Norma Legal Oficial del día 02 de mayo del año 2013 (02/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2013

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no corresponden a ninguna de las comisiones ordinarias o que por su importancia o gravedad requieran una atencion urgente. Ello incluye actividades de fiscalizacion de caracter puntual, segun acuerde el pleno a propuesta del MORDAZA o de alguno de los regidores. El Acuerdo de Concejo que constituye la Comision Especial determinara con precision el encargo de su constitucion, responsabilidades y atribuciones, presidente y vicepresidente y de los demas miembros indicando el plazo asignado para la ejecucion de la labor, los funcionarios estan obligados a entregar la informacion y documentacion solicitada por la comision dentro de los dias habiles que se establezca bajo responsabilidad. Articulo 83º.- Conformacion de comisiones especiales.- Se conformaran las Comisiones Especiales segun las reglas generales de conformacion de comisiones en lo que sea pertinente. Articulo 84º.- Frecuencia de reuniones de comisiones especiales.- Las Comisiones Especiales se reuniran con la frecuencia que requiera el MORDAZA encomendado en las fechas y horas que la propuesta del presidente apruebe la mayoria de los miembros de la Comision. Articulo 85º.- Plazo para emitir dictamen de comision.- Si transcurridos quince (15) dias habiles de solicitado informe o dictamen de una comision, esta no lo hubiese emitido, el concejo puede pronunciarse MORDAZA al Presidente de la comision o cualquiera de los miembros de la misma que estuviesen presentes o al autor de la propuesta. El Presidente de la Comision puede solicitar al concejo la prorroga por un plazo igual Articulo 86º.- Dictamenes, Informes y Proyectos.Los dictamenes, informes y proyectos que formulen las Comisiones de Regidores, a consecuencia de los estudios y propuestas que les encomienda el Concejo, deben ser razonables y fundamentados y se debera incluir en proyecto de Ordenanza o acuerdo, conteniendo necesariamente: - Las conclusiones y recomendaciones claras y precisas. - Los proyectos de ordenanzas, acuerdos o resoluciones, segun sea el caso. - El respectivo estudio de costo-beneficio, segun sea el caso. Los dictamenes, informes y proyectos seran firmados cuando menos por la mayoria legal de Regidores miembros de las Comisiones que participaron en el debate correspondiente. En caso de discrepancia, los Regidores pueden presentar informes, estudios y proyectos por mayoria, por minoria y/o singulares. Los casos que hayan sido derivados a las comisiones seran devueltos con sus conclusiones en el plazo establecido si la comision no puede cumplir con su cometido dentro del plazo, solicitara una prorroga en la Sesion Ordinaria inmediata siguiente. Articulo 87º.- Acuerdos de la Comision.- Las Comisiones tienen facultad deliberante en los asuntos de su competencia y por lo tanto sus acuerdos dictamenes, informes y proyectos se adoptaran por decision de la mayoria legal de los Regidores que lo constituyen. En caso de empate el presidente ejerce MORDAZA dirimente. Articulo 88º.- Actas de la Comisiones.- Las Actas de las Comisiones Ordinarias deberan constar en un Libro especial, legalizado y autorizadas por el Presidente de la Comision. Articulo 90º.- Asistencia tecnica y apoyo al Concejo y las Comisiones.- Las funciones normativas y fiscalizadoras, responsabilidades de los Regidores en el Concejo, las Sesiones y las Comisiones que lo requieran podran contar con Asesoria y un Asistente Tecnico, quienes conformaran el Concejo Consultivo que la presidira quien ha sido designado por Acuerdo de

normativa y fiscalizadora, durante un ano y MORDAZA las principales areas de la municipalidad. Segun su naturaleza pueden ser ordinarias o especiales. El Concejo anualmente en la primera Sesion fija su numero, el mismo que siempre sera impar, su composicion, elige presidencia y designa a los miembros de las comisiones. Los Regidores deben participar obligatoriamente del trabajo de las comisiones que les sea asignado por el Concejo. Las comisiones de regidores, a traves de su presidente, pueden citar o solicitar a cualquier funcionario de la municipalidad, informes y opiniones sobre los asuntos de competencia de la comision, pudiendo participar con voz. Los mismos que seran convocados o requeridos a traves de la gerencia municipal. El funcionario municipal esta en la obligacion de responder la solicitud de los regidores a traves de los presidentes de las comisiones. En caso de inasistencia no justificada se reiterara la solicitud y si persiste la inasistencia la comision comunicara al concejo, para que este MORDAZA medidas pertinentes. Articulo 79º.- Comisiones Ordinarias.- Son comisiones ordinarias aquellas que se encargan del estudio y dictamen de los asuntos propios del Consejo, con prioridad en la funcion normativa y fiscalizadora durante un ano y abarcan las principales areas de la municipalidad Los Regidores pueden integrar como MORDAZA cinco (5) comisiones ordinarias y presidiran unicamente una (1) comision ordinaria. Articulo 80º.- Funciones Generales de las Comisiones Ordinarias.- Son funciones de las comisiones permanentes en los asuntos que le conciernen al concejo. 1. Proponer al MORDAZA y al Concejo las disposiciones necesarias para mejorar los servicios de la Municipalidad. 2. Evaluar el plan de trabajo del area o areas de su competencia, efectuar inspecciones y/o fiscalizaciones inopinadas, recabar informes sobre las actividades de un area determinada estando obligado le funcionario de esa area a presentarlo en el plazo que se le senale y proponer al concejo y al MORDAZA que dispongan las medidas convenientes al margen de su labor plena de fiscalizacion. 3. Dictaminar los Proyectos de Ordenanzas, Acuerdos y Resoluciones del Consejo que se pongan a su consideracion 4. Dictaminar los pedidos y proposiciones de los Regidores y las iniciativas de los vecinos. 5. Efectuar investigaciones y estudios. 6. Promover y viabilizar la constitucion de Redes Vecinales para tratar asuntos relacionados con sus competencias. 7. Reglamentar su organizar interna. 8. Reunirse con la frecuencia que los asuntos sometidos a su estudio o dictamen lo requieran, pero cuando menos una vez por semana, en fecha y hora que se determine por acuerdo de sus miembros. Sin perjuicio de lo anterior, el Presidente podra convocar sin mas tramite a sesion cuando la importancia del MORDAZA a tratar lo requiera. Articulo 81º.- Integracion y funcionamiento de las comisiones ordinarias.- Las Comisiones ordinarias estara integrado por un minimo tres (3) y MORDAZA cinco (5) Regidores teniendo en cuenta las necesidades y estructura de la municipalidad y del distrito. El quorum de las comisiones se establecera por mayoria simple. Se reunen en Sesiones Ordinarias y extraordinarias cuando lo convoquen el presidente. En cualquiera de los casos se citara con 3 dias de anticipacion. El funcionario de mayor nivel del area correspondiente podra asistir en calidad de apoyo de la Comision. Articulo 82º.- Comisiones Especiales.- Las Comisiones Especiales de Regidores se constituyen con fines protocolares de estudios, investigaciones o trabajo por acuerdo del concejo para asuntos especificos que

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