Norma Legal Oficial del día 22 de Octubre del año 2005 (22/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, sabado 22 de octubre de 2005 MORDAZA, 15 de agosto de 2005 VISTOS:

NORMAS LEGALES

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MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Espinoza. MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Presidenta 17910 COMISION DE PROCEDIMIENTOS CONCURSALES RESOLUCION Nº 14459-2005/CCO-INDECOPI MATERIA : DESIGNACION DE REPRESENTANTES AUTORIZADOS DE LA COMISION MORDAZA, 23 de setiembre de 2005 VISTOS: Los procedimientos concursales cuya tramitacion es de competencia de la Comision de Procedimientos Concursales del INDECOPI, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 3º de la Ley General del Sistema Concursal. CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto en el articulo 21º, concordante con el articulo 22º, de la Ley General del Sistema Concursal, un representante de la Comision debera certificar las copias de las resoluciones por las cuales se inicia el procedimiento concursal o la disolucion y liquidacion, para efectos de que se inscriban en el Registro Personal, los Registros Publicos en los que se encuentren inscritos los bienes de concursado, cualquier MORDAZA de registros donde aparezcan bienes o garantias constituidas sobre bienes del deudor y, en su caso, en el Registro Mercantil o en el Registro de Personas Juridicas correspondiente. Que, la funcion indicada en el considerando anterior es desempenada, a la fecha, por el Secretario Tecnico de la Comision, funcionario encargado, ademas, de la certificacion de las copias de los demas documentos que obran en los archivos de la Comision, conforme a lo previsto en el literal e) del articulo 47º del Decreto Ley Nº 25868. Que, sobre la base del MORDAZA de desconcentracion de los procesos decisorios, contemplado en la Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades de la Administracion Publica pueden delegar sus competencias en los funcionarios y servidores ejecutivos jerarquicamente dependientes, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses. Que, debido a la elevada carga procesal vigente, resulta necesario que la Comision designe representantes para la certificacion de documentos, actuando en nombre y representacion de esta Comision. Que, en ese sentido, de conformidad con lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI y la Ley General del Sistema Concursal, se ha considerado conveniente designar a la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionaria del area de Servicio de Apoyo al Consumidor y a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chuquizuta, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyros y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionarios del area de Archivo Central, como representantes autorizados para desempenar las funciones MORDAZA mencionadas. SE RESUELVE: Primero.- Designar como representantes autorizados de la Comision de Procedimientos Concursales del INDECOPI para la certificacion de las copias a que se refieren los articulos 21º y 22º de la Ley General del Sistema Concursal, a los siguientes funcionarios: 1. MORDAZA MORDAZA Vasquez. 2. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Chuquizuta. 3. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ferreyros. 4. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diestra.

Los procedimientos concursales cuya tramitacion es de competencia de la Comision de Procedimientos Concursales del INDECOPI y sus entidades delegadas, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 3º de la Ley General del Sistema Concursal. CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto en el articulo 21º, concordante con el articulo 22º, de la Ley General del Sistema Concursal, un representante de la Comision debera certificar las copias de las resoluciones por las cuales se inicia el procedimiento concursal o la disolucion y liquidacion, asi como las actas en las cuales conste los acuerdos adoptados en Junta, el Plan de Reestructuracion, el Convenio de Liquidacion, el Acuerdo Global de Refinanciacion y el auto judicial que declara la quiebra, para efectos de que se inscriban en el Registro Personal, los Registros Publicos en los que se encuentren inscritos los bienes de concursado, cualquier MORDAZA de registros donde aparezcan bienes o garantias constituidas sobre bienes del deudor y, en su caso, en el Registro Mercantil o en el Registro de Personas Juridicas correspondiente. Que, la funcion indicada en el considerando anterior es desempenada, a la fecha, por el Secretario Tecnico de la Comision, funcionario encargado, ademas, de la certificacion de las copias de los demas documentos que obran en los archivos de la Comision, conforme a lo previsto en el literal e) del articulo 47º del Decreto Ley Nº 25868; y por otros funcionarios de esta Comision. Que, de otro lado, el articulo 44º de la Ley General del Sistema Concursal establece que la Comision nombrara a uno o mas representantes para que la represente ante las Juntas donde se trate la decision sobre el destino del deudor, la aprobacion del Plan de Reestructuracion, Convenio de Liquidacion y Acuerdo Global de Refinanciacion, asi como sus modificaciones, toda vez que en estos casos la participacion del representante de la Comision sera obligatoria. Que, sobre la base del MORDAZA de desconcentracion de los procesos decisorios, contemplado en la Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades de la Administracion Publica pueden delegar sus competencias en los funcionarios y servidores ejecutivos jerarquicamente dependientes, con el objeto de aproximar a los administrados las facultades administrativas que conciernan a sus intereses. Que, debido a la elevada carga procesal vigente, resulta necesario que la Comision designe representantes para la certificacion de documentos y asistencia a las reuniones de Junta de Acreedores, actuando en nombre y representacion de esta Comision. Que, en ese sentido, de conformidad con lo previsto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI y la Ley General del Sistema Concursal, se ha considerado conveniente designar a los funcionarios que laboran en la Secretaria Tecnica de esta Comision como representantes autorizados para desempenar las funciones MORDAZA mencionadas. SE RESUELVE: Primero.- Designar como representantes autorizados de la Comision de Procedimientos Concursales del INDECOPI para la certificacion de las copias a que se refieren los articulos 21º y 22º de la Ley General del Sistema Concursal, para la certificacion de las copias de cualquier documento que obre en los archivos de la Comision, asi como ante Juntas de Acreedores, a los siguientes funcionarios de la Secretaria Tecnica: Senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA Sanchez. Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pinedo. Segundo.- Remitir la presente resolucion al Directorio del INDECOPI para su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Padron Freundt, MORDAZA

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