Norma Legal Oficial del día 02 de Mayo del año 2013 (02/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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· 3º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 4° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 5º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 6º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 7º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 8º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 11º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 12º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 13º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 14º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 15º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 16º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 17º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 18º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 19º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 20º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 21º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 22º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 23º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 24º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 25º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio · 26º Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO · Sala Laboral Transitoria del Callao · 1° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio del Callao · 2° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio del Callao · 3° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio del Callao · 4° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio del Callao · Juzgado de Paz Letrado Transitorio con especialidad laboral del Callao Articulo Segundo.- Disponer que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Callao, remitan al Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, dentro del MORDAZA dia de emitidas, copias de las resoluciones administrativas que expidan referidas a la distribucion o redistribucion de expedientes a los organos jurisdiccionales citados en el articulo primero de la presente resolucion; asi como a la designacion de jueces y de personal jurisdiccional y administrativo de dichos organos jurisdiccionales. Articulo Tercero.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencia del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Callao, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 931807-5

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2013

008-2013-ETIINLPT-STJ/PJ, elaborado por la Secretaria Tecnica Jurisdiccional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo. CONSIDERANDO: Primero. Que la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley N° 29497, Nueva Ley Procesal del Trabajo, establece que el Poder Judicial dispone la creacion e instalacion progresiva de juzgados y MORDAZA laborales en los Distritos Judiciales de la Republica que lo requieran, para fortalecer la especialidad laboral a efectos de brindar un servicio de justicia mas eficiente. Segundo. Que, mediante Resolucion Administrativa N° 152-2011-CE-PJ, de fecha 1 de junio de 2011, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso las siguientes medidas en el Distrito Judicial del Santa: a) Que el Primer, MORDAZA y Tercer Juzgados Especializados de Trabajo de Chimbote, conozcan los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo; b) Que el MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA Juzgados Especializados de Trabajo de Chimbote, asi como el Primer, MORDAZA, Tercer y MORDAZA Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios de Chimbote, liquiden los procesos laborales iniciados bajo la vigencia de la Ley N° 26636; c) Que el Setimo Juzgado Especializado de Trabajo de Chimbote conozca los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales, todos ellos con competencia territorial en dicho distrito; d) Que el Juzgado Especializado de Trabajo de MORDAZA Chimbote conozca los procesos comprendidos en la Nueva Ley Procesal del Trabajo, entendiendose tambien los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales; y e) Que el Juzgado Mixto de MORDAZA Chimbote liquide y en su caso culmine los procesos laborales a su cargo, ademas de seguir con el tramite de los procesos de su competencia, todos ellos con competencia territorial en el Distrito de MORDAZA Chimbote. Tercero. Que, al respecto, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA, mediante Oficio N° 64882013-P-CSJSA/PJ solicita, entre otros, que se amplie a toda la Provincia del MORDAZA la competencia territorial de los Juzgados Especializados de Trabajo permanentes y transitorios mencionados en el considerando precedente, asi como la modificacion de la competencia del Juzgado Especializado de Trabajo de MORDAZA Chimbote y del MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo de Chimbote. Cuarto. Que, el Informe N° 005-2013-SEP-GP-GG-PJ, elaborado por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General de este Poder del Estado, concluye, entre otros, que resulta factible modificar las competencias del Juzgado Especializado de Trabajo de MORDAZA Chimbote y del MORDAZA Juzgado Especializado de Trabajo de Chimbote, asi como tambien es factible la ampliacion de la competencia territorial solicitada por la Corte Superior de Justicia del Santa. Quinto. Que, de otro lado, el Informe N° 008-2013ETIINLPT-STJ/PJ, elaborado por la Secretaria Tecnica Jurisdiccional del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, entre otros, concluye que es necesario apoyar a los Juzgados Especializados de Trabajo de Chimbote que tramitan procesos comprendidos en la Ley N° 29497; y dictar medidas administrativas para afrontar el incremento del volumen de ingresos de los procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales en el mencionado Distrito Judicial. Sexto. Que, el inciso 26 del articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, determinan como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia Por estos fundamentos, en merito del Acuerdo N° 2982013 de la decima cuarta sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA, Walde MORDAZA, MORDAZA Postigo, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Chaparro Guerra. Por unanimidad; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer las siguientes medidas en los organos jurisdiccionales de trabajo del Distrito Judicial del MORDAZA, a partir del 1 de MORDAZA de 2013:

Disponen diversas medidas en los organos jurisdiccionales de trabajo del Distrito Judicial del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 075-2013-CE-PJ MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Oficio N° 153-2013-ETIINLPT-P/PJ, cursado por el Presidente del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion de la Nueva Ley Procesal del Trabajo; Oficio N° 6488-2012-P-CSJSA/PJ, de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Santa; Informe N° 0052013-SEP-GP-GG-PJ, elaborado por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificacion de la Gerencia General del Poder Judicial; y el Informe N°

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