Norma Legal Oficial del día 21 de Diciembre del año 2008 (21/12/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 21 de diciembre de 2008

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policia Nacional del Peru a la Republica de MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 123-2008-IN
MORDAZA, 20 de diciembre de 2008 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinion Nº 034-2008DGPNP/INTERPOL-EM, de noviembre de 2008, formulada por la Oficina Central Nacional INTERPOL - MORDAZA, recomendando la autorizacion de viaje al extranjero en comision del servicio del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Buenos Aires - Republica de MORDAZA del 22 de diciembre al 26 de diciembre de 2008; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 256-2005-JUS del 2 de diciembre de 2005, se resuelve acceder al pedido de extradicion activa del procesado MORDAZA MORDAZA PISANGO RUCOBA, formulado por el MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior del Callao, y declarado procedente por la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por la comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado (Exp. Nº 62-2005); y disponer su MORDAZA por via diplomatica, a la Republica MORDAZA, de conformidad al Tratado de la materia vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Oficio Nº 5939-2008-MP-FN-UCJIE del 28 de noviembre de 2008, la Unidad de Cooperacion Judicial Internacional y Extradiciones del Ministerio Publico, remite a la OCN-INTERPOL-Lima, el Facsimil (DGL/CJE) Nº 891 procedente de la Direccion General de Asuntos Legales del Ministerio de Relaciones Exteriores, que adjunta la Nota Nº 18611, procedente de la Cancilleria MORDAZA, en la cual pone de conocimiento que el juzgado a cargo del MORDAZA de extradicion del ciudadano MORDAZA MORDAZA PISANGO RUCOBA, resolvio declarar procedente el pedido de extradicion, formulado por las autoridades peruanas; Que, con Memorando Multiple Nº 22-2008-DIRGEN-PNP/ EMP-OAE del 5 de diciembre de 2008, el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, aprueba y dispone la formulacion del Proyecto de Resolucion autoritativa del viaje al extranjero en comision del servicio del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 22 de diciembre al 26 de diciembre de 2008, a la MORDAZA de Buenos Aires - Gobierno de la Republica de MORDAZA, a fin de que ejecuten la extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA PISANGO RUCOBA, requerido por el MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, por el delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado; Que, mediante Oficio Nº 1797-2008-DIREJADMDIRECFIN-PNP/EM/UNIPRE del 10 de diciembre de 2008, la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, remite a la Direccion de Recursos Humanos de la Policia Nacional del Peru, el Informe Nº 519-2008-DIREJADM-DIRECFIN-PNP/EM-UNIPRE y el Proyecto de Liquidacion del viaje por Comision de Servicio en el Extranjero del 10 de diciembre de 2008; asimismo la Unidad de Presupuesto de la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, hace conocer que se ha formulado la Certificacion de Credito Presupuestal Nº 468-2008-DIREJADM-DIRECFIN-EM/ UNIPRE del 10 de diciembre de 2008, estableciendo que efectuado los calculos, se atendera lo solicitado con la Especifica del Gasto 5.3.11.20 Viaticos y Asignaciones, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios por la suma ascendente a US$ 2,000.00 (Dos Mil con 00/100 dolares americanos), por comision del servicio a la MORDAZA de Buenos Aires - MORDAZA, del Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y de la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto por la autoridad judicial MORDAZA mencionada;

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Que, los gastos por concepto de viaticos para el personal policial seran sufragados por el Estado Peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, seran asumidos por el Poder Judicial; Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, establece que la Resolucion de Autorizacion de viajes al exterior de la Republica estrictamente necesarios, sera debidamente sustentada en el interes nacional o en el interes especifico de la Institucion, y debera indicar expresamente el motivo del viaje, el numero de dias de duracion del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viaticos y el impuesto por Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, el numeral 8.2 del articulo 8º de la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008, referido a las medidas de austeridad en bienes y servicios prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de los acuerdos de negociacion de tratados comerciales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru, asi como los viajes que realicen los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores y los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refiere la Ley Nº 28212, siendo que todos los viajes se realizan en categoria economica, salvo las excepciones autorizadas mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, el articulo 4º de la Ley Organica del Poder Judicial establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones de la autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances y teniendo en consideracion los dispositivos legales MORDAZA mencionados y en cuenta la importancia del viaje del personal policial referido, el mismo que se encuentra presupuestado, resulta necesario autorizar dicho viaje; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, la Ley Nº 29142, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2008; la Ley Nº 27238, Ley de la Policia Nacional del Peru y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2000-IN; el Decreto Supremo Nº 003-2004-IN que aprobo el Texto Unico Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2005-IN; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Autorizar el viaje al extranjero en comision del servicio al Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a la MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del 22 de diciembre al 26 de diciembre de 2008, a la MORDAZA de Buenos Aires - Gobierno de la Republica de MORDAZA, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Comandante de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos (Art. 5º DS 047-2002-PCM) 5 x 200 US$ 1,000.00 TOTAL US$ 1,000.00 MORDAZA de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viaticos (Art. 5º DS 047-2002-PCM) 5 x 200 US$ 1,000.00 TOTAL US$ 1,000.00 Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado debera

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