Norma Legal Oficial del día 03 de Marzo del año 2005 (03/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 619-PE-ESSALUD-2002, se aprobo la exoneracion de la realizacion de una Licitacion Publica, para la adquisicion de una (1) Licencia SAP R/3 para 100 usuarios, asi como el servicio de mantenimiento de las licencias SAP R/3 para 395 usuarios, autorizando que la misma se lleve a cabo a traves de una Adjudicacion de Menor Cuantia, por el periodo de enero del 2003 al 31 de diciembre del 2003; Que, para el ano 2004, mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 289-PE-ESSALUD-2004 modificada por Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 421PE-ESSALUD-2004, se aprobo la exoneracion de la realizacion de una Adjudicacion Directa Selectiva, para la contratacion del servicio de mantenimiento y actualizacion de licencias SAP R/3 para 395 usuarios por un periodo de seis (6) meses; Que, de igual modo, con Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 296-PE-ESSALUD-2004, se aprobo la exoneracion de la realizacion de una Adjudicacion Directa Publica para la adquisicion y mantenimiento de una licencia SAP R/3 para 100 usuarios; Que, de acuerdo al Informe Nº 012-JMR-GCOI-ESSALUD-2005 resulta necesario adquirir nuevas licencias para atender los requerimientos a nivel institucional de los modulos de Contabilidad, Costos y Presupuesto, Tesoreria y Logistica considerandose dentro de esta nueva adquisicion dos tipos de usuarios de diferentes categorias: 60 usuarios Nombrados/Operacionales SAP R/3 y 140 usuarios de Requisicion y Consulta SAP R/C; Que, asimismo, la Gerencia de Produccion ha senalado que debido a la criticidad del Sistema SAP, es de suma importancia contar con el servicio de mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software para las licencias SAP, contar con los lanzamientos, versiones, niveles de correccion y paquetes de correccion de software, apoyo via telefonica, apoyo/actualizacion remotos y servicios, garantizando un optimo funcionamiento en forma continua, asegurando la disponibilidad del servicio OSS (Ayuda en linea), accediendo a las notas correctivas para el sistema y soporte tecnico necesario ante cualquier MORDAZA del sistema que ponga en riesgo el acceso de los usuarios al sistema y las actualizaciones del software que la titular de los derechos distribuya en el MORDAZA, durante la vigencia del contrato de mantenimiento; Que, la Gerencia Central de Organizacion e Informatica propone la exoneracion de la adquisicion de una (1) nueva Licencia SAP R/3 para 200 usuarios por el valor de US$ 437,075.10 (Cuatrocientos treinta y siete mil setenta y cinco con 10/100 Dolares Americanos), considerandose dentro de esta nueva adquisicion dos tipos de usuarios de diferentes categorias; asi como, de la contratacion del respectivo servicio de mantenimiento y actualizacion anual de esta Licencia SAP R/3 para 200 usuarios, por el periodo de un ano, cuyo valor asciende a la suma de US$ 74,302.77 (Setenticuatro mil trescientos dos con 77/100 Dolares Americanos), dando un total de US$ 511,377.87 (Quinientos once mil trescientos setenta y siete con 87/100 Dolares Americanos) o su equivalente en soles a la fecha de pago, lo que ameritaria que la adquisicion del bien y mantenimiento del mismo se lleve a cabo a traves de una Licitacion Publica. Sin embargo, de acuerdo a lo senalado en el informe tecnico que sustenta la exoneracion, llevar a cabo dicho MORDAZA de seleccion careceria de objeto toda vez que la firma SAP con sede en Alemania, es titular de los derechos de autor del software SAP R/3 en tanto que SAP MORDAZA y Del Caribe CA Sucursal Peru, es la unica empresa acreditada por la titular de los derechos correspondientes, exclusiva para brindar el servicio de mantenimiento y venta de licencias SAP R/3 dentro del territorio nacional; Que, de acuerdo al literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estan exoneradas de los procesos de seleccion, cuando los bienes o servicios no admitan sustitutos y exista proveedor unico; Que, el articulo 144º del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sus-

titutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, en tal sentido, la realizacion de una Licitacion Publica para la adquisicion de una licencia para 200 usuarios SAP/R3 y la contratacion del respectivo mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software no cumpliria funcion alguna, toda vez que dicho bien y servicio no admiten sustitutos y solo puede ser brindado por un unico proveedor, esto es, se trata de la adquisicion, mantenimiento y soporte tecnico de licencias que son suministradas por un unico proveedor SAP MORDAZA Y DEL CARIBE C.A. SUCURSAL PERU. En tal sentido, los modulos implementados por ESSALUD se soportan sobre el sistema SAP R/3 cuyo licenciamiento es comercializado unicamente por una empresa acreditada; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal e) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, resulta procedente exonerar la adquisicion de una licencia para 200 usuarios SAP/R3 y la contratacion del respectivo mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software, de la realizacion de una Licitacion Publica; en consecuencia, la contratacion debera realizarse en forma directa mediante accion inmediata, debiendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico, tal como lo dispone el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, segun el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, la exoneracion debe ser aprobada por resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el articulo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, concordado con el articulo 2º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Presidente Ejecutivo es la mas alta autoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presupuestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneracion; Que, el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la contratacion del servicio objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; En uso de las atribuciones conferidas, SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneracion de la realizacion de una Licitacion Publica para la adquisicion de una licencia para 200 usuarios SAP/R3 y la contratacion del respectivo mantenimiento, soporte tecnico y actualizacion de software por el periodo de un (1) ano, por un valor referencial total de US$ 511,377.87 (Quinientos once mil trescientos setenta y siete con 87/100 Dolares Americanos) o su equivalente en soles a la fecha de pago, con cargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones apruebe las Bases y se encargue de realizar la contratacion que deriva de la exoneracion, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3. DISPONER que la Secretaria General remita a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que la sustentan, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion.

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