Norma Legal Oficial del día 06 de Junio del año 2008 (06/06/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano MORDAZA, viernes 6 de junio de 2008

NORMAS LEGALES
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Que, la Oficina de Logistica de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA sustenta tecnicamente la necesidad de exonerar del respectivo MORDAZA de seleccion, el arrendamiento y acondicionamiento de un inmueble para el traslado temporal de 12 Juzgados Civiles de la Sub Especialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, la misma que no puede ser suspendida ni postergada; asimismo, conforme consta en el Informe N° 050-2008-L-CSJLI/PJ, los bienes que se adquieran asi como los equipos de comunicacion y demas, como consecuencia de la presente exoneracion, seran recogidos por la Corte Superior de Justicia de MORDAZA a efectos de ser utilizados por otras dependencias que lo requieran cuando los Juzgados Comerciales retornen a su Sede. Que, la Oficina de Asesoria Legal de la Gerencia General a traves del Informe N° 360-2008-OAL-GG-PJ, opina por la procedencia de la declaracion en Situacion de Desabastecimiento Inminente, al considerar que el apremio es concreto e inmediato, resultando indispensable realizar acciones inmediatas para contratar lo imprescindible, por el periodo necesario, lo cual debe ser autorizado por el Titular del Pliego, derivado de una exoneracion, como una medida temporal ante un hecho de excepcion; Que, la Sub Gerencia de Logistica en coordinacion con la Sub Gerencia de Planes y Presupuesto de la Gerencia de Planificacion ha senalado la disponibilidad presupuestal para la contratacion materia de la presente resolucion, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, habiendose revisado y encontrado conforme los Informes Nºs. 050 y 065-2008-SL-GAF-GG/PJ de la Oficina de Logistica de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el Informe N° 175-2008-SL-GAF-GG-PJ y Memorandum N° 1614-2008-SL-GAF-GG-PJ de la Sub Gerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas, asi como el Informe Legal N° 360-2008OAL-GG-PJ que sustentan la exoneracion del respectivo MORDAZA de seleccion, se concluye la conveniencia de aprobarse la misma, como una medida temporal; Que, el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del respectivo MORDAZA de seleccion, se realizaran mediante acciones inmediatas, debiendo remitirse MORDAZA de la Resolucion y los informes sustentatorios a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, segun lo dispuesto por el articulo 147° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la resolucion que aprueba la exoneracion debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los 10 dias habiles siguientes a su emision; y, adicionalmente, debera publicarse a traves del SEACE; Que, el articulo 148° del citado Reglamento, precisa que la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, como parte del MORDAZA de desconcentracion de las adquisiciones y contrataciones implementada en nuestra Institucion, la Sub Gerencia de Logistica senala que las contrataciones materia de la presente exoneracion se encontraran a cargo de la Administracion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA en coordinacion con la Presidencia de dicha Sede Judicial; Que, de otro lado, el inminente desabastecimiento exige disponer el inicio de las medidas conducentes a la determinacion de las responsabilidades que pudieran recaer en los funcionarios y/o servidores de la Institucion que pudieran resultar involucrados, de acuerdo a lo previsto por el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM; Por las consideraciones expuestas y de conformidad con lo previsto por los articulos 19°, 20° y 21° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, en concordancia con los articulos 141°, 146°, 147° y 148° de su Reglamento, aprobado

por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, y en uso de las facultades conferidas por Ley; SE RESUELVE: Articulo Primero: DECLARAR en Situacion de Desabastecimiento Inminente el arrendamiento de un inmueble para doce (12) Juzgados Civiles de la Sub Especialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, por el periodo de 150 dias y por el valor referencial de S/. 253 737,75 (Doscientos Cincuentitres Mil Setecientos Treintisiete y 75/100 Nuevos Soles), asi como el acondicionamiento y habilitacion respectivos por el valor referencial ascendente a S/. 298 735,81 (Doscientos Noventiocho Mil Setecientos Treinticinco y 81/100 Nuevos Soles), desagregado de la siguiente manera: acondicionamiento del local por la suma de S/. 178 455,81 (Ciento Setentiocho Mil Cuatrocientos Cincuenticinco y 81/100 Nuevos Soles), servicio de cableado estructurado ascendente a S/. 48 500,00 (Cuarentiocho Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), adquisicion de mobiliario por la suma de S/. 36 780,00 (Treintiseis Mil Setecientos Ochenta y 00/100 Nuevos Soles) y la adquisicion de estanteria metalica por S/. 35 000,00 (Treinticinco Mil y 00/100 Nuevos Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios. Articulo Segundo: DISPONER que la Administracion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA realice las contrataciones correspondientes, conforme al detalle referido en el Articulo Primero de la presente resolucion, a traves de acciones inmediatas con la respectiva publicacion en el SEACE, debiendo observar para ello lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084-2004-PCM y demas modificatorias. Articulo Tercero: Los Contratos como consecuencia de la presente exoneracion, seran suscritos por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y deberan observar las disposiciones referidas en el articulo anterior, debiendo ademas cumplir con los requisitos, condiciones, formalidades y garantias que establece la ley. Articulo Cuarto: La Gerencia de Personal y Escalafon Judicial debera iniciar las acciones conducentes a la determinacion de las responsabilidades que pudieran recaer en los funcionarios y/o servidores cuya conducta hubiese originado la configuracion de esta causal, de acuerdo a lo previsto por el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004PCM. Articulo Quinto: Disponer que la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial, haga de conocimiento de la Contraloria General de la Republica y del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la presente resolucion y los informes que la sustentan, dentro del plazo de 10 dias habiles siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Poder Judicial 209330-1

Aprueban Calendario de Compromisos del mes de junio del ano fiscal 2008 del Pliego Poder Judicial
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL N° 499-2008-GG-PJ MORDAZA, 2 de junio del 2008 CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 30º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, el

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