Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2013 (02/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2013

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indica la necesidad de Declarar en Desabastecimiento Inminente el Programa de Vaso de Leche y el Programa de Complementacion Alimentaria y PANTBC, y Aprobar la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Contratacion del Proveedor que suministrara los insumos para la Ejecucion de dichos Programas, por cuanto si no se adopta estas acciones en forma efectiva e inmediata se pone en riesgo la realizacion del mismo. Que, mediante Informe Legal Nº 355-2013-MPH/ GAJ, la Gerencia de Asesoria Juridica, emite Opinion Legal favorable por la PROCEDENCIA de Contratar Via Exoneracion del MORDAZA de Seleccion por Causal de Desabastecimiento Inminente de Insumos para la realizacion del Programa de Vaso de Leche y el Programa de Complementacion Alimentaria y PANTBC de la Municipalidad Provincial de Huaral, con la finalidad de garantizar la atencion a los ninos, madres gestantes, lactantes y ancianos. Asi mismo se indica en dicho Informe Legal que el Acuerdo de Concejo que Apruebe la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion, debera ser Publicado en el Sistema Electronico de Contrataciones del Estado (SEACE) conforme lo dispone el Reglamento de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-EF, dentro del plazo de diez (10) dias habiles siguientes a su aprobacion. Que, la MORDAZA Legal MORDAZA acotada en su Articulo 135º senala que la Entidad efectuara las Contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo Proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las bases, las cuales solo deben contener lo indicado en los literales b), c), d), e), h), i), del Articulo 26º de la Ley. La propuesta podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico. La exoneracion se circunscribe a la Omision del MORDAZA de Seleccion; por lo que los actos preparatorios y contratos que se celebren como consecuencia de aquella, deben cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; la contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por el organo encargado de las Contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto. Que, puesto a consideracion del Pleno del Concejo, sometida a votacion la propuesta en mencion queda aprobada por Unanimidad de los miembros del Concejo Municipal asistentes a esta sesion. Estando a lo expuesto y a las atribuciones que le confieren los Articulos 9º, 39º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; y de conformidad con las facultades que el Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 1017 establece, con el MORDAZA unanime de los senores Miembros del Concejo Municipal y con la dispensa del tramite de aprobacion del acta; ACORDO: Articulo Primero.- DECLARAR el Desabastecimiento Inminente del Programa de Vaso de Leche y Programa de Complementacion Alimentaria y PANTBC de la Municipalidad Provincial de Huaral, por el lapso de noventa (90) dias calendarios. Articulo Segundo.- APROBAR la Exoneracion del MORDAZA de Seleccion para la Contratacion de Proveedor de Insumos del Programa del Vaso de Leche y Programa de Complementacion Alimentaria y PANTBC de la Municipalidad Provincial de Huaral, bajo la Modalidad de Situacion de Desabastecimiento por un Valor de S/. 97,554.03 nuevos soles mensuales con cargo a las MORDAZA de Recursos Determinados por un periodo de noventa (90) dias calendarios, conforme a lo Informes Tecnicos y Legales que justifican la necesidad y procedencia de la exoneracion. Articulo Tercero.- AUTORIZAR a la Sub Gerencia de Logistica y Control Patrimonial de la Municipalidad Provincial de Huaral, efectuar los procedimientos de adquisicion establecidos en la Ley de Contrataciones del Estado y su respectivo reglamento. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General de la Municipalidad Provincial de Huaral, la publicacion del presente Acuerdo de Concejo en el Diario Oficial El Peruano y en el SEACE dentro de los siguientes diez (10) dias habiles.

Que, el Articulo MORDAZA de la Ordenanza indicada, en el considerando precedente autoriza al MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaral, para que mediante Decreto de Alcaldia apruebe las Bases de dicho Sorteo. Que, estando a lo indicado y con los vistos de la Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental, Gerencia de Administracion y Finanzas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, Gerencia de Asesoria Juridica, Sub Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Sistemas, y la Sub Gerencia de Imagen Institucional. Estando a lo expuesto y en uso de sus atribuciones conferidas por el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, asi como el Articulo Tercero de la Ordenanza Municipal Nº 006-2013MPH; DECRETA: Articulo Primero.- APROBAR las Bases del Sorteo Publico denominado "Premiando tu Puntualidad 2013", el cual forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Rentas y Administracion Tributaria, Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion, Gerencia de Administracion y Finanzas, Sub Gerencia de Tecnologias de la Informacion y Sistemas, Secretaria General y Sub Gerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Provincial 931530-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de proveedor de insumos para el Programa del Vaso de Leche y el Programa de Complementacion Alimentaria y PANTBC
ACUERDO DE CONCEJO Nº 036-2013-MPH-CM Huaral, 26 de MORDAZA del 2013 EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 1378 y 1380-2013/MPH-GAYF-SGLYCP de fecha 18 de MORDAZA del 2013 de la Sub Gerencia de Logistica y Control Patrimonial, sobre Declaracion de Desabastecimiento Inminente de Insumos para el Programa de Vaso de Leche y Programa de Complementacion Alimentaria y PANTBC; y, CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia. Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las Municipalidades radica con la facultad de ejercer actos de gobierno, Administrativos y de Administracion, con sujecion al ordenamiento Juridico. Que, el Articulo 22 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante el Decreto Legislativo Nº 1017, considera "Desabastecimiento" a aquella situacion inminente, extraordinaria e imprevisible en la que la ausencia del bien, servicio u obra compromete en forma directa e inminente la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones que la Entidad tiene a su cargo. Dicha situacion faculta a la Entidad, a la contratacion de los bienes, servicios y obras solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para resolver la situacion. Que, con el Informe Nº 1378 y 1380-2013/MPHGAYF-SGLYCP, el Sub Gerente de Logistica y Control Patrimonial de la Municipalidad Provincial de Huaral,

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