Norma Legal Oficial del día 07 de junio del año 2013 (07/06/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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CONSIDERANDO: Que, mediante comunicacion del 7 de MORDAZA de 2013, el International Forum for Investor Education ­ IFIE invito a la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV a participar en la primera reunion de la Division de las Americas del IFIE, que tendra lugar en la MORDAZA de Toronto, Canada, el 19 de junio de 2013 y en la Conferencia Global "Delivering Dynamic Financial Capability and Investor Education Programmes - Changing Behavior Across Life Stages", que se llevara a cabo el 20 y 21 de junio de 2013; Que, el IFIE reune a entidades representantes del sector privado y del sector publico a cargo de las iniciativas de politicas y acciones para la educacion del inversionista, asi como su implementacion, teniendo entre sus finalidades principales, mejorar la eficacia de los programas de educacion para los inversionistas a nivel mundial; Que, las reuniones a realizarse en la MORDAZA de Toronto, Canada, tienen por objeto establecer, dar a conocer y promover estandares de mejores practicas para la educacion de los inversionistas, servir como centro para el intercambio de informacion, experiencias e ideas entre entidades a cargo de la implementacion de politicas y acciones para la educacion de los inversionistas; y, fomentar la creacion, el crecimiento y la mejora de la eficacia de los programas integrales en materia de educacion a los inversionistas y de educacion financiera; Que, la Defensoria del Inversionista, de conformidad con su reglamento aprobado por Resolucion SMV N° 003-2012-SMV/01, tiene por funcion, entre otros, proponer acciones informativas y educativas dirigidas a los inversionistas actuales y potenciales, asi como, de ser el caso, proponer al Despacho del Superintendente del MORDAZA de Valores las politicas institucionales que resulten necesarias para fortalecer la proteccion de los inversionistas, por lo que la Superintendencia del MORDAZA de Valores ha designado al senor MORDAZA MORDAZA Bezada Alencastre, Analista Legal MORDAZA de la Defensoria del Inversionista, para asistir al referido evento; Que, en consecuencia, por ser de importancia institucional para asegurar el cumplimiento de los objetivos y metas de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, resulta pertinente autorizar dicho viaje, cuyos gastos seran sufragados con cargo al Presupuesto de la Superintendencia del MORDAZA de Valores - SMV; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, establece, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado, con cargo a recursos publicos, que el requerimiento de autorizaciones de viaje por supuestos distintos de los senalados en los literales del mismo numeral, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autorizan mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, asi como lo dispuesto en la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Bezada Alencastre, Analista Legal MORDAZA de la Defensoria del Inversionista de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, a la MORDAZA de Toronto, Canada, del 18 al 22 de junio de 2013, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, seran con cargo al presupuesto de la Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasaje - Viaticos (3 + 1 dias) US$ US$ 2,320.29 880.00

El Peruano Viernes 7 de junio de 2013

el viaje al Titular de la Superintendencia del MORDAZA de Valores; asi como la rendicion de cuentas documentada, correspondiente. Articulo 4.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas 947387-12

Fijan indices de correccion monetaria para efectos de determinar el costo computable de los inmuebles enajenados por personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que optaron por tributar como tales
RESOLUCION MINISTERIAL N° 166-2013-EF/15 MORDAZA, 6 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, se dispone que en el caso de enajenacion de bienes inmuebles el costo computable es el valor de adquisicion o construccion reajustado por los indices de correccion monetaria que establece el Ministerio de Economia y Finanzas en base a los Indices de Precios al Por Mayor proporcionados por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI); Que, conforme al articulo 11º del Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias, los indices de correccion monetaria seran fijados mensualmente por Resolucion Ministerial del Ministerio de Economia y Finanzas, la cual sera publicada dentro de los primeros cinco (5) dias habiles de cada mes; Que en tal sentido, es conveniente fijar los referidos indices de correccion monetaria; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 179-2004-EF y normas modificatorias, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 122-94-EF y normas modificatorias;

Articulo Unico.- En las enajenaciones de inmuebles que las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales -que optaron por tributar como tales- realicen desde el dia siguiente de publicada la presente Resolucion hasta la fecha de publicacion de la Resolucion Ministerial mediante la cual se fijen los indices de correccion monetaria del siguiente mes, el valor de adquisicion o construccion, segun sea el caso, se ajustara multiplicandolo por el indice de correccion monetaria correspondiente al mes y ano de adquisicion del inmueble, de acuerdo al Anexo que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas

Articulo 3.-. Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario autorizado en el articulo 1 de la presente resolucion, debera presentar un informe detallado de las acciones realizadas durante

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