Norma Legal Oficial del día 01 de Agosto del año 2004 (01/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32



PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (TASA) APRUEBA EL TRAMITE

CALIFICACION AUTOEVALUACION MATICO POSITIVO NEGATIVO

INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO RECONSIDERACION APELACION

Pag. 2728

4.-

5.6.0.01% de la UIT Diario Registrador Publico

respectivo. Declaracion jurada con firma legalizada notarialmente o certificada por fedatario, del presidente del consejo directivo o representante autorizado, senalando que los docu mentos presentados para su inscripcion ante el Registro del gobierno local son de igual contenido que los presentados al Registro de Personas Juridicas. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes. Tribunal Registral

3

1.-

Primera inscripcion de las or ganizaciones sociales de base inscritas en el registro del gobierno local

2.-

35 dias salvo prorroga o suspension.

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/2001); 3º de la Ley Nº 25307 (15/02/1991); 5º del Reglamento de la Ley 25307, aprobado por D.S. Nº 041-2002-PCM (26/05/2002); 5.4 de la Directiva Nº 010-2003-, SUNARP/SN, aprobada por Resolucion Nº 373-2003-SUNARP/SN (30/07/ 2003); 2º del D.S. Nº 003-2004-JUS (09/03/2004)

3.-

NORMAS LEGALES

4.-

5.-

6.7.0.01% de la UIT

Formato de solicicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. MORDAZA autenticada de la resolucion municipal que autoriza su registro. En caso que la autorizacion de la inscripcion en el registro municipal, MORDAZA operado por silencio administrativo positi vo, se acompanara MORDAZA autenticada por fedatario del Registro o certificada por Notario del cargo del escrito presentado ante la Municipalidad, el que debe contener el sello oficial de recepcion con la indicacion del numero de registro de la solicitud, la fecha, hora y firma del agente re ceptor, sin observaciones. Asimismo, debe acompanarse la declaracion jurada con firma legalizada notarialmente o certificada por fedatario, del presidente del consejo directivo o representante autorizado, en el sentido que ha transcurrido el plazo a que se refiere el art. 11º del D.S. Nº 0412002-PCM, sin que se MORDAZA notificado el pronunciamiento respectivo. MORDAZA autenticada por fedatario o certificada por Notario del acta de la asamblea general de constitucion, de la aprobacion del estatuto, con inclusion del texto completo del mismo, y de la eleccion del primer consejo directivo. Declaracion jurada con firma legalizada notarialmente o certificada por fedatario, del presidente del consejo directivo o representante autorizado, senalando que los docu mentos presentados son de igual contenido que los que se presentaron al Registro del gobierno local para su inscripcion administrativa. Pago de derechos registrales. Otros, segun calificacion registral y disposiciones vigentes. Diario Registrador Publico

4

1.-

Tribunal Registral

Renovacion de los integrantes de los organos de gobierno y modificaciones del estatuto de las organizaciones sociales de base inscritas en el Registro del gobierno local

2.-

35 dias salvo prorroga o suspension.

3.-

4.-

Articulos 15º, 17º y 176º del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/2001); 3º de la Ley Nº 25307 (15/02/1991); 12º del Remento de la Ley 25307, aprobado por D.S. Nº 041-2002-PCM (26/05/2002); 5.6 de la Directiva Nº 010-2003SUNARP/SN, aprobada por Resolucion Nº 373-2003-SUNARP/SN (30/07/ 2003); 2º del D.S. Nº 003-2004-JUS (09/03/2004)

MORDAZA, MORDAZA 1 de agosto de 2004

5.-

Formato de solicicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. El acto cuya inscripcion se solicita debe encontrarse pre viamente inscrito en el Registro del gobierno local. MORDAZA autenticada de la resolucion municipal que autoriza el registro del respectivo acto. MORDAZA autenticada por fedatario o certificada por Notario del acta de la asamblea general respectiva, acompanada de la documentacion que acredite la validez de la convocato ria y quorum respectivo. Dicha acreditacion podra realizarse a traves de declaraciones juradas emitidas por el presidente del organo de gobierno o por quien legal o estatutariamente se encuentre facultado para ello, con los requisitos previstos en los articulos 2º y 3º de la Resolucion Nº

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