Norma Legal Oficial del día 03 de Marzo del año 2005 (03/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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el Gerente General de la Empresa podra aprobar y suscribir el Convenio de Gestion, con cargo a que el Directorio de la Empresa lo apruebe y haga MORDAZA una vez que se MORDAZA completado el quorum requerido para sesionar. La Direccion Ejecutiva aprobara y suscribira a nombre de FONAFE el Convenio de Gestion, asi como todos los documentos relacionados. Con el objetivo de ampliar el impacto y compromiso a nivel Estado, el Convenio de Gestion podra incorporar la participacion de otra(s) entidad(es) del Estado. 3.6 Plazo de Suscripcion La fecha limite para suscribir el Convenio de Gestion del ejercicio es el ultimo dia habil del mes de marzo del ano correspondiente. CAPITULO IV Modificaciones al Convenio de Gestion 4.1 De las adendas a los Convenios de Gestion Las Empresas podran solicitar a FONAFE la suscripcion de adendas al Convenio de Gestion con la finalidad de precisar aspectos del Convenio de Gestion en general, o de determinados indicadores y/o metas, en particular. La fecha limite para la MORDAZA de solicitudes de adenda a los Convenios de Gestion por parte de las Empresas es el ultimo dia habil del mes de junio del ano correspondiente. La Direccion Ejecutiva de FONAFE informara a la Empresa, en un plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario posteriores a la recepcion de la solicitud de adenda, si la misma ha sido aceptada o rechazada. Asimismo, FONAFE podra proponer a las Empresas la suscripcion de adendas a los Convenios de Gestion con la finalidad de precisar aspectos relacionados al Convenio de Gestion en general, o para adecuar los Convenios de Gestion a la presente Directiva, en caso de realizarse modificaciones a la misma. CAPITULO V Seguimiento del Convenio de Gestion

· Generacion del reporte final. La empresa remitira un reporte final del cumplimiento de los indicadores de gestion, a mas tardar a los quince (15) dias calendario de presentados a FONAFE los Estados Financieros Auditados. El reporte final constara de: 1. Un cuadro resumen, generado a traves del Sistema de Informacion, que incluya el nivel de cumplimiento de todos los indicadores del Convenio de Gestion. 2. Un informe detallado que explique las desviaciones respecto a la meta, los acontecimientos relacionados al cumplimiento del Convenio de Gestion, e incluya para los indicadores continuos2 , una hoja de trabajo que explique la aplicacion de la forma de calculo en la obtencion de los resultados reportados. 3. Un informe que analice el cumplimiento del Convenio de Gestion, elaborado por el organo conformante del Sistema Nacional de Control que FONAFE comunique. El reporte final debera dirigirse a la Direccion Ejecutiva de FONAFE y ser suscrito por el Gerente General o equivalente. · Reportes de seguimiento y final incompletos. Son considerados bajo esta condicion los siguientes reportes: · Los reportes que no cuenten con alguna de las partes conformantes del reporte de seguimiento o final; · Los reportes que no cuenten con la firma del Gerente General (o equivalente); o · Los reportes que no presentan los resultados de todos los indicadores. Los reportes incompletos seran observados y considerados no recibidos en tanto no se remita la informacion completa y se aplicaran las penalidades relacionadas a reportes de seguimiento y reporte final no enviados a tiempo. · Reportes de seguimiento no enviados a tiempo. Se aplicaran las penalidades descritas en el numeral 6.3. de la presente Directiva. · Reporte final no enviado a tiempo. Uno de los requisitos para que FONAFE autorice el otorgamiento del MORDAZA del Convenio de Gestion a los trabajadores es que la Empresa MORDAZA entregado el reporte final del cumplimiento de los indicadores de gestion a mas tardar a los quince (15) dias calendario de presentados a FONAFE los Estados Financieros Auditados. La Empresa podra hacer uso de un plazo adicional de quince (15) dias calendario para cumplir con la entrega del reporte final, siendo aplicable en este caso las penalidades establecidas en el numeral 6.3. de la presente Directiva. Las Empresas deberan proporcionar la informacion complementaria que sea requerida por FONAFE. 5.2 De las Observaciones a la Informacion remitida. En caso que FONAFE presente observaciones a la informacion remitida, se cursara una comunicacion a la Empresa. Existen dos tipos de observaciones a la informacion remitida: a) Por reportes incompletos, y b) Respecto al contenido del informe. En caso que la Empresa remita a FONAFE reportes incompletos, se aplicara lo especificado bajo el titulo "Reportes de seguimiento y final incompletos" del numeral 5.1 de la presente norma. En caso FONAFE remita observaciones respecto al contenido del informe, se debera tener en cuenta lo siguien-

5.1 De la Remision de Informacion En los convenios de gestion se establecen dos conceptos: frecuencia de evaluacion y frecuencia de reporte de los indicadores de gestion. La frecuencia de evaluacion es la frecuencia con la que se analizara el resultado del indicador, presentado a traves del reporte final y se comparara con la meta para determinar el porcentaje de cumplimiento del indicador. La frecuencia de evaluacion es anual. La frecuencia de reporte es la frecuencia con que la Empresa reportara a FONAFE, a traves de los reportes de seguimiento, los resultados obtenidos para el indicador segun la forma de calculo establecida. Esta frecuencia sera trimestral. · Generacion de reportes de seguimiento. La Empresa remitira un reporte de seguimiento trimestral, como MORDAZA dos (2) dias utiles posteriores a la fecha de cierre de la informacion en el Sistema de FONAFE, en el periodo a reportar. Los reportes de seguimiento constaran de: 1. Un cuadro resumen, generado a traves del Sistema de Informacion, que incluya el nivel de cumplimiento de todos los indicadores; y 2. Un informe detallado que explique las desviaciones respecto a la meta, los acontecimientos relacionados al cumplimiento del Convenio de Gestion, e incluya para los indicadores continuos1 , una hoja de trabajo que explique la aplicacion de la forma de calculo en la obtencion de los resultados reportados. Los reportes de seguimiento deberan dirigirse a la Direccion Ejecutiva de FONAFE y ser suscritos por el Gerente General o equivalente.

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Explicado en el numeral 2.2. Explicado en el numeral 2.2.

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