Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2015 (28/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Miercoles 28 de enero de 2015

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Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA a los veintisiete dias del mes de enero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MORDAZA VON HESSE LA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura y Riego MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 1193847-2

rehabilitacion de las zonas afectadas; para cuyo efecto se cuenta con la opinion favorable de la Secretaria de Gestion del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros emitida con el Memorandum N° 042-2015-PCM/SGRD, considerando que corresponde declarar el Estado de Emergencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 21 de la MORDAZA Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, aprobada por Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM, el INDECI debe efectuar las acciones de coordinacion y seguimiento a las recomendaciones y acciones inmediatas y necesarias que se requieran o hayan sido adoptadas por el Gobierno Regional y/o los sectores involucrados, en el MORDAZA de la Declaratoria de Estado de Emergencia aprobada, dentro del plazo establecido, debiendo remitir a la Presidencia del Consejo de Ministros, el informe de los respectivos resultados, asi como de la ejecucion de las acciones inmediatas y necesarias durante la vigencia de la misma; De conformidad con el inciso 1 del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru; con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestion del Riesgo de Desastres; asi como con el articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado por Decreto Supremo Nº 0482011-PCM, que regula el procedimiento de la Declaratoria de Estado de Emergencia; y la MORDAZA Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, aprobada por Decreto Supremo N° 074-2014-PCM; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declarese el Estado de Emergencia, por el plazo de sesenta (60) dias calendario, en los distritos de Papaplaya, Chazuta, El Porvenir, MORDAZA MORDAZA, Shapaja y MORDAZA Leveau en la provincia de San Martin; los distritos de Picota, San MORDAZA de Puerto Rico y San MORDAZA en la provincia de Picota; los distritos de Juanjui y Pachiza en la provincia de Mariscal MORDAZA y en los distritos de Bellavista y San MORDAZA en la provincia de Bellavista, del departamento de San MORDAZA, para la ejecucion de medidas de excepcion inmediatas y necesarias de respuesta y rehabilitacion en las zonas afectadas, por la ocurrencia del desborde del rio Huallaga y afluentes, debido a las intensas precipitaciones pluviales. Articulo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de San Martin; las Municipalidades Provinciales de San MORDAZA, Picota, Mariscal MORDAZA y Bellavista; y, las Municipalidades Distritales de Papaplaya, Chazuta, El Porvenir, MORDAZA MORDAZA, Shapaja y MORDAZA Leveau en la provincia de San Martin; las Municipalidades Distritales de Picota, San MORDAZA de Puerto Rico y San MORDAZA en la provincia de Picota; las Municipalidades Distritales de Juanjui y Pachiza en la provincia de Mariscal MORDAZA y las Municipalidades Distritales de Bellavista y San MORDAZA en la provincia de Bellavista, con la coordinacion tecnica y seguimiento respectivo de parte del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y Riego y el Ministerio de Salud, y demas instituciones publicas y privadas involucradas, dentro de sus competencias, ejecutaran las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y trabajos de rehabilitacion en las zonas afectadas para el restablecimiento de los servicios basicos y de la infraestructura diversa; acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecucion, sustentadas en los estudios tecnicos de las entidades competentes. Articulo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministro de Agricultura y Riego, y el Ministro de Salud.

AGRICULTURA Y RIEGO
Autorizan viaje de funcionario a los Paises Bajos y Alemania, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0032-2015-MINAGRI MORDAZA, 22 de enero de 2015 VISTAS: La Carta S/N de fecha 14 de noviembre de 2014, del Representante Oficial en el Peru de Messe Berlin GmbH, Camara de Comercio e Industria Peruano - Alemana, y la Carta GEG-027-2015 de fecha 14 de enero de 2015, del Gerente General de la Asociacion de Exportadores ADEX; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el literal a) del numeral 4.2 del articulo 4 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, el Ministerio de Agricultura y Riego, en el MORDAZA de sus competencias compartidas, tiene, entre otras, la funcion de "Promover la produccion agraria nacional, la oferta agraria exportable y el acceso de los productos agrarios nacionales a nuevos mercados, en coordinacion con el Sector Comercio Exterior y Turismo y los demas sectores e instituciones que correspondan"; Que, la Direccion General de Negocios Agrarios, organo de linea del Ministerio de Agricultura y Riego, tiene entre sus funciones, contenidas en el articulo 59 del citado Reglamento, el identificar las oportunidades de MORDAZA actuales y potenciales para articular la oferta agraria nacional; promover la oferta agraria nacional competitiva y sostenible para facilitar su acceso a las oportunidades de MORDAZA identificados; y, articular la oferta agraria con los mercados nacionales e internacionales; Que, dada la importancia de los Paises Bajos para el Peru, por ser un destino para las exportaciones globales de alimentos y un centro logistico de primer orden, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ha considerado abrir, entre otras, una Oficina Comercial del Peru en el Exterior, en la MORDAZA de Rotterdam (Paises Bajos), a fin de facilitar las operaciones de promocion de los productos peruanos, en dicha sede; Que, en este contexto, mediante Carta S/N de fecha 14 de noviembre de 2014, dirigida al Ministro de Agricultura y Riego, el Representante Oficial en el Peru de Messe Berlin GmbH, Camara de Comercio e Industria Peruano - Alemana, cursa invitacion para participar en la Feria FRUIT LOGISTICA 2015, la misma que se llevara a cabo en la MORDAZA de Berlin, Republica Federal de Alemania, del 04 al 06 de febrero de 2015;

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