Norma Legal Oficial del día 03 de Marzo del año 2005 (03/03/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 3 de marzo de 2005

Que, la prestacion del servicio de seguridad y vigilancia se encuentra directamente asociada a la posibilidad material de la prestacion de los servicios que brinda la MORDAZA Registral Nº IX- Sede MORDAZA a sus usuarios internos y externos. En efecto, dicho servicio, ademas de garantizar la seguridad e intangibilidad del patrimonio de la institucion permite a sus trabajadores realizar sus labores bajo adecuadas condiciones de proteccion personal, asi como de los bienes y equipos necesarios para tal fin, sin el riesgo de que estos puedan sufrir danos o perjuicios como consecuencia de actos dolosos o punitivos en contra del patrimonio estatal, ademas mediante dicho servicio se brinda proteccion a los usuarios; Que, por lo MORDAZA expuesto, se cumplen los dos presupuestos para la declaracion de desabastecimiento inminente: 1) La ausencia extraordinaria e imprevisible de un servicio; en este caso, la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia; y, 2) Dicha ausencia compromete directa e inmediatamente los servicios esenciales que brinda la institucion, en este caso, las condiciones de seguridad para el mantenimiento y conservacion de los bienes institucionales, que permitan el desarrollo de las normales labores de los trabajadores de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA en la prestacion de sus servicios a los usuarios externos e internos del Registro; en tal virtud, resulta procedente la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia, de acuerdo a lo requerido por la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, del modo mas expeditivo posible y conforme a la normatividad sobre contrataciones y adquisiciones publicas; Que, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo de la Sede Central de la SUNARP mediante Memorandum Nº 122-2005-SUNARP-GPD informa que existen recursos presupuestales para la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia de la MORDAZA Registral Nº IX- Sede Lima; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por DD.SS. Nºs. 083-2004-PCM y 084-2004-PCM, respectivamente, y el Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para la MORDAZA Registral Nº IX Sede MORDAZA, entre el 5 de marzo y el 4 de MORDAZA de 2005, periodo en el cual se estima que concluira el MORDAZA de Seleccion correspondiente. Articulo Segundo.- Exonerar del MORDAZA de seleccion previsto en el Plan Anual de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia por el periodo comprendido entre el 5 de marzo y el 4 de MORDAZA de 2005, hasta por un monto de referencia MORDAZA de S/. 410,000.00 (cuatrocientos diez mil y 00/100 Nuevos Soles ). Articulo Tercero.- Autorizar a la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, contratar los servicios de seguridad y vigilancia mediante accion inmediata, conforme a lo previsto en el articulo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM. Articulo Cuarto.- Disponer que se incluya en el contrato que se celebre como consecuencia de la presente autorizacion, una clausula de resolucion automatica, que se ejecutara a la sola comunicacion de la entidad, una vez que se encuentre consentido el otorgamiento de la buena pro, si este se realiza MORDAZA de su vencimiento. Articulo Quinto.- Solicitar a la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA que, en aplicacion de lo dispuesto en los articulos 21º y 47º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 083-2004-PCM, realice las acciones pertinentes a fin de determinar si existio responsabilidad en los funcionarios o servidores de la entidad cuya conducta origino la causal del desabastecimiento.

Articulo Sexto.- Disponer que la Jefatura de la MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA, haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de diez dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion segun lo dispone el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos (e) 04700

SUNAT
Autorizan donacion de bienes comisados declarados en abandono
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 048-2005/SUNAT MORDAZA, 1 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que el Articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, dispone que la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria - SUNAT establecera el procedimiento para la realizacion del comiso, acreditacion, remate, donacion, destino o destruccion de los bienes en infraccion; Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 157-2004/SUNAT se reglamento la aplicacion de la sancion de comiso de bienes senalada en el Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario; Que la Intendencia Regional MORDAZA, mediante Resolucion de Intendencia Nº 094250000775, de fecha 18 de noviembre de 2004, ha declarado en abandono los bienes comisados mediante Acta Probatoria Nº 090060000083303, al haber transcurrido el plazo que otorga el Articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, sin que el infractor cumpla con identificarse y acreditar la propiedad de dichos bienes; Que de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 0042005-2N0100 de la Intendencia Regional MORDAZA, se propone efectuar la donacion de los bienes declarados en abandono que se detallan en el Anexo de la presente Resolucion, al Hogar Clinica San MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, para la alimentacion de los ninos hospitalizados en la mencionada clinica; Que en tal estado del MORDAZA, corresponde al Superintendente Nacional de Administracion Tributaria autorizar la presente donacion de los bienes comisados, asi como la seleccion de los beneficiarios de la misma; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 25º del Reglamento de Sancion de Comiso de Bienes, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 157-2004/ SUNAT; y en uso de las facultades conferidas por el inciso u) del Articulo 19º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la donacion de los bienes comisados declarados en abandono por la Intendencia Regional MORDAZA mediante la Resolucion de Intendencia Nº 094250000775, de fecha 18 de noviembre de 2004, a favor del Hogar Clinica San MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA,

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