Norma Legal Oficial del día 01 de Enero del año 2008 (01/01/2008)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

362876

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 1 de enero de 2008

Que, mediante Informe N° 567-2007-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, senala que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para otorgar la concesion unica solicitada para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa CABLE VIRTUAL SAC.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93- TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021¬-2007-MTC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias; Con la opinion favorable de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a la empresa CABLE VIRTUAL S.A.C., concesion unica para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) anos, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru; estableciendose como primer servicio a prestar, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la modalidad de cable alambrico u optico. Articulo 2°.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa CABLE VIRTUAL S.A.C., para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, el que consta de veintiocho (28) clausulas que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones, encargado de las funciones de la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones para que, en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4°.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion y con la MORDAZA de la carta fianza que asegure el inicio de operaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

147427-1

Aprueban transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Codo del Pozuzo
RESOLUCION MINISTERIAL N° 787-2007 MTC/02
MORDAZA, 21 de diciembre de 2007 VISTO: El Convenio Financiero suscrito con fecha 11 de diciembre de 2007, entre el Proyecto Especial de Infraestructura del Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO y la Municipalidad Distrital de Codo del Pozuzo de la provincia de Puerto MORDAZA, departamento de Huanuco; CONSIDERANDO Que, la Ley Nº 27791 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones integra interna y externamente al MORDAZA, para lograr un racional ordenamiento territorial vinculando las areas de recursos, produccion, mercados y centros poblados, a traves de la formulacion, aprobacion, ejecucion y supervision de la infraestructura de transportes y comunicaciones;

Que, el articulo 6º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, establece que el Ministro es la mas alta autoridad politica del Sector; formula, ejecuta y supervisa la aplicacion de las politicas nacionales, en MORDAZA con la politica general del Gobierno. Ejerce la Alta Direccion de los organos del Ministerio y supervisa las actividades de los Organismos Publicos Descentralizados y sus Comisiones Sectoriales, Multisectoriales y Proyectos; Que, de conformidad al articulo 8º del Reglamento de Organizacion y Funciones mencionado, los Viceministros son las autoridades inmediatas al Ministro; les corresponde conducir, ejecutar y supervisar, por encargo y en coordinacion con el Ministro, la aplicacion de las politicas subsectoriales y la direccion de las actividades de los organos del Ministerio, proyectos especiales, organismos publicos descentralizados y las comisiones sectoriales y multisectoriales, que esten dentro de su ambito y son responsables del subsector a su cargo; Que, el literal a) del articulo 95º y al articulo 96º del citado Reglamento de Organizacion y Funciones, senala que el Proyecto Especial de Infraestructura del Transporte Descentralizado, - PROVIAS DESCENTRALIZADO, tiene a su cargo actividades de preparacion, gestion, administracion, y de ser el caso la ejecucion de proyectos y programas de infraestructura de transporte departamental y rural en sus distintos modos; asi como el desarrollo y fortalecimiento de capacidades institucionales para la gestion descentralizada del transporte departamental y rural y se regulan por sus normas de creacion y sus Manuales de Operacion; Que, de acuerdo al Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Infraestructura del Transporte Descentralizado PROVIAS DESCENTRALIZADO, dicho Proyecto es una Unidad Ejecutora del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adscrito al Despacho Viceministerial de Transportes, encargada de las actividades de preparacion, gestion, administracion, y de ser el caso la ejecucion de proyectos y programas de infraestructura de transporte departamental y rural en sus distintos modos; asi como el desarrollo y fortalecimiento de capacidades institucionales para la gestion descentralizada del transporte departamental y rural. Que, de conformidad al literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007, cuando la ejecucion de los proyectos se efectua mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto, senalando que el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y empresas publicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras; indicando que cuando la ejecucion de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, segun su capacidad operativa, se realice por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley N° 28979, Ley que autoriza en el presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2007 para la continuidad de inversiones y dicta otras disposiciones, dispone que las transferencias financieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Publicas en el MORDAZA del literal g) del articulo 5 de la Ley Nº 28927, se autorizan mediante resolucion del Titular del Pliego que debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de las entidades, y establecer un cronograma de desembolsos que se ejecutaran luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, mediante Memorando Nº 2685-2007-MTC/09.03 la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, remite el Informe Nº 1784-2007-MTC/09.03 de la Oficina de Presupuesto, senalando que presupuestalmente las transferencias financieras planteadas por PROVIAS DESCENTRALIZADO cumplen con la normatividad vigente, especificamente a lo dispuesto en el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007 y en la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, Ley que autoriza en el presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2007 para la continuidad de inversiones y dicta otras disposiciones; asimismo, indica que el proyecto "Rehabilitacion del MORDAZA Vecinal: Codo ­ San Cristobal", ubicado en el distrito de Codo del Pozuzo, provincia de Puerto MORDAZA, departamento de MORDAZA cuenta con la viabilidad correspondiente, asi como con disponibilidad de recursos, senalando que para el presente ejercicio presupuestal se han previsto transferencias

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.