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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (04/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 11

Pág. 162745 NORMAS LEGALES Lima, martes 4 de agosto de 1998 BANCO CENTRAL DE RESERVA Indice de Reajuste Diario a que se re- fiere el Art. 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros CIRCULAR Nº 018-98-EF/90 Lima, 3 de agosto de 1998 El índice de reajuste diario, a que se refiere el Artículo 240º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superin- tendencia de Banca y Seguros, correspondiente al mes de agosto es el siguiente: DIA INDICE 1 5,27589 2 5,27696 3 5,27802 4 5,27908 5 5,28015 6 5,28121 7 5,28227 8 5,28334 9 5,28440 10 5,28547 11 5,28653 12 5,28760 13 5,28866 14 5,28973 15 5,29079 16 5,29186 17 5,29292 18 5,29399 19 5,29506 20 5,29612 21 5,29719 22 5,29826 23 5,29932 24 5,30039 25 5,30146 26 5,30253 27 5,30360 28 5,30466 29 5,30573 30 5,30680 31 5,30787 El índice que antecede es también de aplicación para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el Artículo 1235º del Código Civil. Se destaca que el índice en mención no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al día del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolución judicial (Artículo 1236º del Código Ci- vil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). JAVIER DE LA ROCHA MARIE Gerente General 8570MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO Aprueban el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Municipalidad ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-98-CM/MPS Satipo, 6 de julio de 1998 POR CUANTO: LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 757 - Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada, se ha establecido la obligatoriedad para todas las entidades de la Administración Pública de aprobar y publicar sus correspondientes Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM se ha establecido las disposiciones reglamentarias reque- ridas para el cumplimiento de la obligación a que se refiere el considerando precedente; Que, la Unidad de Planificación y Presupuesto en coordinación con las unidades orgánicas que prestan el servicio administrativo ha elaborado el TUPA correspon- diente, proponiendo su aprobación; Que, las entidades de la Administración Pública dependientes de los Gobiernos Locales deben aprobar su correspondiente TUPA, por Ordenanza Municipal; Que, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 27 de mayo se trató la agenda sobre la aprobación del TUPA, el mismo que culminó el 6 de julio de 1998; El Concejo Municipal en Sesión Extraordinaria de fecha 6 de julio aprobó por mayoría lo siguiente: ORDENANZA: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimien- tos Administrativos de la Municipalidad Provincial de Satipo, consta de 114 procedimientos administrativos (TUPA) para 1998 contenidos en 76 páginas, el mismo que forma parte integrante de la presente ordenanza y comprende los procedimientos administrativos que los usuarios deben accionar en procura de una autorización y/o servicio, así como las tasas que deben abonar genera- dos por las siguientes unidades orgánicas: -Unidad de Administración Tributaria 10hojas 15Procedimientos -Unidad de Recaudación y Control 8hojas 8Procedimientos -Servicios Municipales 1hoja 4Procedimientos -Unidad de la Policía Municipal 1hoja 2Procedimientos -Camal Municipal 1hoja 2Procedimientos -Unidad de Registro Civil 8hojas 16Procedimientos -Transportes y Circulación Vial 5hojas 9Procedimientos -DEMUNA 1hoja 2Procedimientos -Defensa Civil 1hoja 5Procedimientos -Participación Vecinal 1hoja 2Procedimientos -Sanidad 2hojas 5Procedimientos -Programa del Vaso de Leche 1hoja 2Procedimientos -Deportes 2hojas 1Procedimientos -Desarrollo Urbano 31hojas 37Procedimientos -Maquinarias 2hojas 1Procedimiento -Varios 1hoja 3Procedimientos Artículo 2º.- Las disposiciones contenidas en el TUPA aprobados, serán de estricto cumplimiento en todas las Dependencias del Municipio. Artículo 3º.- Deróguese todas las disposiciones que se opongan a la ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. CELSO ARTURO DURAND PANEZ Alcalde 8397