Norma Legal Oficial del día 02 de Mayo del año 2013 (02/05/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Jueves 2 de MORDAZA de 2013

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entre otros puntos, informo que estando en operacion la linea Paragsha-Conococha-Huallanca-Cajamarca se puede aprobar la renuncia de autorizacion de generacion de la Central Termica Paita; Que la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el litera d) del articulo 69 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, estando a lo dispuesto en dicha MORDAZA, asi como en lo establecido al Item 21, literal c) del Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Direccion Regional de Energia y Minas, aprobado por Ordenanza Regional Nº 200-2011/GOBIERNO REGIONAL PIURA-CR, procede aceptar la renuncia formulada y, por consiguiente, cancelar la autorizacion otorgada mediante la resolucion Directoral Ministerial Nº 704-99-MEM/DM, de fecha 21 de Diciembre de 1999; Que la Unidad Tecnica de Electricidad de la Direccion Regional de Energia y Minas, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el informe Nº 020-2013GOBIERNO REGIONAL PIURA-DREM-UTE/LGM; De conformidad con lo establecido en la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento D.S. Nº 009-93-EM, el MORDAZA de la Direccion Regional de Energia y Minas, contando con la opinion favorable de la Unidad Tecnica de Electricidad y la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la Renuncia formulada por la empresa "DUKE ENERGY EGENOR SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES" a la Autorizacion para la generacion de energia electrica en la Central Termica Paita y, en consecuencia, tengase Cancelada la referida autorizacion, la misma que fue otorgada mediante la Resolucion Ministerial Nº 704-99-EM/VME, de fecha 21 de Diciembre de 1999. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Pongase a conocimiento de OSINERGMIN y la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas 931909-2

evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el informe Nº 020-2013-GRPDREM-UTE-LGM; De conformidad con lo establecido en la Ley de Concesiones Electricas, aprobada por Decreto Ley Nº 25844 y su reglamento, aprobado por D.S Nº 009-93-EM, el MORDAZA de la Direccion Regional de Energia y Minas, estando a la opinion favorable de la Unidad Tecnica de Electricidad y contando con la visacion de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la Renuncia formulada por la empresa "DUKE ENERGY EGENOR SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES" a la autorizacion para la generacion de energia electrica en la Central Termica Sullana y, en consecuencia, tengasepor Cancelada la referida autorizacion, otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 705-99-EM/VME, de fecha 21 de Diciembre de 1999. Articulo Segundo.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo Tercero.- Pongase a conocimiento de OSINERGMIN y la Direccion General de Electricidad del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Regional de Energia y Minas 931909-1 DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS - MORDAZA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 082-2013/ GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-DR MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2013 VISTO: La Carta 0-67-2012 con Registro Nº 1728, organizado por la empresa "DUKE ENERGY EGENOR SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES", inscrita en el asiento C00051 de la Partida Nº 11018850 del Registro de Personas Juridicas de la MORDAZA Registral Nº IX- Sede MORDAZA, por lo cual solicita se acepte su renuncia a la autorizacion para la generacion electrica en la Central Termica Paita, otorgada mediante Resolucion Ministerial Nº 704-99-EM/VME, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 704-99-EM/ VME, de fecha 21 de Diciembre de 1999, se otorga a favor de la empresa "DUKE ENERGY EGENOR SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES" de la autorizacion para generacion de energia electrica en la Central Termica Paita, con una potencia instalada de 4,96 MW, ubicada en el Distrito y Provincia de Paita, Departamento de Piura; Que, mediante los documentos con registro de ingreso Nº 1061 de fecha 12 de MORDAZA de 2010, la empresa "DUKE ENERGY EGENOR SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES" formulo renunciar a la autorizacion otorgada, por el retiro de los grupos EMD-1, SKODA-2 y SKODA3, para lo cual argumento que la unidad de generacion se encontraban en estado de obsolescencia, por lo cual no es posible obtener los estandares adecuados de confiabilidad que requiere la prestacion de servicio del suministro electrico; Que, mediante el Oficio Nº 6468-2010-OSINERGMINGFE de fecha 15 de octubre de 2010, el Organismo Supervisor de la Inversion de la Energia y Mineria ­ OSINERGMIN, entre otros puntos, informo que el retiro de la autorizacion para generar energia electrica en la Central Termica Paita sea aprobado cuando la linea Paragsha-Conococha-Huallanca-Cajamarca se encuentre operativa, dado que esta unidad puedan contribuir a superar contingencia donde se presente bajos niveles de tension el area norte; Que, mediante el Oficio Nº 1142-2013-OS-GFE de fecha 15 de febrero de 2013, el Organismo Supervisor de la Inversion de la Energia y Mineria ­ OSINERGMIN,

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE
Disponen la recepcion de obras de habilitacion MORDAZA denominada "Urbanizacion Paraiso de MORDAZA Clara"
RESOLUCION DE SUB GERENCIA Nº 344-2013-MDA/GDU-SGHUE Ate, 19 de MORDAZA de 2013 LA SUBGERENTE DE HABILITACIONES URBANAS Y EDIFICACIONES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO: El Expediente Nº 13303 de fecha 04 de MORDAZA de 2013, seguido por la INMOBILIARIA, ASESORIA LEGAL E INTEGRAL SANSEI SOCIEDAD ANONIMA CERRADA debidamente representado por su Gerente General MORDAZA Seragaki Heshiki; por el cual solicitan la Recepcion de Obra de Habilitacion MORDAZA denominada "Urbanizacion PARAISO DE MORDAZA CLARA" del terreno

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