Norma Legal Oficial del día 17 de Febrero del año 2008 (17/02/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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VISTO:

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 17 de febrero de 2008

El Informe N° 004-08/GR-MDLCH emitido por la Gerencia de Rentas respecto al monto minimo del impuesto predial, la tasa por concepto de gastos administrativos y del vencimiento del pago de los tributos municipales para el ejercicio fiscal 2008. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 13º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004EF, establece que las Municipalidades estan facultadas para establecer un monto minimo a pagar por concepto del impuesto predial, equivalente al 0.6% de la UIT vigente al 01 de enero del ano al que corresponde el impuesto; Que, asimismo, la glosada MORDAZA en su articulo 15° establece que el impuesto predial podra ser cancelado de 02 formas: a) al contado, hasta el ultimo dia habil del mes de febrero de cada ano; y b) en forma fraccionada, hasta en 04 cuotas trimestrales. En este caso, la primera cuota sera equivalente a un MORDAZA del impuesto total resultante y debera pagarse hasta el ultimo dia habil del mes de febrero. Las cuotas restantes seran pagas hasta el ultimo dia habil de los meses de MORDAZA, agosto y noviembre, debiendo ser reajustadas de acuerdo a la variacion acumulada del Indice de Precios al Por mayor (IPM) que indica el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI), por el periodo comprendido desde el mes de vencimiento de pago de la primera cuota y el mes precedente al pago; Que, de otro lado la Cuarta Disposicion Final de la MORDAZA citada senala que las Municipalidades que brinden el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuesto y de recibos de pago correspondientes, incluida su distribucion a domicilio, queda facultada a cobrar por dichos servicios no mas del 0.04% de la UIT vigente al 01 de enero de cada ejercicio, en cuyo caso esta valorizacion sustituye la obligacion de MORDAZA de declaracion jurada; Que, mediante Decreto Supremo N° 209-2007-EF se establece que para el ano 2008, el valor de la Unidad Impositiva Tributaria en S/. 3,500.00 nuevos soles; Que, conforme a lo dispuesto por el Articulo 9° numeral 9) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y en uso de las facultades contenidas y con dispensa de tramite de aprobacion del Acta, el Concejo aprobo por unanimidad la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO MINIMO DEL IMPUESTO PREDIAL, LA TASA POR CONCEPTO DE GASTOS ADMINISTRATIVOS Y DEL VENCIMIENTO DEL PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO FISCAL 2008 Articulo 1°.- Establezcase el monto de S/. 21.00 (Veintiun Nuevos Soles) como Impuesto Predial Minimo a pagar para el Ejercicio Fiscal 2008. Articulo 2°.- Establezcase el monto de S/. 14.00 (Catorce Nuevos Soles) a pagar por concepto de Gastos Administrativos para el Ejercicio Fiscal 2008. Articulo 3°.- Fijese como fechas de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2008 las siguientes: - Primer Trimestre - MORDAZA Trimestre - Tercer Trimestre - MORDAZA Trimestre : : : : 29 de febrero de 2008 31 de MORDAZA de 2008 30 de agosto de 2008 29 de noviembre de 2008

Que, mediante Ordenanza Nº 099-07-CDLCH, publicada el 3 de diciembre de 2007, el Concejo Distrital de Lurigancho - Chosica aprobo el regimen de incentivos para el pago de deudas tributarias, administrativas y sanciones, asi como para la regularizacion tributaria y del servicio de agua potable, con vigencia hasta el dia 31 de diciembre de 2007. Que, mediante Decreto de Alcaldia N° 014- MDLCH, se amplio hasta el dia 31 de enero de 2008, los beneficios concedidos por la Ordenanza N° 099-07-CDLCH. Que, es politica de este gobierno local atender la demanda de aquellos contribuyentes que por diversas circunstancias no pudieron acogerse a los beneficios otorgados por dicho dispositivo; por lo que, se ha visto por conveniente ampliar el plazo de vigencia de dicha Ordenanza, hasta el 15 de febrero de 2008. Estando a lo expuesto y en MORDAZA con la Primera Disposicion Final de la Ordenanza Nº 099-07-CDLCH, concordante con el Art. 20° numeral 6) de la Ley Organica de Municipalidades 27972; DECRETA: 1°.- Ampliar los beneficios concedidos por la Ordenanza N° 099-07-CDLCH hasta el viernes 15 de febrero de 2008. 2°- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Rentas y a todas las Gerencias involucradas la difusion y cumplimiento del presente Decreto. Expedido a los treintiun dias del mes de enero del ano dos mil ocho. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Emiten Acuerdo expresando el homenaje y condolencias del Concejo Municipal por fallecimiento de militante de organizacion politica
ACUERDO N° 000025
Callao, 13 de febrero de 2008 El Concejo Municipal Provincial del MORDAZA, visto en la Sesion Ordinaria celebrada el 13 de febrero del 2008, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972 y su Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala que las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 41º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, senala que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, el senor Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hizo de conocimiento del Pleno el lamentable fallecimiento del Licenciado MORDAZA MORDAZA MORDAZA, hermano mayor del Presidente de la Republica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, deceso que se ha producido el dia de hoy, quien en MORDAZA fuera un destacado militante del Partido Aprista Peruano (PAP), habiendose desempenado

Articulo 4°.- Facultese a la Alcaldia para que mediante Decreto dicte las disposiciones ampliatorias y/o complementarias. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Amplian beneficios concedidos mediante Ordenanza Nº 099-07-CDLCH
DECRETO DE ALCALDIA Nº 016/MDLCH EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIGANCHO ­CHOSICA.

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