Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2016 (19/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Martes 19 de enero de 2016 /

El Peruano

ORGANOS JURISDICCIONALES DE EMERGENCIA QUE APLICAN EL NCPP.1° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA El Juzgado de Investigación Preparatoria antes mencionado, seguirá conociendo y tramitando los procesos a su cargo (JIP) en materia Anticorrupción y además atenderá los asuntos del Juzgado de Investigación Preparatoria de Proceso Inmediato de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción. Estará a cargo del Dr. Raúl Ernesto Carlos Salcedo Rodríguez. 1° JUZGADO UNIPERSONAL PERMANENTE El 1° Juzgado Unipersonal Permanente, seguirá conociendo y tramitando los procesos a su cargo en materia de Anticorrupción. Estará a cargo del Dr. Edie Solorzano Huaraz. 2° JUZGADO UNIPERSONAL El 2° Juzgado Unipersonal, seguirá conociendo y tramitando los procesos a su cargo, y estará a cargo del Dr. Ramiro Ronny Vila Ore. JUZGADO PENAL COLEGIADO ANTICORRUPCIÓN y FLAGRANCIA El Juzgado Penal Colegiado de Emergencia para el conocimiento de los procesos Anticorrupción y Flagrancia, estará conformado de la siguiente manera: 1° Juzgado Unipersonal Permanente, a cargo del Juez Edie Solórzano Huaraz 2° Juzgado Unipersonal de Flagrancia, a cargo del Juez Ramiro Ronny Vila Oré 1° Juzgado Penal de Reos Libres, a cargo de la Juez Carla Carbonel Vidalón - OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA DEL CALLAO. La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao-ODECMA quedará a cargo del siguiente Magistrado: - Dr. Víctor Roberto Obando Blanco, Jefe de la ODECMA ­CALLAO. - Dra. Fanny García Juárez. - Dra. Miriam Morales Chuquillanqui, (del 1° al 15° de febrero de 2016) - Diego Alonso Bojórquez Cruz, (del 16 de febrero al 01 de marzo de 2016) ... Artículo Segundo.DISPONER que el FUNCIONAMIENTO de los Órganos Jurisdiccionales de Emergencia designados mediante el Artículo Primero de la presente Resolución se regirá de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo Tercero de la Resolución Administrativa N° 356-2015-CE-PJ. Artículo Tercero.- DISPONER que los magistrados que se encuentren comprendidos en la presente Resolución Administrativa harán uso de su descanso físico vacacional, según las necesidades del servicio entre los meses de abril a noviembre del año en curso, previa autorización del Presidente de la Corte Superior de Justicia, conforme a lo establecido en el Artículo Sexto de la Resolución Administrativa Nº 356-2015-CE-PJ. Artículo Cuarto.- RECORDAR a los Señores Magistrados de los Órganos Jurisdiccionales de este Distrito Judicial, el cumplimiento de lo establecido en el artículo décimo de la Resolución Administrativa Nº 356-2015-CE-PJ, debiendo adoptar las medidas necesarias para evitar perjuicios procesales y materiales a las partes como consecuencia del periodo vacacional. Artículo Quinto.- DISPONER que el Gerente de Administración Distrital en coordinación con el Área

de Personal de esta Unidad Ejecutora establezcan la asignación de los trabajadores que permanecerán durante el periodo del 1° de febrero al 1° de marzo del presente año en curso prestando servicios en los órganos jurisdiccionales de emergencia. Artículo Sexto.PRECISAR que aquellos Magistrados, cuyos nombres no aparecen señalados en la presente Resolución harán uso de su descanso vacacional del 01° de febrero al 01° de marzo de 2016. Artículo Séptimo.- PÓNGASE la presente Resolución en conocimiento del Presidente del Poder Judicial, del Presidente de la Junta de Fiscales del Distrito Fiscal del Callao, de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura del Callao, de la Defensoría Pública, de los Señores Magistrados de la Corte Superior de Justicia del Callao, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Oficina Distrital de Imagen Institucional y de la Oficina de Personal, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. YRMA FLOR ESTRELLA CAMA Presidente (e)

(*) Designación funcional del 01 Febrero al 01 de Marzo de 2016 1335018-1

Oficializan la designación del Capellán de la Capellanía del Poder Judicial del Callao
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA Nº 32-2016-P-CSJCL/PJ. Callao, 15 de Enero de 2016. LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, el Presidente de Corte Superior, dirige la política del Poder Judicial en su Distrito Judicial, conforme lo establece el numeral 3) artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, el servicio de impartición de justicia constituye una de las principales formas de trascendencia del ser humano, porque el esfuerzo y dedicación diaria de los señores Magistrados, personal jurisdiccional y administrativo, están orientados a brindar un servicio que resuelve los conflictos de otros seres humanos, contribuyendo de esta forma a lograr la paz social. Que, si bien es cierto, que el promover en los colaboradores el desarrollo en el campo cognoscitivo es necesario para la mejorar la calidad del trabajo y por ende el servicio en este Poder del Estado; también es de igual importancia preocuparse por su desarrollo espiritual; en ese sentido, debe posibilitárseles a quienes integran esta institución, formas que les permitan mejorar cada día su predisposición al trabajo que desarrollan, muchas veces cargado de fuerte contenido emocional. Que sobre la Espiritualidad se dice "...es la búsqueda interna de significado, propósito y misión personal en nuestras vidas, la cual nos comunica un sentido de interconexión con uno mismo y los demás (Bruce & Plocha, 1999), produciendo estados afectivos de solidaridad, amor y perdón (Carroll, Sermabeikan y Spero, 2001). Está búsqueda es activa y se da en todos los contextos sociales en los que interactuamos, comunidad, familia, pareja y trabajo, en los que esperamos que estos contribuyan con nuestro sentido de bienestar y armonía individual (Krishnakumar & Neck, 2002)"."... Practicar la Espiritualidad en las organizaciones es reconocer en nuestros colaboradores su condición humana de forma

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