Norma Legal Oficial del día 01 de Agosto del año 2004 (01/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41



PROCEDIMIENTO

BASE LEGAL

REQUISITOS

DERECHO DE PAGO (TASA) APRUEBA EL TRAMITE

CALIFICACION AUTOEVALUACION MATICO POSITIVO NEGATIVO

INICIO DE TRAMITE

AUTORIDAD QUE RESUELVE RECURSO IMPUGNATORIO RECONSIDERACION APELACION

creto Supremo Nº 0011-98-MTC (05/06/1998); 73º(a), 79º inc. 1.2, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades(27/05/03); Decreto Supremo Nº 017-2003-JUS (18/09/03) Diario Registrador Publico Tribunal Registral

3

Inscripcion de Plano de Trazado y Lotizacion en Posesiones Informales

1.-

2.-

35 dias salvo prorroga o suspension.

MORDAZA, MORDAZA 1 de agosto de 2004

3.-

4.-

1.94 % de UIT por derechos de calificacion y 3/1000 del valor de las obras por derechos de inscripcion. Adicionalmente, por cada partida que se genere, 0.32% de UIT,

Articulos 15º, 17º y 176 del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/2001); 45º y 49º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion Nº 540-2003-SUNARP/SN(21/11/2003); 2010º y 2011º del Codigo Civil (25/07/ 1984); 78 y 79 de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades (27/05/03) Decreto Supremo Nº 017-2003-JUS (18/09/03)

5.-

6.7.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Resolucion administrativa que aprueba el Plano de Trazado y Lotizacion, expedida por organismo competente. Plano de Trazado y Lotizacion georeferenciado a la red geo desica nacional. Cuando la posesion informal se encuentre ubicada en terreno de propiedad privada, se acompanara la autorizacion del propietario en documento privado con firmas legalizadas o el acta de conciliacion que contenga dicha autorizacion. Pago de derechos registrales. Otros, segun calilficacion registral y disposiciones vigentes.

4 Por la independiza cion : 1.55 % de UIT por derechos de calificacion y 0.39% de UIT por derechos de inscripcion; y, por la transferencias: 0.81% de UIT por derecho de calificacion y 1.5/1000 del valor del acto, si este no supera los S/. 35,000, o 3/1000 cuando supera dicho monto, por derechos de inscripcion. 35 dias salvo prorroga o suspension. Diario

NORMAS LEGALES

Parcelacion de Predios Rurales a) Independizacion de parcelas individuales en territorio de Comunidades Campesinas de Costa e inscripcion de la propiedad individual

Articulos 15º, 17º y 176 del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/2001); 51º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion Nº 540-2003-SUNARP/SN(21/11/2003), modificado por el art. 1º de la Resolucion Nº 215-2004-SUNARP/SN (31/05/2004); 10º de la Ley Nº 26505, Ley de la Inversion Privada en territorio de Comunidades Campesinas (18/07/1995); 6º y 7º de la Ley Nº 26845 (26/07/1997); Decreto Supremo Nº 017-2003-JUS (18/09/03).

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. 2.- MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. 3.- El Predio debe estar inscrito a nombre de la Comunidad Campesina. 4.- Formulario Registral a que se refiere el D. Leg. 667, suscrito por representante legal de la Comunidad Campesina y verificador. 5.- El acta de acuerdo de la asamblea general en la que se acordo la adjudicacion, debe encontrarse previamente ins crito. 6.- Plano catastral y memoria descriptiva levantados y visados por el organismo competente. 7.- Contrato de transferencia otorgado por el presidente de la Comunidad a favor del adjudicatario. 8.- Certificados catastrales expedidos por el organismo com petente. 9.- Pago de derechos registrales. 10.- Otros, segun calilficacion registral y disposiciones vigentes. Diario

1.-

Registrador Publico

Tribunal Registral

b) Parcelacion de predios de propiedad de Empresas Asociativas

1.-

Registrador Publico

Tribunal Registral

2.-

35 dias salvo prorroga o suspension.

3.-

Articulos 15º, 17º y 176 del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001SUNARP/SN (23/07/2001); 52º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado por Resolucion Nº 540-2003-SUNARP/SN(21/11/2003); 17º del D.Leg. Nº 667 (13/09/91); Decreto Supremo Nº 017-2003-JUS (18/09/03)

4.-

1.94 % de UIT por derechos de calificacion y 3/1000 del valor del acto, por derecho de inscripcion. Adicionalmente, por cada partida que se genere 0.32% de UIT,

5.6.-

7.8.-

Formato de solicitud de inscripcion debidamente llenado y suscrito. MORDAZA del documento de identidad del presentante, con la MORDAZA de haber sufragado en las ultimas elecciones o haber solicitado la dispensa respectiva. Formulario Registral firmado por representante legal de la Empresa Asociativa, Notario y Verificador. MORDAZA certificada del acta de la asamblea general en que conste el acuerdo de parcelacion. MORDAZA del plano de parcelacion. Debe encontrarse inscrito el derecho de propiedad de la Empresa Campesina Asociativa. Pago de derechos registrales. Otros, segun calilficacion registral y disposiciones vigentes.

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5

Independizacion

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