Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2016 (19/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

575828

NORMAS LEGALES

Martes 19 de enero de 2016 /

El Peruano

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1335307-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprobación de la Tabla de Valores Referenciales para efectos de determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al año 2016
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 014-2016-EF/15 Lima, 18 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación

Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF y normas modificatorias, y el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 057-2005-EF - Reglamento del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo se determinará comparando el valor de adquisición, construcción, importación o de ingreso al patrimonio de la embarcación afecta, con el valor asignado en la Tabla de Valores Referenciales que apruebe anualmente el Ministerio de Economía y Finanzas, el cual considerará un valor de ajuste por antigüedad debiendo considerarse para efecto del Impuesto, el mayor de ellos; Que, en tal sentido es conveniente aprobar la Tabla de Valores Referenciales correspondiente al año 2016; De conformidad con lo establecido en el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 057-2005-EF; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobación de la Tabla de Valores Referenciales Apruébese la Tabla de Valores Referenciales a utilizarse para determinar la base imponible del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, por el año 2016 que, como anexo, forma parte de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.

LA DIRECCIÓN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.