Norma Legal Oficial del día 01 de Agosto del año 2004 (01/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3



PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (TASA) APRUEBA EL TRAMITE

CALIFICACION AUTOEVALUACION MATICO POSITIVO NEGATIVO

INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO RECONSIDERACION APELACION

A.GRATUITO 35 dias Diario Registrador Publico

PROCEDIMIENTOS REGISTRALES
Tribunal Registral

I.-

PROCEDIMIENTOS COMUNES A TODOS LOS REGISTROS

1

Rectificacion de errores materiales por causa imputable al Registro 35 dias Diario Registrador Publico

1.-

Articulos 33º, 76º, 82º y 88º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001-SUNARP/SN (23/07/01)

2.-

Solicitud del interesado indicando el error materia de rectificacion. Indicacion del MORDAZA de la partida registral y numero del titulo archivado.

2

Rectificacion de errores materiales por causa no imputable al Registro

1.-

Tribunal Registral

2.-

MORDAZA, MORDAZA 1 de agosto de 2004

Articulo 88º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001-SUNARP/SN (23/07/01); Decreto Supremo Nº 037-94-JUS (07/07/1994); Decreto Supremo Nº 017-2003-JUS (18/09/03)

3.-

Solicitud del interesado indicando el error materia de rectificacion. Indicacion del MORDAZA de la partida registral, numero y fecha del titulo archivado. Pago por derechos registrales.

NORMAS LEGALES

0.24% UIT, por derechos de calificacion y 0.24% UIT, por derechos de inscripcion, tratandose de rectificaciones en el Registro de Predios, 0.81% de la UIT por dere chos de calificacion mas 0.26 % o 0.16% de la UIT; en el caso de rectificaciones en el Registro de Derechos Mineros o de actos referidos a sociedades mineras, 3.30% de la UIT por derechos de calificacion y 3.30 de la UIT, por derechos de inscripcion; y, en el caso de rectificaciones en el Registro de Embarcaciones Pesqueras, 0.60 % de la UIT por derechos de calificacion y 0.50% de la UIT, por derechos de inscripcion. GRATUITO X Mesa de partes u oficina de tramite documentario Registrador Publico o Tribunal Registral, segun corresponda

3

Desistimiento de la Rogatoria

Articulo 13º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001-SUNARP/SN (23/07/01)

1.-

Tribunal Registral, tratandose de una decision del registrador

2.-

Solicitud del presentante del titulo con firma legalizada ante Notario o verificada por el fedatario o cualquier otro funcionario autorizado para efectuar dicha certificacion. En caso que el presentante sea Notario, su desistimiento no requerira legalizacion de firma. Numero de titulo y fecha de presentacion. 0.10% UIT para el Registro de Embarcaciones Pesqueras; y, 0.12%UIT para los demas. GRATUITO X

4

Duplicado de Anotacion de Inscripcion

Articulo 54º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001-SUNARP/SN (23/07/01); Decreto Supremo Nº 037-94-JUS (07/07/1994)

1.2.3.-

Solicitud del interesado. Datos del asiento de inscripcion y de la partida registral. Pago de derechos registrales.

Oficina de tramite documentario o la que haga sus veces 30 dias Mesa de partes u oficina de tramite documentario

Registrador Publico

5

Regularizacion de la omision de firma en el asiento de ins cripcion

Articulo 71º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001-SUNARP/SN (23/07/01)

1.2.-

Solicitud dirigida al registrador publico. Datos de la partida registral y del titulo archivado correspondiente.

Registrador Publico

Gerencia del area o quien haga sus veces

II.-

REGISTRO DE PERSONAS NATURALES
Diario Registrador Publico Tribunal Registral

2.1.- MANDATOS Y PODERES

Pag. 273653

1

Inscripcion de mandato

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001-

1.-

2.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la

0.24% UITpor derechos de calificacion, y 0.24% UIT por

35 dias, salvo prorroga o suspension.

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