Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2008 (06/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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Que mediante informe Nº 149-2008-DVMPEMPE/CP-OPP del 7 de MORDAZA de 2008, el Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto del PROGRAMA otorgo la disponibilidad presupuestal para atender la transferencia senalada en el considerando precedente, precisando que dicha transferencia debe ser aprobada por resolucion ministerial conforme al detalle consignado en el numeral 3 del referido informe; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 023-2008DVMPEMPE/CP-OAF del 26 de MORDAZA de 2008, se reconoce a favor de los organismos ejecutores del sector privado senalados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, por concepto del rubro "otros" de los convenios Nºs. 20-0013-RS01, 17-0066-12, 17-0065-12, 18-0096-12 y 150049-12, suscritos en la XII Convocatoria Nacional y el Concurso denominado Proyectos de Servicios, la deuda pendiente de pago por S/. 198 907,13 (Ciento noventa y ocho mil novecientos siete y 13/100 nuevos soles); Con las visaciones del Director Nacional, del Secretario Ejecutivo y del Jefe de la Oficina de Planificacion y Presupuesto del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru", y del Director General de la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el articulo 8º de la Ley Nº 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo; el inciso d) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modificatorias; y la Resolucion Ministerial Nº 105-2008-TR; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Directorales Nºs. 187, 189 y 190-2008-DVMPEMPE/CPOAF de fechas 28 de diciembre de 2007, en el extremo que aprueba la transferencia financiera por la suma de S/. 198 907,13 (Ciento noventa y ocho mil novecientos siete y 13/100 nuevos soles) a favor de los organismos ejecutores del sector privado senalados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolucion, por concepto del rubro "otros" de los convenios Nºs. 20-0013-RS01, 170066-12, 17-0065-12, 18-0096-12 y 150049-12, suscritos en la XII Convocatoria Nacional y el Concurso denominado Proyectos de Servicios del Programa de Emergencia Social productivo "Construyendo Peru". Articulo 2º.- Aprobar la transferencia financiera del Programa de Emergencia Social Productivo "Construyendo Peru" por un monto total de S/. 198 907,13 (Ciento noventa y ocho mil novecientos siete y 13/100 nuevos soles) a los organismos ejecutores del sector privado senalados en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3°.- Encargar al Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo el tramite de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y que proceda a dar cuenta al Congreso de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PASCO COSMOPOLIS Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo

ensamblados sobre chasis de camion por omnibuses originalmente disenados y fabricados para el transporte de personas", con el objeto de prohibir la circulacion por las vias publicas terrestres del MORDAZA de los omnibus ensamblados sobre chasis de camion, con excepcion de aquellos cuyo chasis no MORDAZA sido objeto de modificacion y su uso quede limitado a vehiculos radiologicos, vehiculos hospital y vehiculos de instruccion, asi como a los supuestos contemplados en la citada ley y los que se establezcan reglamentariamente; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29177, la sustitucion de los omnibuses ensamblados sobre chasis de camion que han venido prestando el servicio de transporte terrestre interprovincial regular de pasajeros, se realiza por omnibuses nuevos o usados, chasis nuevos o reparacion de vehiculos usados, originalmente disenados y fabricados para el transporte de personas; Que, el articulo 6º de la citada ley establece que mediante Decreto Supremo, refrendado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se estableceran los criterios para la valorizacion de los omnibuses ensamblados sobre chasis de camion a ser sustituidos de acuerdo al "Programa especial de incentivos para la sustitucion de los omnibuses ensamblados sobre chasis de camion por omnibuses originalmente disenados y fabricados para el transporte de personas". La Ley Nº 29177 establece asimismo en la unica disposicion final que mediante decreto supremo, refrendado por el indicado Ministerio, se dictara el reglamento de la misma para su adecuada aplicacion"; Que, en tal sentido, conforme a lo establecido en las disposiciones MORDAZA senaladas, resulta necesario aprobar una MORDAZA que establezca los criterio para la valorizacion de los omnibuses a ser sustituidos de acuerdo al indicado programa especial de incentivos, asi como las normas reglamentarias que regulen el MORDAZA de desguace y chatarreo de omnibuses, los requisitos y procedimientos para la autorizacion o registro segun corresponda de los Centros de Desguace y Chatarreo de Omnibuses, y de los Centros de Reparacion de Omnibuses, el procedimiento para la emision y entrega del Certificado de Desguace y Chatarreo de Omnibuses, y las demas disposiciones necesarias para el funcionamiento y supervision del "Programa especial de incentivos para la sustitucion de los omnibuses ensamblados sobre chasis de camion por omnibuses originalmente disenados y fabricados para el transporte de personas"; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre, y la Ley Nº 29177; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobacion del Reglamento Aprobar el Reglamento del Programa especial de incentivos para la sustitucion de los omnibuses ensamblados sobre chasis de camion por omnibuses originalmente disenados y fabricados para el transporte de personas, creado por la Ley Nº 29177, que contiene treinta y cuatro articulos y seis disposiciones complementarias finales. Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de junio del ano dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban Reglamento del Programa especial de incentivos para la sustitucion de los omnibuses ensamblados sobre chasis de camion por omnibuses originalmente disenados y fabricados para el transporte de personas
DECRETO SUPREMO Nº 020-2008-MTC
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

REGLAMENTO DEL PROGRAMA ESPECIAL DE INCENTIVOS PARA LA SUSTITUCION DE LOS OMNIBUSES ENSAMBLADOS SOBRE CHASIS DE CAMION POR OMNIBUSES ORIGINALMENTE DISENADOS Y FABRICADOS PARA EL TRANSPORTE DE PERSONAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene como objeto regular los siguientes aspectos:

CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29177 se creo el "Programa especial de incentivos para la sustitucion de los omnibuses

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