Norma Legal Oficial del día 15 de Agosto del año 2008 (15/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 15 de agosto de 2008

Que, el objetivo de dicha Reunion, de caracter tecnico, es contribuir a la generacion de politicas publicas a traves del intercambio de ideas y experiencias en cuanto a la modernizacion tecnologica para la mejora cualitativa de los servicios consulares; Que, el Ministerio de Relaciones Exteriores viene implementando un Sistema de Gestion Consular a fin de mejorar los servicios que brindan nuestras Oficinas Consulares, por lo que la invitacion de la Cancilleria Salvadorena resulta de especial relevancia para observar de cerca la experiencia de ese MORDAZA en la vinculacion con sus connacionales en el exterior; Que, en ese sentido, la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior ha considerado oportuno que viaje a dichas ciudades el Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa, Director General de Politica Consular, de dicha Subsecretaria; Teniendo en cuenta el Memorandum (SCP) Nº 0363/2008, de 25 de MORDAZA de 2008, de la Subsecretaria de Comunidades Peruanas en el Exterior; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; el inciso m) del articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de funcionarios y servidores publicos; su modificatoria la Ley Nº 28807, que establece que los viajes oficiales al exterior de funcionarios y servidores publicos se realicen en clase economica; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, a la MORDAZA de San MORDAZA, Republica de El MORDAZA, y a la MORDAZA de Guatemala, Republica de Guatemala, del 18 al 24 de agosto de 2008, del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa, Director General de Politica Consular, para que participe en la Reunion de Trabajo sobre la Plataforma Informatica de Servicios Consulares, a desarrollarse en dichos paises. Articulo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 29673 - Tramite, Defensa y Proteccion de los Ciudadanos Peruanos en el Exterior, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del mismo, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa Pasajes US$ 1,072.91 Viaticos por dia US$ 200.00 Numero de dias 7+1 Total viaticos US$ 1,600.00 Tarifa aeropuerto US$ 30.25

SALUD

Precisan que el Seguro Integral de Salud podra financiar el acceso a los servicios del Centro de Salud MORDAZA MORDAZA y a los de la Red de Salud Independencia, provincia de MORDAZA, de pacientes provenientes de otras jurisdicciones
RESOLUCION MINISTERIAL N° 565-2008/MINSA

MORDAZA, 13 de agosto del 2008

Vistos los Expedientes Nº 08-053749-001 y 08063587-001; CONSIDERANDO: Que, los articulos 2° y 3° de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, establecen que el Ministerio de Salud es el ente Rector del Sector Salud a quien le corresponde conducir, regular y promover la intervencion del sistema nacional coordinado y descentralizado de salud con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana a traves de la promocion, proteccion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de las personas; Que, uno de los objetivos funcionales del Ministerio de Salud es la proteccion y recuperacion de la salud y la rehabilitacion de las capacidades de las personas en condiciones de equidad y plena accesibilidad, dispuesta en el numeral 6 del articulo 5° de la precitada Ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2008-PCM, se prorroga el Estado de Emergencia en el departamento de lca, las provincias de Canete y Yauyos en el departamento de MORDAZA y las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, toda vez que las condiciones de emergencia en los lugares afectados por los fuertes sismos de agosto de 2007, se mantienen vigentes; Que, en tal sentido, corresponde al Ministerio de Salud dictar disposiciones con el fin de que se continuen y fortalezcan las acciones destinadas a la atencion de la poblacion damnificada y que permitan seguir dando sostenibilidad a las prestaciones de salud de la poblacion vulnerable; Que, el literal a) del articulo 41° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado con Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, establece como funcion general de la Direccion General de Salud de las Personas, proponer las politicas de salud, prioridades sanitarias, estrategias de atencion de salud de las personas y el modelo de atencion integral de salud, con alcance sectorial e institucional; Que la Resolucion Ministerial Nº 401-2007/MINSA, aprueba la Directiva Administrativa Nº 111-MINSA/SISV.01, que establece las normas complementarias para la implementacion del Decreto Supremo Nº 004-2007SA, la cual en su numeral 6.3 indica que las personas podran acceder a las atenciones de los servicios de salud, a traves de los establecimientos del primer nivel de atencion, centros y puestos de salud. Asimismo, accederan a los hospitales siguiendo los mecanismos de referencia establecidos por el Ministerio de Salud en coordinacion con el Seguro Integral de Salud; Que, la Direccion General de Salud de las Personas ha propuesto la necesidad de permitir el acceso a los servicios de salud a los pacientes que provengan de la jurisdiccion de otros establecimientos de salud al Centro de Salud MORDAZA MORDAZA y a los establecimientos de salud de la Red de Salud Independencia, provincia de MORDAZA, Region Ica, debiendo el Seguro Integral de

Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino del referido viaje, el citado funcionario diplomatico debera presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores
236819-1

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