Norma Legal Oficial del día 03 de Marzo del año 2005 (03/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2005

Que, conviene senalar que el valor referencial total del tratamiento es 16,000.00 Euros o su equivalente en soles al MORDAZA de cambio del dia del pago, de no mediar complicaciones, debiendo considerarse el costo del traslado del MORDAZA, lo que implica la adquisicion de los pasajes aereos - ida y vuelta - al MORDAZA del centro asistencial, asi como una bolsa de viaje para el paciente; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal f) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, resulta procedente aprobar la exoneracion de la realizacion del MORDAZA de seleccion respectivo para la contratacion de los servicios del "Istituto Policlinico San Donato" de la MORDAZA de MORDAZA - Italia, para que brinde las atenciones asistenciales extrainstitucionales al MORDAZA MORDAZA Ramirez-Gaston, Sebastian; asi como la adquisicion de los pasajes (ida y vuelta) y el correspondiente otorgamiento de la bolsa de viaje. Que, en consecuencia, la contratacion debera realizarse en forma directa mediante accion inmediata, debiendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico, tal como lo dispone el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, en la contratacion de los servicios ya indicados debera observarse las normas de austeridad y racionalidad en el gasto vigentes y tener en cuenta las limitaciones presupuestales de la Entidad, por lo que el costo de la contratacion de los referidos servicios no debe exceder del valor referencial que se apruebe para tal efecto; Que, segun el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, la exoneracion debe ser aprobada por resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud -ESSALUD, concordado con el articulo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneracion; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la contratacion del servicio objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; En uso de la atribucion conferida por el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneracion del MORDAZA de seleccion respectivo para la contratacion de los servicios del "Istituto Policlinico San MORDAZA " de la MORDAZA de MORDAZA Italia, para que brinde las atenciones asistenciales extrainstitucionales al MORDAZA MORDAZA Ramirez-Gaston, MORDAZA, hijo y derechohabiente de la afiliada regular Ramirez-Gaston Horny, MORDAZA MORDAZA, por un valor referencial total de 16,000.00 Euros o su equivalente en nuevos soles al MORDAZA de cambio del dia de pago, asi como la adquisicion del correspondiente pasaje aereo - ida y vuelta - y el otorgamiento de la bolsa de viaje para el MORDAZA, con cargo a recursos propios: Fondo de Salud: Fondo Financiero 002601: Atenciones al Exterior. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones apruebe las Bases y se encargue de realizar la contratacion que deriva de la exoneracion y los actos necesarios para el viaje del MORDAZA, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

3. DISPONER que la Secretaria General remita a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. 4. DISPONER que la Secretaria General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud la presente Resolucion. 5. DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Ejecutivo 04703

Disponen la contratacion para la adquisicion de licencia y servicios de mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 116-PE-ESSALUD-2005

MORDAZA, 23 de febrero del 2005 VISTA: La Carta Nº 032-GCOI-ESSALUD-2005 de la Gerencia Central de Organizacion e Informatica, el Informe Tecnico Nº 012-JMR-GCOI-ESSALUD-2005 que sustenta la exoneracion para la adquisicion de una licencia para 200 usuarios SAP/R3 y la contratacion del respectivo mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software por el periodo de un (1) ano; la Carta Nº 357-OCAJ-ESSALUD-2005 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Ley Nº 27056 "Ley de Creacion de ESSALUD" establece que el Seguro Social de Salud otorga cobertura a sus asegurados y sus derechohabientes, a traves del otorgamiento de prestaciones de prevencion, promocion, recuperacion, rehabilitacion, prestaciones economicas y prestaciones sociales que corresponden al regimen contributivo de la Seguridad Social en Salud, asi como otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Nº 012-JMR-GCOI-ESSALUD-2005 que sustenta la solicitud de exoneracion, el sistema SAP R/3 es un sistema que alberga tanto los programas como base de datos de los distintos modulos que lo conforman y que ha sido implementado por ESSALUD en los modulos de Contabilidad, Logistica, Costos, Presupuesto, Tesoreria y Cuentas por Cobrar, con la finalidad de optimizar la integracion administrativa institucional a nivel nacional; Que, en el mencionado Informe Tecnico, se senala que en el ano 1998, Essalud adquirio una (1) Licencia Server SAP R/3 version 3.1 con conexion para 115 usuarios para el acceso al modulo de contabilidad. Asimismo, durante los anos 1999 y 2000, ESSALUD implemento el sistema SAP R/3 en los diferentes modulos de Contabilidad, Logistica, Costos, Presupuesto, Tesoreria y Cuentas por Cobrar. No obstante, por la necesidad de contar con la continuidad de dicha implementacion, se hizo necesario efectuar instalaciones adicionales de licencias SAP R/3 cliente para el acceso a los modulos en referencia, adquiriendose para ello una (1) Licencia SAP R/ 3 para 180 usuarios, contratandose el servicio de mantenimiento para la presente Licencia y la anteriormente adquirida para 115 usuarios, hasta el 30 de noviembre del 2002;

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