Norma Legal Oficial del día 09 de Diciembre del año 2005 (09/12/2005)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

Pag. 305880

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 9 de diciembre de 2005

efectuarse con sujecion a lo dispuesto en el articulo 25 y, de ser el caso, en el articulo 29 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios. Asimismo, se debera cumplir con presentar a CONASEV la documentacion e informacion a que se refieren los articulos 23 y 24 del mencionado reglamento. La colocacion de los valores debera efectuarse en un plazo que no excedera de nueve (9) meses contados a partir de la fecha de su inscripcion en el Registro Publico del MORDAZA de Valores, siempre y cuando el plazo del programa y del tramite anticipado no hayan culminado. El plazo de colocacion es prorrogable hasta por un periodo igual, a peticion de parte. Para tales efectos, la solicitud de prorroga en ningun caso podra ser presentada despues de vencido el referido plazo de colocacion. Articulo 3º.- La inscripcion a la que se refiere el articulo 1 de la presente resolucion no implican que CONASEV recomiende la inversion en los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas del negocio. Los documentos e informacion para una evaluacion complementaria estan a disposicion de los interesados en el Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 4º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de CONASEV en internet. Articulo 5º.- Transcribir la presente resolucion a Banco Wiese Sudameris, en su calidad de emisor, entidad estructuradora y agente colocador; a Banco Sudamericano, en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a Cavali ICLV S.A.; y, a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente de Mercados y Emisores Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores 20827

Racional de Energia y Eficiencia Energetica, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas: a) Seguridad Electrica, 1 PNTP, el 30 de junio del 2005. b) Conductores Electricos, 1 PNTP, el 2 de setiembre del 2005. c) Uso Racional de Energia y Eficiencia Energetica, 1 PNTP, el 15 de setiembre del 2005. Los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas mediante el Sistema de Adopcion y sometidos a Discusion Publica por un periodo de treinta dias contados a partir del 7 de octubre del 2005; Que, no habiendose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas y luego de la evaluacion correspondiente, la Secretaria Tecnica de la Comision recomendo su aprobacion como Normas Tecnicas Peruanas; Estando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25868, el Decreto Legislativo Nº 807 y la Resolucion Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT, la Comision con el acuerdo unanime de sus miembros, reunidos en su sesion de fecha 17 de noviembre del 2005; RESUELVE: APROBAR como Normas Tecnicas Peruanas, las siguientes: NTP-IEC 61008-1:2005 Interruptores automaticos para actuar por corriente residual (interruptores diferenciales), sin dispositivo de proteccion contra sobrecorrientes, para uso domestico y similares. Parte 1: Reglas generales. 1ª Edicion

INDECOPI
Aprueban Normas Tecnicas Peruanas elaboradas por los Comites de Seguridad Electrica, Conductores Electricos y Uso Racional de Energia
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0100-2005/CRT-INDECOPI MORDAZA, 17 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 26º del Decreto Ley Nº 25868, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, modificado por el Decreto Legislativo Nº 807, corresponde a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa Nº 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion Nº 0072-2000/ INDECOPI-CRT; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion Permanentes: a) Seguridad Electrica, b) Conductores Electricos y c) Uso

NTP-IEC 60811-1-1:2005 Materiales de aislamiento y cubierta de cables electricos. Metodos de ensayos comunes. Parte 1: Aplicaciones generales. Seccion 1: Medicion de espesores y dimensiones exteriores. Ensayos para la determinacion de las propiedades mecanicas. 1ª Edicion NTP-IEC 60921:2005 Balastos para lamparas fluorescentes tubulares. Requerimientos de funcionamiento. 1ª Edicion

Con la intervencion de los senores miembros: MORDAZA Novak, MORDAZA Ruiloba, MORDAZA Paz Soldan, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Bresani. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 20811

Aprueban Normas Tecnicas Peruanas elaboradas por los Comites de Codificacion, Seguridad contra Incendios, Bisuteria, Calzado y de Cacao y Chocolate
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0101-2005/CRT-INDECOPI MORDAZA, 24 de noviembre de 2005

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.