Norma Legal Oficial del día 27 de marzo del año 2014 (27/03/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano Jueves 27 de marzo de 2014

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CONSIDERANDO: Que, por Resolucion SBS N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripcion de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolucion SBS N° 2684-2013 de fecha 02 de MORDAZA 2013, se aprobo el Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, N° SBS-REGSGE-360-04; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas MORDAZA mencionadas; Que, la Comision Evaluadora en sesion de fecha 17 de diciembre de 2013, califico y aprobo por unanimidad la solicitud del senor MORDAZA MORDAZA Naquira MORDAZA postulante a Corredor de Seguros de Personas - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del MORDAZA de Evaluacion de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyendose el MORDAZA de evaluacion, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS N° 2348-2013 del 12 de MORDAZA de 2013 y la Resolucion SBS N° 011822014 de fecha 24 de febrero de 2014. RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la inscripcion del senor MORDAZA MORDAZA Naquira MORDAZA con matricula numero N4239, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Articulo Segundo.- La presente Resolucion entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, mediante Resolucion SBS Nº 4727-2009 del 29 de MORDAZA del 2009, se aprobo del Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas del Sistema Financiero, en adelante el Reglamento; Que, el articulo 232º de la Ley General, establece que la emision de bonos subordinados debe ser acordada por la Junta General de Accionistas, pudiendo delegar esta facultad en el Directorio, y que la emision de tales instrumentos requiere opinion favorable de esta Superintendencia; Que, el articulo 233º de la Ley General, y el articulo 16º del Reglamento, establecen las caracteristicas que deben tener los bonos subordinados redimibles para que MORDAZA elegibles para el computo del patrimonio efectivo de nivel 2; Que, en la Junta General de Accionistas, en sesion celebrada el 22 de noviembre del 2013, se aprobo por unanimidad el MORDAZA Programa de Bonos Subordinados hasta por un monto de US$ 60,000,000.00 (sesenta millones y 00/100 de Dolares Americanos) o su equivalente en nuevos soles y se acordo delegar en el Gerente General las facultades para modificar las condiciones del programa, definir condiciones que no se hubiesen aprobado y en general efectuar todas las modificaciones que MORDAZA necesarias; Que, el Banco ha cumplido con presentar la documentacion requerida para efectos de la renovacion del plazo del Programa, segun lo senalado en el Procedimiento Nº 25 del Texto Unico Ordenado de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervision Bancaria "D", el Departamento de Riesgos de MORDAZA, Liquidez e Inversiones y el Departamento Legal y con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfinanzas, de Riesgos y de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Articulo Primero.- Opinar favorablemente para que el Banco Interamericano de Finanzas emita instrumentos representativos de deuda subordinada computable como patrimonio efectivo de nivel 2, en el MORDAZA del "Segundo Programa de Bonos Subordinados del Banco Interamericano de Finanzas" hasta por un monto MORDAZA de US$ 60,000,000.00 (sesenta millones y 00/100 de Dolares Americanos) o su equivalente en Nuevos Soles. Articulo Segundo.- El Banco debera contemplar en todo momento los limites legales y demas requisitos aplicables para el computo de los Bonos Subordinados materia de la presente opinion favorable como Patrimonio Efectivo de Nivel 2, conforme a las disposiciones normativas vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1066571-1

MORDAZA MORDAZA ROMARIONI Secretario General (a.i.) 1066479-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON
Establecen Regimen de extraccion de materiales de construccion ubicados en los alveos y cauce de los MORDAZA, quebradas y canteras de la jurisdiccion de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 276-2013-MDA Ancon, 25 de octubre del 2013 VISTO: El Concejo Distrital de Ancon, en Sesion de Concejo Ordinaria de fecha 25 de octubre del 2013, e Informe Nº 244-2013-GAL/MDA de la Gerencia de Asesoria Legal de esta Municipalidad, remitiendo el proyecto de Ordenanza Municipal sobre regimen de extraccion de materiales de construccion ubicados en los alveolos y cauces de los MORDAZA en el Distrito de Ancon. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y la Ley de Reforma Nº 28607, asi como el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que

Autorizan la inscripcion de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCION SBS Nº 1707-2014 MORDAZA, 14 de marzo de 2014 SECRETARIO GENERAL (a.i.) VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Naquira MORDAZA para que se autorice su inscripcion en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Seccion II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 2.- Corredores de Seguros de Personas; y,

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