Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2008 (06/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, viernes 6 de junio de 2008

por el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, se otorgo a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, permiso de pesca provisional para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa para consumo humano indirecto y consumo humano directo, para las embarcaciones pesqueras "BRITNY", con matricula SY-4687-CM y "MI LEONILA" de matricula SY0267-CM; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 455-2006PRODUCE/DGEPP, de fecha 24 de noviembre del 2006 en estricto cumplimiento del mandato judicial contenido en la Resolucion Numero CUATRO del 9 de noviembre de 2006, emitida por el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, se deja sin efecto en todos sus extremos la Resolucion Directoral Nº 327-2006-PRODUCE/DGEPP, del 22 de septiembre del 2006; Que mediante Resolucion Directoral Nº 498-2006PRODUCE/DGEPP de fecha 6 de diciembre del 2006, en estricto cumplimiento del mandato judicial contenido en las Resoluciones Numero SIETE y OCHO del 05 de diciembre del 2006, emitido por el Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, se otorgo a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, permiso de pesca provisional para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa para consumo humano indirecto y consumo humano directo para la embarcacion pesquera "BRITNY", con numero de matricula SY-4687-CM de 80.00 m3 de capacidad de bodega, asimismo se otorga permiso de pesca provisional para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa para consumo indirecto y consumo humano directo para la embarcacion pesquera "MI LEONILA", con numero de matricula SY-0267-CM de 90.00 m3 de capacidad de bodega; Que mediante la resolucion del visto, alcanzada por la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de la Produccion, segun Memorando Nº 00762008-PRODUCE/PP de fecha 7 de MORDAZA de 2008, el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA rechaza la solicitud de Medida Cautelar, en los seguidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con el Ministerio de la Produccion; Que el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la Ley senala, asimismo que ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominacion, fuera de la organizacion jerarquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el organo jurisdiccional, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite, bajo responsabilidad politica, administrativa, civil y penal que la Ley determine en cada caso"; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto a traves del Informe Nº 153-2008-PRODUCE/ DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; SE RESUELVE : Articulo 1º .- En estricto cumplimiento del mandato judicial contenido en la Resolucion Numero DOS del 30 de enero de 2008, emitida por el MORDAZA Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, dejar sin efecto en todos sus extremos la Resolucion Directoral Nº 498-2006-PRODUCE/ DGEPP, del 6 de diciembre del 2006. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del Litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, al MORDAZA Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y al Primer Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia del Santa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VERTIZ MORDAZA Director General de Extraccion y Procesamiento Pesquero

Modifican resolucion que otorgo permiso de pesca a favor de la empresa MORDAZA de Ons S.A.C. para operar embarcacion pesquera
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 194-2008-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 9 de MORDAZA del 2008

Visto el escrito de Registro Nº 00020511 de fecha 26 de marzo de 2008, presentado por la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C. CONSIDERANDO:

Que mediante Resolucion Directoral Nº 094-2002-PE/ DNEPP, de fecha 25 de marzo de 2002, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional "MARY" con matricula CE-20862-PM, y 300.52 m3 de capacidad de bodega, equipada con redes de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1½ pulgada (38 mm) de longitud minimo de abertura de malla, segun corresponda, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que por Resolucion Directoral N° 388-2003-PRODUCE/ DNEPP de fecha 05 de noviembre de 2003, se modifico el permiso de pesca de la embarcacion pesquera "MARY" con matricula CE-20862-PM de propiedad de la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C., al haberse MORDAZA la capacidad de bodega a 324.51 m3, manteniendose inalterables las demas caracteristicas de la referida embarcacion; Que mediante Resolucion Directoral N° 059-2008PRODUCE-DGEPP de fecha 28 de enero de 2008 se modifica la Resolucion Directoral N° 094-2002-PEDNEPP, modificada por la Resolucion Directoral N° 3882003-PRODUCE/DNEPP, otorgando permiso de pesca a favor de la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C, para operar la embarcacion pesquera "MARY" de matricula CE-20862PM, unicamente en el extremo referido a la capacidad de bodega entendiendose la misma de 435.36 m3; Que mediante el escrito del visto, la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C solicita la modificacion de la Resolucion Autoritativa por implementacion del sistema de preservacion RSW a bordo de la embarcacion pesquera "MARY" con matricula CE20862-PM, presentando entre otros requisitos el Certificado de Matricula de fecha 11 de enero de 2008 y el Certificado Nacional de Arqueo de fecha 19 de diciembre de 2007, con los cuales se ratifica la capacidad de bodega de 435.54 m3; asimismo, presenta el Certificado de Inspeccion N° 023-2008, emitido por la empresa Certificaciones del Peru (CERPER) de fecha 13 de marzo de 2008, indicando que la referida embarcacion cuenta con sistema de refrigeracion (RSW) a bordo, cumpliendo con las especificaciones establecidas en el inciso b) del parrafo 2.5 del Articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 150-2001-PE de fecha 5 de MORDAZA de 2001; Que de la evaluacion efectuada a documentacion presentada, se ha determinado que la empresa MORDAZA DE ONS S.A.C, ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el procedimiento 20 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003PRODUCE y demas normas modificatorias; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 1412008-PRODUCE/DGEPP-Dchi, y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Resolucion Ministerial N° 1502001-PE, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion aprobado por Decreto Supremo N° 035-2003-PRODUCE y demas normas modificatorias, y; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Modificar el articulo 1° de la Resolucion Directoral Nº 094-2002-PE/DNEPP, modificada por las

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