Norma Legal Oficial del día 09 de marzo del año 2018 (09/03/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Viernes 9 de marzo de 2018 /

El Peruano

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho días del mes de marzo del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1624119-1

Autorizan Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor del Gobierno Regional del departamento de Huancavelica y de diversos Gobiernos Locales
DECRETO SUPREMO Nº 053-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica y de diversos Gobiernos Locales; Que, mediante el artículo 4 de la Ley N° 30458, Ley que regula diversas medidas para financiar la ejecución de proyectos de inversión pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, se crea el Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), destinado a financiar proyectos de inversión pública para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales; asimismo, se establece que la priorización de los proyectos de inversión pública a ser financiados con los recursos del mencionado Fondo, será efectuada por una comisión multisectorial, cuya conformación y funciones se aprueba en el marco de lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017, los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), se incorporan en las entidades de los tres niveles de gobierno, en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, Donaciones y Transferencias y Recursos Determinados, según corresponda, señalando que dicha incorporación de recursos, en el caso de entidades del Gobierno Nacional, se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último, y en el caso de los pliegos del Gobierno Regional y Gobierno Local, el decreto supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Presidente del Consejo de Ministros, a propuesta de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial a que se refiere el numeral 4.5 del artículo 4 de la citada Ley Nº 30458; asimismo, dichos recursos se destinan a financiar actividades e inversiones, para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de fenómenos naturales y antrópicos; Que, mediante Decreto Supremo N° 132-2017-EF, se aprueba la conformación y funciones de la Comisión Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES); y se dictan las disposiciones reglamentarias para la gestión de los recursos de dicho Fondo; Que, mediante Oficio Nº 0599-2018-INDECIFONDES/70.0, el Secretario Técnico de la Comisión

Multisectorial del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud priorizada de financiamiento, aprobada mediante Acta N° 06 de fecha 14 de febrero de 2018 hasta por la suma total de DIEZ MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 10 134 087,00); Que, el monto mencionado en el considerando precedente financiará un (01) Proyecto de Inversión Pública de Emergencia por el importe de TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 3 775 610,00) a favor del Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica; catorce (14) Actividades de Emergencia por el importe de DOS MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS DIEZ Y 00/100 SOLES (S/ 2 211 510,00) a favor de la Municipalidad Distrital de Santo Domingo, Municipalidad Distrital de San Juan de Bigote y la Municipalidad Distrital de Lurigancho; y nueve (09) Actividades de Mitigación y Capacidad de Respuesta por el importe de CUATRO MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 4 146 967,00) a favor de la Municipalidad Distrital de Huancano, Municipalidad Distrital de Lincha, Municipalidad Distrital de Castilla, Municipalidad Distrital de San Juan de Cutervo y la Municipalidad Distrital de Lurigancho; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar la incorporación de recursos, vía Crédito Suplementario, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de DIEZ MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 10 134 087,00), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica y de diversos Gobiernos Locales, para ser destinados al financiamiento de lo señalado en el considerando precedente, con cargo a los recursos del Fondo para Intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES); De conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto público en el Año Fiscal 2017; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, hasta por la suma de DIEZ MILLONES CIENTO TREINTA Y CUATRO MIL OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 10 134 087,00), en la fuente de financiamiento Recursos Determinados a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica y de diversos Gobiernos Locales, con cargo a los recursos del Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales (FONDES), creado por el artículo 4 de la Ley N° 30458; destinados a financiar lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados TOTAL INGRESOS En Soles 10 134 087,00 ------------------10 134 087,00 =========== En Soles : Instancias Descentralizadas 447 : Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica

EGRESOS: SECCION SEGUNDA PLIEGO

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados

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