Ordenanza Nº 349 2011-MDB/CDB, de fecha 26 de MORDAZA de 2011 se aprobo el PLAN DE GESTION Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS PARA EL DISTRITO DE BRENA; que dispone como funcion especifica exclusiva de las municipalidades distritales en materia de Saneamiento, Salubridad y Salud, la de proveer el servicio de limpieza publica y aprovechamiento industrial de los desperdicios. El Decreto Supremo Nº 004-2013-EF de fecha 11 de enero del 2012 aprueba los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de los recursos del Plan de Incentivos a la mejora de la gestion y modernizacion municipal del ano 2012, el referido programa esta orientada a promover las condiciones que contribuyan con el crecimiento y desarrollo sostenible local incentivando a las municipalidades cuyos objetivos son incrementar los niveles de recaudacion de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepcion de los mismos, mejorar la ejecucion de proyectos de inversion publica, reducir la desnutricion infantil en el MORDAZA, simplificar los tramites, mejorar la provision del servicio publico y prevenir riesgos de desastres, siendo necesario aprobar para el cumplimiento de las metas establecida para el presente ano". Estando lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Articulo Primero.- APRUEBASE el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos domiciliarios del Distrito de Brena, que se implementara en las zonales: 2, 5 , 6 ,7 y 8 , el mismo que se extendera progresivamente en toda la circunscripcion del distrito de Brena. Articulo Segundo.- ESTABLEZCASE un plazo de 30 dias habiles, para que la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente a traves del Area de Limpieza Publica, efectue las acciones y coordinaciones necesarias con los principales actores involucrados para implementar exitosamente el Programa referido en el Articulo Primero. Articulo Tercero.- La Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente, requerira de una partida en el presupuesto municipal, con el objeto de atender la sostenibilidad del Programa y la ejecucion del mismo en otras zonas del Distrito, encargandose a la Gerencia de Administracion y Finanzas, y a la Gerencia de Planificacion y Presupuesto su cumplimiento. Articulo Cuarto.- Publicidad del Programa El Programa de Segregacion en la Fuente como parte del MORDAZA de Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios, para el distrito de Brena, sera publicado integramente en el MORDAZA electronico de la Municipalidad, para su conocimiento y difusion: www.munibrena.gob.pe, encargandose su difusion a la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica. Articulo Quinto.- Vigencia del Programa El presente Decreto entrara en MORDAZA al dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano, encargandose

El Peruano Viernes 7 de junio de 2013

su publicacion a la Gerencia de Administracion y Finanzas. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 946959-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Autorizan viaje de MORDAZA y Regidor a Colombia, en comision de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 032-2013-MDC EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL COMAS POR CUANTO: VISTO; En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 05.06.2013; la Carta de fecha 21.05.2013, emitida por Don MORDAZA Gaviria MORDAZA, MORDAZA de la MORDAZA de Medellin, dirigida al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas; el Informe Nº 33-2013-GDE/MC de fecha 23.05.2013, emitido por la Gerencia de Desarrollo Economico; el Memorandum Nº 303-2013-GM/MC de fecha 21.05.2013, emitido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 286-2013-GPP/MC de fecha 22.05.2013 emitido por la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; la Carta S/N de fecha 31.05.2013, emitido por el Dr. MORDAZA MORDAZA Kusunoki Fuero, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Comas; el Informe Nº 478-2013-GAJ-MDC de fecha 30.05.2013, emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, establece que la Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme lo establece el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomia economica, politica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru, establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; asimismo en el articulo 9º numeral 11) senala que es atribucion del Concejo Municipal "Autorizar los viajes al exterior del MORDAZA que, en comision de servicios o en representacion de la municipalidad, realicen el MORDAZA, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, la Agencia de Cooperacion e Inversion de Medellin y el Area Metropolitana - ACI, mediante carta de fecha 21.05.2013, dirigida al MORDAZA de la Municipalidad de Comas lo invita oficialmente para que visite la MORDAZA de Medellin Colombia entre el 09 y 13 de Junio, con el fin de conocer la transformacion social y MORDAZA que ha vivido la MORDAZA de Medellin en los ultimos anos; para la Municipalidad Distrital de Comas es de interes conocer las experiencias exitosas desarrolladas por la MORDAZA de Medellin para los temas de Desarrollo MORDAZA y Gestion Gubernamental; Que, es de precisar que de la revision de la Carta suscrita por el senor MORDAZA de la MORDAZA de Medellin, de fecha 21.05.2013, se verifica la invitacion al senor MORDAZA para concretar planes en la profundizacion de experiencias desarrolladas en torno a los "Temas de Seguridad y Convivencia", contribuyendo ademas en afianzar los lazos de amistad y cooperacion entre MORDAZA ciudades latinoamericanas, es decir que, con la participacion de nuestro MORDAZA se concretaria la generacion de espacios dignos y generosos para todos, consolidando lazos de cooperacion y coordinacion entre MORDAZA instituciones;

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