Norma Legal Oficial del día 17 de Diciembre del año 2007 (17/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, lunes 17 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

360251

Seguridad Social en Salud, asi como otros seguros de riesgos humanos; Que, de acuerdo al Informe Tecnico de fecha 6 de diciembre del 2007, que sustenta la solicitud de exoneracion, la adquisicion de un terreno para el Proyecto "Nuevo Hospital Pisco" de la Red Asistencial Ica, es de MORDAZA importancia, dado que el Hospital I MORDAZA Skrabonja Antoncish de MORDAZA, como consecuencia del sismo del 15 de agosto del ano en curso, sufrio danos irreparables en su estructura, lo que ha determinado el colapso estructural y funcional de todas las areas del Hospital; Que, en ese aspecto, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) en su ficha de evaluacion de estructuras Nº 15023 de fecha 19.09.2007, ha concluido por la demolicion del mismo, debido a las fallas existentes en vigas, columnas y muros; Que, el Hospital I MORDAZA Skrabonja Antoncish de MORDAZA de la Red Asistencial Ica, cuenta con una poblacion adscrita de 38,445 asegurados, que representa el 13.43% de la poblacion asegurada de la referida Red, recibiendo ademas 1865 asegurados referidos de establecimientos de menor nivel de atencion Postas Medicas MORDAZA MORDAZA y San Clemente; y, a su vez refiere al Hospital II MORDAZA Toche Groppo y al Hosp. III MORDAZA Torrealva MORDAZA un promedio de 4,398 pacientes/ano; Que, la Red Asistencial Ica, esta conformada por 15 Centros Asistenciales distribuidos segun complejidad; siete Postas Medicas, tres Centros Medicos, un Policlinico, dos Hospitales I, un Hospital II y un Hospital III; Que, la poblacion de los distritos bajo el area jurisdiccional del Hospital I MORDAZA Skrabonja Antoncish es la siguiente: DISTRITO MORDAZA HUANCANO HUMAY PARACAS SAN MORDAZA TOTAL POBLACION TOTAL 34224 352 747 1039 2083 38,445

Que, el inmueble donde funcionaba el Hospital I MORDAZA Skrabonja Antoncish de MORDAZA, se ubica en la MORDAZA San MORDAZA 322, constaba de dos bloques, uno que data del 1944, con mas de 63 anos de antiguedad, reestructurado y remodelado en el ano 1987, donde funcionaban las atenciones ambulatorias, de ayuda al diagnostico y areas administrativas. El MORDAZA bloque de 04 pisos estaba destinado a las atenciones de emergencia, hospitalizacion con 50 camas, cuidados criticos y centro quirurgico con dos MORDAZA de operaciones y centro obstetrico; Que, la actual organizacion de oferta de servicios en el Hospital I MORDAZA Skrabonja Antoncish de MORDAZA, esta orientada a la prevencion y recuperacion. El Centro Asistencial, siniestrado, esta ubicado en el area MORDAZA, cuenta con 50 camas, 13 consultorios fisicos y 15 funcionales; se han acondicionado ambientes para consultorios externos para atencion de Programas (TBC, VIH SIDA). Se cuenta con servicio de Emergencia y camas de observacion, Centro Quirurgico y Sala de Partos; Que, adicionalmente, el Informe Tecnico senala que el mapa de zonas de riesgo de INDECI de la MORDAZA de MORDAZA ha tipificado la MORDAZA donde se ubica el Hospital I MORDAZA Skrabonja Antoncish de MORDAZA, como MORDAZA de peligro, por presentar un suelo arenoso, parcialmente licuable y con capacidad portante inferior a los 2 Kg/ cm2, por este motivo y siendo la necesidad de contar con un area mayor y mejor accesibilidad se propone la adquisicion de un terreno que cumpla con los requisitos tecnicos; Que, visto el Estudio de Preinversion a nivel de Perfil "Nuevo Hospital Pisco" aprobado con Resolucion de Oficina Central de Planificacion y Desarrollo Nº 061-OCPDESSALUD-2007, se propone la compra de los lotes Nº 2 y 3 colindantes entre si, ubicados en la MORDAZA denominada La MORDAZA, con frente a la Av. Las Americas, en el

distrito y provincia de MORDAZA del departamento de Ica. Este Terreno se encuentra en una MORDAZA catalogada de bajo riesgo segun INDECI y es el unico que cumple con lo requerido por la Entidad para la construccion del Centro Asistencial; Que, este terreno tiene como frente la Av. Las Americas, que tiene una seccion de 34.00 ml correspondiente a dos vias y un jardin central, al Este conduce a la Panamericana Sur y hacia el Oeste al distrito de San MORDAZA, convirtiendose en una de las principales vias de la provincia de Pisco; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe Tecnico, el inmueble en mencion solo puede ser adquirido por la Institucion al propietario del mismo (Sra. MORDAZA MORDAZA Pachas), lo cual consta en las partidas registrales del terreno, cumpliendose asi con el requerimiento de proveedor unico; Que, de otro lado, el inmueble registra gravamen, tal como consta en la MORDAZA literal de la Ficha Registral; no obstante, el mismo sera levantado al momento de realizarse la suscripcion del contrato; asimismo, ante la Municipalidad Distrital de San MORDAZA se constato que en el predio no consta deuda por importe alguno, segun se verifica de la MORDAZA de No Adeudos; Que, la Gerencia de la Red Asistencial Ica propone la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la adquisicion de terreno para el Proyecto "Nuevo Hospital Pisco", por la causal de bien que no admite sustituto; Que, segun el referido Informe Tecnico, el monto estimado para la adquisicion del terreno conformado por los lotes 02 y 03 que suman un area total de 10,554.97 m2, ubicado en la Av. Las Americas, del distrito y provincia de MORDAZA, segun tasacion realizada es de: $ 30.00 / m2 o su equivalente al MORDAZA de cambio, haciendo un total de $ 316,649.10, lo que ameritaria que la adquisicion del referido terreno para el Proyecto "Nuevo Hospital Pisco" de la Red Asistencial Ica, se lleve a cabo a traves de una Licitacion Publica; sin embargo, llevar a cabo dicho MORDAZA de seleccion careceria de objeto toda vez que el terreno ubicado en la Av. Las Americas, del distrito y provincia de MORDAZA, de propiedad de la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, es el unico terreno, que reune las caracteristicas requeridas para construccion del MORDAZA Hospital MORDAZA de la Red Asistencial Ica; Que, de acuerdo al inciso e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, estan exonerados de los procesos de seleccion, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, asimismo, el articulo 144° del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara proveedor unico en los casos en que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, la realizacion de una Licitacion Publica para la adquisicion del terreno para el Proyecto "Nuevo Hospital Pisco" de la Red Asistencial Ica, no cumpliria funcion alguna, toda vez que dicha adquisicion no admite sustitutos, esto es, se trata de una adquisicion que solo puede realizarse a un unico proveedor -Sra. MORDAZA MORDAZA Pachaspropietaria del inmueble, siendo importante la adquisicion del mismo ya que, conforme se desprende del Informe Tecnico que sustenta la exoneracion, permitira prestar que los servicios asistenciales de manera oportuna y adecuada en Pisco; Que, mediante Informe Legal N° 470-OCAJ-ESSALUD2007, la Oficina Central de Asesoria Juridica emitio opinion legal sobre la procedencia de la exoneracion solicitada por la Gerencia de la Red Asistencial Ica; Que, por consiguiente, al haberse configurado la causal prevista en el inciso e) del articulo 19° del

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