Norma Legal Oficial del día 26 de Mayo del año 2005 (26/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Oficio de fecha 20 de MORDAZA de 2005, mediante el cual el Presidente del CEPRI - San MORDAZA remite el Proyecto de Bases para la Concesion del Servicio Integrado de Limpieza Publica, Parques y Jardines en el distrito de San Isidro. CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion de Alcaldia Nº 011-2005ALC/MSI, se designo a los nuevos miembros del Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada - CEPRI, encargado de llevar a cabo el MORDAZA de Concesion de los Servicios Integrados de Limpieza Publica, Parques y Jardines en el distrito de San Isidro; Que, en ejercicio de sus funciones el CEPRI ha elaborado el Proyecto de Bases para la Licitacion Publica Especial Nacional, las cuales han sido sometidas a este Despacho para su aprobacion; Que, en aras a la transparencia del MORDAZA es conveniente que un miembro de la comunidad este presente en los Actos Publicos de Recepcion de Propuestas y Otorgamiento de la Buena Pro, calificando adecuadamente un vecino que integra el Consejo Consultivo de la Comunidad; Que, estando a lo dispuesto en el Articulo 23º del TUO de "Normas con Rango de Ley que regulan la entrega en concesion al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios publicos", D.S. Nº 059-96-PCM, concordado con la MORDAZA Disposicion Final del mismo, y el Articulo 5º de la Ley MORDAZA de Promocion de la Inversion Descentralizada, Ley Nº 28059; y, Que, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6 del Articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar las Bases de la Licitacion Publica Especial Nacional Nº 001-2005-CEPRI/MSI, para la Concesion del Servicio Integrado de Limpieza Publica, Parques y Jardines en el distrito de San Isidro. Articulo Segundo.- Autorizar la convocatoria a la Licitacion Publica Especial Nº 001-2005-CEPRI/MSI mencionada en el articulo precedente. Articulo Tercero.- Designar a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vecino miembro del Consejo Consultivo de la Municipalidad de San MORDAZA, para que este presente en los Actos Publicos de Recepcion de Propuestas y Otorgamiento de la Buena Pro. Articulo Cuarto.- Encargar al Comite Especial de Promocion de la Inversion Privada - CEPRI, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA SALMON MORDAZA MORDAZA 09836

Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalizacion y los Informes Nº 359-2005-GAJ-GG/MDSA y Nº 361-2005-GAJ-GG/MDSA de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, los articulos 194º y 195º, numeral 1) de la Constitucion Politica del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, senala que las Municipalidades Provinciales y Distritales, como organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para aprobar su Presupuesto, desarrollar el cumplimiento de sus obligaciones frente a los vecinos que integran su jurisdiccion conforme lo senala la propia Ley Organica de Municipalidades; Que, de acuerdo a la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 28425 "Ley de Racionalizacion de los Gastos Publicos", se encuentran sujetos a las Medidas de Austeridad Adicionales todos los Pliegos Presupuestarios comprendidos en los Anexos de la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, dichos Anexos estan detallados en el Articulo 4º de esta MORDAZA Ley; Que, de acuerdo al articulo 5º, numeral 5.2 de la Ley Nº 28411 "Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto", constituyen Pliegos Presupuestarios las Entidades Publicas a las que se le aprueba un credito presupuestario en la Ley de Presupuesto del Sector Publico. Esta misma Ley precisa en su articulo 20º literal b) que las Instancias Descentralizadas comprende las transferencias a los Pliegos representativos de los Niveles de Gobierno Regional y Gobierno Local; Que, el articulo II de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y en atencion a ello aprueban sus presupuestos en aplicacion del articulo 9º, numeral 16) de la referida MORDAZA municipal; Que, la unica excepcion que podria darse respecto de las transferencias, estan MORDAZA respecto del FONCOMUN, VASO DE LECHE Y CANON. Pero, estos montos son demasiado minimos respecto del Presupuesto Municipal General. Por decirlo de otro modo, estas transferencias no son demasiado significativas y que tienen un fin especifico y estan destinadas a un fin concreto, como en el caso del "Vaso de Leche", que tiene que aplicarse obligatoriamente y necesariamente en sus objetivos; Que, en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2005, aprobado por la Ley Nº 28427, los unicos creditos presupuestarios que se han considerado para el gobierno local de MORDAZA MORDAZA son los que corresponden a las transferencias del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN), Programa de Vaso de Leche y Canon y Sobre Canon; Que, lo MORDAZA expuesto se puede graficar senalando que las diferentes Municipalidades Provinciales o Distritales, son las encargadas de generar sus propios ingresos, a traves de tributos municipales, arbitrios u otros ingresos propios, contemplados en la respectiva normatividad o en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA); todos estos ingresos son integrados y forman parte del correspondiente Presupuesto Municipal, que le permite cumplir sus objetivos; Que, en consecuencia, es preciso declarar que de conformidad a lo dispuesto en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley de Racionalizacion de los Gastos Publicos Ley Nº 28425, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, en su condicion de Gobierno Local, solo se encuentra sujeta a las medidas de austeridad adicionales establecidas en dicha MORDAZA, respecto de las transferencias que se han efectuado a su favor en la Ley del Presupuesto para el Sector Publico, para el ano Fiscal 2005, incluidas en el Presupuesto Institucional 2005; Que, la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA tiene plena MORDAZA para el mejor manejo de su presupuesto, generado por ingresos propios para destinar los montos que estime necesarios para el mejor cumplimiento de sus compromisos presupuestales referidos al Plan de Trabajo a realizar dentro de la jurisdiccion del distrito, con excepcion del tema referido a las transferencias recibidas del Gobierno Central, las que se ejecutara de acuerdo a la normatividad vigente sobre el particular; Que, en ese orden de ideas queda claramente establecido que el manejo presupuestal de esta Municipalidad

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Precisan medidas de austeridad a las que se encuentra sujeta la Municipalidad en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 28425
ACUERDO DE CONCEJO Nº 011-2005-MDSA MORDAZA MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2005 VISTO: En Sesion Ordinaria de la fecha, los Dictamenes Nº 007-2005-CPPRRNCTI/MDSA y Nº 009-2005CAJ/MDSA de las Comisiones de Planeamiento, Presupuesto, Racionalizacion, Relaciones Nacionales y Cooperacion Tecnica Internacional y Asuntos Juridicos respectivamente, asi como los Informes Nº 061-2005-GPPRGG/MDSA y Nº 062-2005-GPPR-GG/MDSA de la

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