Norma Legal Oficial del día 08 de Julio del año 2004 (08/07/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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ANEXO 2 del Reglamento para la Determinacion, Ingreso, Registro y Resguardo de la informacion Confidencial presentada ante OSIPTEL. Formato para la MORDAZA de Informacion declarada como reservada de oficio por el Consejo Directivo Si la empresa operadora presenta informacion que considera se encuentra contenida en la lista de informacion declarada como reservada de oficio por el Consejo Directivo, debera detallar en los recuadros siguientes, el contenido de la informacion presentada y el codigo de identificacion que la misma tiene en la lista aprobada por el Consejo. Para el tratamiento de la informacion presentada, OSIPTEL seguira el procedimiento previsto en el articulo 11º-A del Reglamento de Informacion Confidencial.

I. Datos generales
Dirigido a: Referencia a carta / oficio Nº: Expediente Nº:

II. Datos de la empresa operadora
1. Razon social de la empresa operadora 2. Representante Legal Apellido MORDAZA DNI Nº: Apellido MORDAZA VIII.1. Nombres

III. Detalle de la informacion presentada
Nº Informacion presentada por la empresa operadora declarada reservada mediante Resolucion del Consejo Directivo Codigo de Identificacion Paginas

tratamiento que OSIPTEL le MORDAZA a la informacion declarada confidencial. De acuerdo con el MORDAZA legal vigente, OSIPTEL se encuentra encargado de recibir y tramitar diversas solicitudes de confidencialidad presentadas por las empresas operadoras. Durante estos anos, dichas solicitudes han venido siendo evaluadas y resueltas caso por caso. Conforme a dicha evaluacion, OSIPTEL ha emitido reiterada y uniforme jurisprudencia respecto al tratamiento de las solicitudes de confidencialidad de determinada informacion presentada por las empresas. De acuerdo a ello, como producto de la experiencia obtenida en el tratamiento de la informacion, se ha considerado conveniente establecer una lista enunciativa de temas que OSIPTEL considera con caracter general como publicos o confidenciales (en la modalidad de reservados o restringidos). El presente proyecto propone la entrada en vigencia de una MORDAZA de caracter general en la cual se establezca ex-ante, la informacion que OSIPTEL considera como publica o confidencial (en la modalidad de reservada o restringida) en aplicacion de los criterios establecidos por el Reglamento para la Determinacion, Ingreso, Registro y Resguardo de la Informacion Confidencial presentada ante OSIPTEL5 . En tal sentido, el proyecto de MORDAZA, propone una lista de materias que como resultado del analisis conforme a los criterios del Reglamento de Confidencialidad de OSIPTEL y la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica se ha considerado que deben ser tratados como publicos o reservados con caracter general, sin que para ello se requiera un pronunciamiento del regulador en cada caso. La entrada en vigencia de la MORDAZA permitira, de un lado, crear certeza en los administrados respecto al tratamiento que OSIPTEL MORDAZA a determinada informacion, y de otro, reducir los costos administrativos que implican para la institucion el analisis caso por caso de las solicitudes de confidencialidad presentadas por las empresas operadoras. Modificacion al Reglamento de Informacion Confidencial Como consecuencia de la entrada en vigencia de la Lista Enunciativa de Informacion Publica y Reservada y a efectos de garantizar la correcta aplicacion de la referida MORDAZA, se ha previsto la creacion de un MORDAZA procedimiento, no contemplado en el Reglamento de Informacion Confidencial, para la MORDAZA por parte de las empresas de informacion que consideren se encuentra dentro de la referida lista declarada de oficio como reservada por el Consejo Directivo. En tal sentido, el referido procedimiento elimina la necesidad de emitir un pronunciamiento expreso en todos los casos en los que la informacion presentada por las empresas forme parte de la informacion declarada como reservada de oficio en la Lista de Informacion Publica y Reservada. De acuerdo a ello, si transcurridos tres (3) dias habiles desde la MORDAZA de la solicitud por parte de las empresas, OSIPTEL no ha emitido pronunciamiento, se debera considerar concedida la solicitud de reserva conforme a la lista. Conforme a lo anterior, este MORDAZA procedimiento sera incluido en el "Procedimiento de Solicitud de Confidencialidad" regulado en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de OSIPTEL, considerandolo como un procedimiento sujeto al Silencio Administrativo Positivo.

Si la empresa desea presentar informacion solicitando que la misma sea declarada reservada conforme al procedimiento previsto en los articulos 12º y siguientes del Reglamento de Informacion Confidencial, debera presentarla en el formato contenido en el Anexo I, conforme a los requisitos alli establecidos.

EXPOSICION DE MOTIVOS La Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones, aprobada mediante Ley Nº 27336, senala que OSIPTEL se encuentra facultado para solicitar la MORDAZA de informacion confidencial o de secretos comerciales a las entidades supervisadas. El Decreto Supremo Nº 032-2001-PCM3 , dispone que OSIPTEL debe velar por la adecuada transparencia en el desarrollo de sus funciones, para lo cual debera establecer mecanismos que permitan el acceso de los ciudadanos a la informacion administrada o producida por este. El Texto Unico Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, dispone que el derecho de acceso a la informacion publica no podra ser ejercido, entre otros, respecto a la informacion protegida por el secreto bancario, tributario, comercial, industrial, tecnologico y bursatil. El Reglamento para la Determinacion, Ingreso, Registro y Resguardo de la Informacion Confidencial presentada ante OSIPTEL4 , establece los criterios segun los cuales se determinara que informacion resulta confidencial, el procedimiento correspondiente, asi como el

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MORDAZA que precisa los alcances de diversas disposiciones de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos. Aprobado por Resolucion de Consejo Directivo Nº 049-2001-CD/OSIPTEL, y modificado en parte por la Resolucion del Consejo Directivo Nº 006-2002-CD/ OSIPTEL. Aprobado mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 049-2001-CD/ OSIPTEL.

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