Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2015 (28/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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ultimo parrafo del articulo 3º de la presente Resolucion y previa aprobacion del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes. Articulo 10º.- La autorizacion a que se contrae el articulo 1º de la presente Resolucion podra renovarse por igual periodo previa solicitud presentada por la titular de la autorizacion hasta el dia del vencimiento del plazo de vigencia otorgado, o se MORDAZA verificado al momento de la renovacion la continuidad de la operacion del servicio autorizado, conforme a lo dispuesto en la Ley de Radio y Television y su Reglamento. La renovacion se sujeta al cumplimiento de los requisitos y las condiciones previstas en la Ley de Radio y Television y su Reglamento. Articulo 11º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, se procedera de acuerdo a lo establecido en el articulo 38º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 12º.- La titular de la autorizacion debera cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del articulo 38º del MORDAZA Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-MTC. Articulo 13º.- La autorizacion a la que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan. Articulo 14º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones para las acciones que corresponda, de acuerdo a su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. HENRRY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones (e) 1193024-1

El Peruano Miercoles 28 de enero de 2015

Declaran aprobada transferencia de autorizacion otorgada a favor de BGH Producciones S.R.L., para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media, en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 49-2015-MTC/03 MORDAZA, 20 de enero del 2015 VISTO, el escrito de registro N° 2011-021505 del 13 de MORDAZA de 2011, sobre transferencia de autorizacion del servicio de radiodifusion de titularidad de la empresa RADIO SISTEMAS DEL PERU S.R.L. a favor de la empresa BGH PRODUCCIONES S.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Viceministerial N° 027-2008MTC/03, del 9 de enero de 2008, se renovo la autorizacion otorgada a la empresa RADIO SISTEMAS DEL PERU S.R.L., para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Onda Media en la localidad de Lima-Huarochiri-Canta, departamento de MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos; con vencimiento de su plazo de vigencia al 27 de marzo de 2017; Que, con escrito de registro N° 2011-021505 del 13 de MORDAZA de 2011, la empresa RADIO SISTEMAS DEL PERU S.R.L. solicito la aprobacion de la transferencia de su autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial N° 027-2008-MTC/03, a favor de la empresa BGH PRODUCCIONES S.R.L.; Que, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, concordado con el articulo 73° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestacion del servicio de radiodifusion son transferibles, previa aprobacion del Ministerio, mediante Resolucion Viceministerial, conteniendo ademas el reconocimiento

del MORDAZA titular de la autorizacion. Asimismo, senala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias transcurrido el cual, sin que se MORDAZA expedido resolucion pronunciandose sobre la solicitud, el peticionario podra considerarla aprobada; Que, a su vez, el articulo 27º de la Ley de Radio y Television, concordado con los articulos 74º y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion; Que, por otro lado, el articulo 2º de la Ley del Silencio Administrativo ­ Ley Nº 29060, precisa que los procedimientos administrativos, sujetos a silencio administrativo positivo, se consideraran automaticamente aprobados si, vencido el plazo establecido o MORDAZA, la entidad no hubiera emitido el pronunciamiento correspondiente, no siendo necesario expedirse pronunciamiento o documento alguno para que la administrada pueda hacer efectivo su derecho, bajo responsabilidad del funcionario o servidor publico que lo requiera; Que, habiendo vencido el 19 de octubre de 2011 el plazo MORDAZA establecido en el articulo 27º de la Ley de Radio y Television para que la Administracion emita pronunciamiento expreso respecto a la solicitud de transferencia de autorizacion presentada por la empresa RADIO SISTEMAS DEL PERU S.R.L. con escrito de registro N° 2011-021505, la misma quedo aprobada el 20 de octubre de 2011, al haberse configurado el silencio administrativo positivo a que se refiere dicho articulo y el MORDAZA del Ministerio; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe No. 2193-2013MTC/28, MORDAZA con Informe No. 2263-2014-MTC/28, opina que en aplicacion del silencio administrativo positivo corresponde emitir el acto administrativo que declare aprobada al 20 de octubre de 2011, la solicitud de transferencia de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial N° 027-2008-MTC/03, formulada por la empresa RADIO SISTEMAS DEL PERU S.R.L. a favor de la empresa BGH PRODUCCIONES S.R.L., y reconocer a esta MORDAZA como nueva titular de la citada autorizacion; asi como de los permisos, licencias y autorizaciones para la utilizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma; al verificarse que la adquirente y sus miembros no se encuentran en causal de denegatoria e impedimentos para el otorgamiento de la autorizacion; De conformidad con la Ley de Radio y Television, Ley No 28278 y su modificatoria; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, la Ley del Silencio Administrativo, Ley Nº 29060; el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 20 de octubre de 2011, en virtud al silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorizacion otorgada a la empresa RADIO SISTEMAS DEL PERU S.R.L. mediante Resolucion Viceministerial Nº 027-2008-MTC/03, a favor de la empresa BGH PRODUCCIONES S.R.L.; conjuntamente con los permisos, licencias y autorizaciones de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionados a dicha autorizacion. Articulo 2º.- Reconocer a la empresa BGH PRODUCCIONES S.R.L., como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 0272008-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo esta todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. HENRRY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones (e) 1193023-1

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