Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2014 (27/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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El Peruano Jueves 27 de marzo de 2014

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor de Gobiernos Locales para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica en infraestructura educativa
DECRETO SUPREMO Nº 065-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los articulos 12 y 17 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educacion, para asegurar la universalizacion de la educacion basica en todo el MORDAZA, la educacion es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria. El Estado provee los servicios publicos necesarios para lograr este objetivo, compensando las desigualdades derivadas de factores economicos, geograficos, sociales o de cualquier otra indole que afectan la igualdad de oportunidades en el ejercicio del derecho a la educacion, tomando medidas que favorecen a segmentos sociales que estan en situacion de abandono o de riesgo para atenderlos preferentemente; Que, el literal i) del articulo 5 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2012-ED, establece que es funcion del Ministerio de Educacion liderar la gestion para conseguir el incremento de la inversion educativa y consolidar el Presupuesto Nacional de Educacion, asi como los planes de inversion e infraestructura educativa; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que los recursos publicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, el numeral 11.2 del referido articulo 11 senala que, previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP); y que las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA de la presente disposicion solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano fiscal 2014. Asimismo, dispone que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y modificatoria establece entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, senalandose que dichas transferencias se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, la Oficina de Infraestructura Educativa del Ministerio de Educacion, a traves de los Oficios Nºs 527 y 1652-2014-MINEDU/VMGI-OINFE, solicita gestionar la transferencia de recursos para financiar la ejecucion de proyectos a ser financiados en determinados Gobiernos Locales, en el MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; Que, la Unidad de Presupuesto de la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, a traves del Informe Nº 088-2014-MINEDU/SPE-UP, senala que se cuenta con los recursos disponibles en el presupuesto institucional del Pliego 010: Ministerio de

Educacion, Unidad Ejecutora 108: Programa Nacional de Infraestructura Educativa, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, hasta por un monto de NOVENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 99 709 498,00), para ser destinados al financiamiento de 34 proyectos de inversion publica en infraestructura educativa que seran ejecutados por determinados Gobiernos Locales; Que, la referida Unidad de Presupuesto ha senalado que los proyectos de inversion publica indicados en el considerando precedente cuentan con declaratoria de viabilidad, en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica; y que el Ministerio de Educacion ha suscrito los respectivos convenios en el MORDAZA de lo dispuesto en el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 30114; en merito de la cual, a traves del Oficio Nº 0585-2014-MINEDU/SG, el Ministerio de Educacion solicita la aprobacion del Decreto Supremo que autoriza una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 a favor de Gobiernos Locales para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica en infraestructura educativa; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de NOVENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 99 709 498,00), del Pliego 010: Ministerio de Educacion, a favor de diversos Gobiernos Locales, para financiar la ejecucion de 34 proyectos de inversion publica en infraestructura educativa, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educacion 108 : Programa Nacional de Infraestructura Educativa PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educacion Basica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros 57 616 614,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el acceso de la poblacion de 3 a 16 anos a los servicios educativos publicos de la Educacion Basica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros 42 092 884,00 ------------------TOTAL EGRESOS 99 709 498,00 En Nuevos Soles

A LA:

SECCION MORDAZA : Instancias Descentralizadas PLIEGOS : Gobiernos Locales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educacion Basica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 57 616 614,00

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros

PROGRAMA PRESUPUESTAL 0091 : Incremento en el acceso de la poblacion de 3 a 16 anos a los servicios educativos publicos de la Educacion Basica Regular

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