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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 1998 (17/08/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 9

Lima, lunes 17 de agosto de 1998 elperuaru, Pág. 163159 27. Vitaminas y minerales calciocarbonato áadofóltco áadoascórblco ergccalcifeml giuconato da calcio fitomenadiona fluorurosódlco hidroxwobatamma pndoxmaclorhidrato piridoxinaclorhidrato retlnol (comopalmiialo) riboftavma baminaclortudrato tiaminaclorhldrato 90745cQ mg 05mg 5@m 6OOOCOUi lO%/lOml 10 mglml en formulaciones apropladas 1 mgiml 100mglml 25 mg 5oooouI 5- 10mg lC0mg 100mglmltab tab tab SO1 Iny ‘“Y Iny ‘“Y iab lab tab tab (“Y ~@$Q~E&(&$. Amplían permiso de pes& otorgado por R.M. N” 577-97-PE RESOLUCIONMINISTERIAL W 401-98-PE Lima, 14 de agosto de 1998 Visto los escritos de Registros Nos. 484001 y 1183001 de fechas 16 y 30 de enero, 12 de febrero, 5 de marzo, 14 y 21 de abril, 29 de mayo y 22 de junio de 1998, a través de los cuales la señora PAULA SUSANA MIGLIORE CA- RRILLO DE BASILE solicita la ampliación del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera denominada “BUONA NUOVA” para la extracción de los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto. CONSIDERANDO: Que por Resolución Ministerial N” 577-97-PE de fecha 16 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado a la señora PAULA SUSANA MIGLIORE CARRILLO DE BASILE para operar la embarcación pesquera “BUONANUOVA” en la extracción de los recur- sos hidrobiológicos sardina, jurel y caballa, destinados al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de 1112 pulgada (38 mm.), Que a través de los escritos del visto la recurrente solicita la ampliación del permiso de pesca otorgado por la Resolución Ministerial citada en el considerando ante- rior, para la extracción de los recursos anchoveta y sardi- na con destino al consumo humano indirecto; Que por Resolución Ministerial N” 812-97-PE se esta- blece que los armadores de embarcaciones pesqueras comprendidas en el Anexo B del Decreto Supremo N” 006- 97-PE, o que hayan sido incorporadas al citado anexo mediante las Resoluciones Ministeriales correspondientes, podrán solicitar la ampliación de su permiso de pesca para los recursos anchoveta o sardina, si las embarcaciones fueron construidas con anterioridad a la vigencia del Decreto Legislativo N” 750, Ley de Promoción de Inver- siones en el Sector Pesquero, conforme conste en el correspondiente certificado de matrícula, y hayan reali- zado actividad extractiva de los recursos anchoveta o sardina, indistintamente, con anterioridad a la vigencia del citado Decreto Legislativo; Que se ha acreditado que la embarcación pesquera “BUONA NUOVA” fue construida en 1990 y se encuentra comprendida en el Anexo B del Decreto Supremo N” 06- 97-PE, y asimismo, ha realizado actividad extractiva del recurso anchoveta con destino al consumo humano indi- recto con anterioridad a la vigencia del Decreto Legisla- tivo N” 750, hasta la actualidad, por lo que forma parte del esfuerzo pesquero dentro de los niveles permisibles de captura del citado recurso; Que la recurrente no ha acreditado haber desarrollado actividad extractiva del recurso sardina con destino al consumo humano indirecto con anterioridad a la vigencia del Decreto Legislativo No 750, por lo que deviene enl Iimprocedente su solicitud de ampliación de permiso de pesca en ese extremo; Estando a lo informado por la Dirección Nacional de Extracción y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurfdica; De conformidad a lo establecido en los Artículos 1” de la Resolución Ministerial N” 812-97-PE, 43” inciso c), numeral 1, de la Ley General de Pesca y 138” de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 01-94- PE; Y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo l”.- Ampliar el permiso de pesca otorgado por Resolución Ministerial N” 577-97-PE en lo que respec- ta ala embarcación “BUONA NUOVA”, con Matrícula N CO-6164-CM la que se dedicará a la extracción de los recursos anchoveta con destino al consumo humano indi- recto; y sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco de 112 pulgada (13 mm.) y ll/2 pulgada (38 mm.1 de tamaño de abertura de malla, respectivamente. Artículo 2”.- Incorporar a la embarcación pesquera denominada “BUONANUOVA” al literal B) y retirarla del literal H) del Anexo 1 de la Resolución Ministerial N” 200- 98-PE que actualiza el Decreto Supremo N” 008-97-PE. Artículo 3”.- Modificar las características con las que se consigna a la embarcación “BUONA NUOVA” en el Anexo VI de la Resolución Ministerial N” 200-98-PE conforme a lo establecido en el Artículo 1” de la presente resolución. Artículo 4”.- Declarar improcedente la solicitud de ampliación del permiso de pesca en lo que respecta al recurso sardina con destino al consumo humano indirec- to, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5”.- Transcribir la presente Resolución Mi- nisterial a la Dirección General de Capitanías y Guarda- costas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones y Subdirecciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piu- ra, Chiclayo, Trujillo, Chimbote, Pisco, Arequipa, 110 y Tacna, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUDWIG MEIER CORNEJO Ministro de Pesquería 9092 Autorizan a empresas el incremento de flota vía sustitución de capacidad de bodega RESOLUCIONMINISTERIAL W 40%98-PE 1Que el primer párrafo del Artículo 24” del Decreto Ley N” 25977 - Ley General de Pesca, establece que la :onstrucción y/o adquisición de embarcaciones pesque- ras deberá contar con autorización previa de incremento de flota otorgado por el Ministerio de Pesquería en función de la disponibilidad, preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos,; asimismo, en el segundo párrafo dispone que la autorización de mcre- mento de flota para embarcaciones pesqueras para con-Lima, 14 de agosto de 1998 Visto los escritos con Registros Nos. 14009, 17363, 555001,293097y 2829002 de fechas 23 de octubre y 16 de diciembre de 1997 y 23 de enero, 23 de febrero, 15 de abril, 4 de mayo y 23 dejulio de 1998, respectivamente, median- te los cuales las empresas MARITIMA BAR1 S.A. y PES- QUERA MARIA DEL CARMEN S.A., solicitan autoriza- ción de incremento de flota vía sustitución de igual capa- :idad de bodega, para la construcción de una embarcación pesquera de cerco, para extraer los recursos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto. CONSIDERANDO: