Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 2018 (27/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano / Martes 27 de febrero de 2018

NORMAS LEGALES

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3) El predio ubicado en Urb. Predio Santa Teresa C.P/ Parc. 237 ­ Panamericana Sur Km. 299, Subtanjalla Ica, afectado en un área de 1,030.90 m2 de propiedad de la Sociedad Estación de Servicios Daniela S.A., el mismo que es valorizado en la suma de S/ 435,780.28 soles, (Cuatrocientos treinta y cinco mil setecientos ochenta con 28/100 soles); áreas que se encuentran debidamente inscritas en la Partida Registral Nº 40025394, Partida Registral Nº P07044554 y, Partida Registral Nº 40024955 de la SUNARP, Zona Registral Nº XI, Sede Ica, Oficina Registral Ica; predios afectados por la ejecución del proyecto: "Mejoramiento de la carretera departamental IC114, Tramo Prog. Km 292+200 (Estadio Guadalupe) - Km 299-025 (El Álamo), provincia de Ica - departamento de Ica", los mismos que ascienden a un monto total de valor de tasación de S/. 631,373.66 soles, (Seiscientos treinta y un mil trescientos setenta y tres con 66/100 soles), a favor del Gobierno Regional de Ica, cuyos linderos y medidas perimétricas se detallan en el anexo que forma parte integrante del presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Segundo.- DISPONER, que el Gobierno Regional de Ica, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la tasación a favor de los sujetos pasivos de la expropiación: señores José Luis Lovera Espinoza y Juana de Dios Bernaola Peña; señora Quispe Peña Teodora Jesús y la Sociedad Estación de Servicios Daniela S.A, dentro de los cinco (5) días hábiles de emitido el presente Acuerdo de Consejo Regional. Artículo Tercero.- DISPONER que el Gobierno Regional de Ica, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitido el presente Acuerdo de Consejo Regional y notificada la consignación al sujeto pasivo, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30º de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del beneficiario. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario, el bien inmueble cuya Partida Registral, linderos y medidas perimétricas se detalla en el Anexo que forma parte del presente Acuerdo de Consejo Regional; y de ser el caso, se levante toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral del predio afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución; según lo previsto en el literal d) del numeral 28.1 del artículo 28º de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192. Artículo Quinto.- DISPONER que el Gobierno Regional de Ica, notifique el presente Acuerdo de Consejo Regional al sujeto pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1192, requiriéndole la desocupación y entrega del bien inmueble expropiado dentro de un plazo de treinta (30) días hábiles siguientes de notificado el presente Acuerdo de Consejo Regional, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación; según lo previsto en el literal e) del numeral 28.1 del artículo 28º de la citada Ley. Artículo Sexto.- DISPONER que el presente Acuerdo de Consejo Regional se publique en el Diario Oficial "El Peruano" y se notifique notarialmente conforme a lo dispuesto en el numeral 28.4 del artículo 28º de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por

el Decreto Legislativo Nº 1192 modificada por el Decreto legislativo Nº 1330. POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. Dado en la Sede del Consejo Regional de Ica. NORA CECILIA BARCO DE GOTUZZO Consejera Delegada Consejo Regional de Ica 1620167-1

GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Eligen Consejera Delegada del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali - Periodo 2018
ACUERDO REGIONAL Nº 001 -2018-GRU-CR Pucallpa, once de enero del dos mil dieciocho. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 11 de enero de 2018, con el voto por mayoría simple del Pleno del Consejo Regional y en uso de sus facultades conferidas por el Artículo Nº 101 del Reglamento Interno del Consejo Regional, se aprobó el siguiente: ACUERDO REGIONAL: Artículo Primero.- ELEGIR a la Consejera Regional señora FLORA AMASIFUEN AMASIFUEN, representante de la Provincia de Padre Abad, como CONSEJERA DELEGADA DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI ­ PERIODO 2018. Artículo Segundo.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional de la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario de mayor circulación en la Capital de la Región y a la Oficina de Tecnologías de la Información para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www. regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. FLORA AMASIFUEN AMASIFUEN Consejera Delegada Consejo Regional 1620090-1

Fijan remuneración mensual del Gobernador y Vicegobernador y las Dietas de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de Ucayali
ACUERDO REGIONAL Nº 002-2018-GRU-CR Pucallpa, doce de enero de dos mil dieciocho. POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Ordinaria de fecha 12

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