Norma Legal Oficial del día 18 de Noviembre del año 2005 (18/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, viernes 18 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES

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Ministerial Nº 699-2003-SA/DM, su modificatoria Resolucion Ministerial Nº 1002-2004/MINSA y Resolucion Ministerial Nº 1262-2003-SA/DM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declara IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideracion interpuesto contra la Resolucion Directoral Nº 246-DG-IEMP-05, RATIFICANDO la sancion disciplinaria de CESE TEMPORAL por TRES (03) DIAS sin goce de remuneraciones al C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Vicepresidente del SUB CAFAE del Instituto Especializado MORDAZA Perinatal, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Notifiquese de manera personal al C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Lopez. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA BAZUL MORDAZA Director General Instituto Especializado MORDAZA Perinatal 19491

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Rusia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 832-2005-MTC/02 MORDAZA, 15 de noviembre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y sus normas modificatorias disponen que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Publico, de funcionarios, servidores publicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibicion que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOL de la Policia Nacional del Peru del Ministerio del Interior, en cuyos casos los viajes seran autorizados a traves de resolucion del Titular del Pliego respectivo, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves

de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Aero Transporte S.A., con Carta ATSA GM-194-05, del 26 de octubre de 2005, en el MORDAZA de los Procedimientos Nºs. 13, 17 y 18 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Inspeccion Tecnica a Bases y Estaciones para Establecimiento o Actualizacion de Especificaciones de Operacion, Autorizacion para Talleres de Mantenimiento Aeronautico e Inspeccion Tecnica a Talleres de Mantenimiento Aeronautico para Establecimiento o Actualizacion de Habilitaciones), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar las inspecciones tecnicas de las Estaciones de la empresa Aero Transporte S.A., asi como la inspeccion tecnica del Taller de Mantenimiento Aeronautico Nº 695, en las ciudades de Moscu y Aramil, durante los dias 18 al 27 de noviembre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 30340, 30341, 30342, 30343, 30344, 30345 y 30346, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 2141-2005-MTC/12.04-SDA designando al Inspector MORDAZA MORDAZA Soares Yoplack, para realizar las inspecciones tecnicas de las Estaciones de la empresa Aero Transporte S.A., asi como efectuar la inspeccion tecnica del Taller de Mantenimiento Aeronautico Nº 695, en las ciudades de Moscu y Aramil, Rusia, durante los dias 18 al 27 de noviembre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar las inspecciones tecnicas a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 2141-2005-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, el Decreto de Urgencia Nº 025-2005 y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Soares Yoplack, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a las ciudades de Moscu y Aramil, Rusia, durante los dias 18 al 27 de noviembre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Aero Transporte S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 30340, 30341, 30342, 30343, 30344, 30345 y 30346, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 2,600.00 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes

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