Norma Legal Oficial del día 27 de diciembre del año 1998 (27/12/1998)


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MORDAZA, MORDAZA 27 de diciembre de 1998

ENERGIA Y MINAS

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SAFP

Imponen servidumbre de electroducto Autorizana AFP el cambio de direccion de linea de transmision a favor de de agencias ubicadas en las ciudades empresa de Iquitos, MORDAZA y Talara
RESOLUCION MINISTERIAL N" 607-98-EM/VME MORDAZA, 10 de diciembre de 1998 Visto, el Expediente N" 22037896, que incluye los documentos con Registros N°s. 1094492,1178094,1193650 y 1210791, presentado por la Concesionaria Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A., solicitando la imposicion, en via de regularizacion, de servidumbres de electroducto, para la linea de transmision en 22,9 kV MORDAZA Nanchoc, ubicada en cl distrito de MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. ELECTRONORTE S.A., en merito a la Resolucion Suprema N" 027-98-EM de fecha 23 de marzo de 1998, ha solicitado la regularizacion de la servidumbre de electroducto de la linea de transmision en 22,9 kV MORDAZA - Nanchoc; Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 03-95-PCM prorrogado por el Decreto Supremo N' 036-97PCM, se autoriza al Ministerio de Energia y Minas a regularizar las servidumbres existentes ala fecha de publicacion del Decreto Supremo N' 03-95-PCM, con que cuentan las empresas del subsector electrico, comprendidas dentro del MORDAZA de promocion a la inversion privada dispuesto por el Decreto Legislativo N' 674, necesarias para el funcionamiento de sus instalaciones electricas y que se encuentren expresamente reconocidas por la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley N°25844) y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo N' 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de habar verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Supremo N" 03-95-PCM, ha emitido el Informe favorable N" 191-98-EM/DGE; De conformidad con lo dispuesto por el inciso b) del Articulo 110" y demas correspondientes del Decreto Ley N" 25844, Articulo 1" del Decreto Supremo N°03-95-PCM y Articulo 1" del Decreto Supremo N' 036-97-PCM; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo l°.- IMPON-ER, a favor de Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. ELECTRONORTE S.A., en via de regularizacion con caracter permanente, la servidumbre de electroducto de la linea de transmision en 22,9 kV MORDAZA - Nanchoc, ubicada en el distrito de MORDAZA, provincia de San MORDAZA, departamento de Cajamarca; de acuerdo a la documentacion tecnica y los MORDAZA publicados en el Diario Oficial El Peruano los dias 4 y 5 de noviembre de 1998. Articulo 2".- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3".- Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. - ELECTRONORTE S.A., debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de .la servidumbre, quedando sujeta ala responsabilidad civil `pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4".- Empresa Regional de Servicio Publico de Electricidad del Norte S.A. ELECTRONORTE S.A. debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5".- La presente resolucion entrara en vigrncia el dia de SLI publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA HOKAMA Ministro de Energia y Minas 14764 RESOLUCION W 552-98-EF/SAFP MORDAZA, 22 de diciembre de 1998 VISTOS: Las Resoluciones Ns. 554-94-EF/SAFP de fecha 94.9.2 y 413-95-EF/SAFP de fecha 95.10.17, la comunicacion N°ALE-210/98 de AFP Horizonte de fecha 98.12.7, recibida en esta Superintendencia el 98.12.14 con Registro N°O51639 y el Memorandum N°701-98/SAFP.3 de la Intendencia de Control de Instituciones e Inversiones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion N" 554-94-EF/SAFP del 94.9.2, se autorizo a AFP Horizonte el establecimiento de agencias en las ciudades de Iquitos y Cusco; Que, mediante Resolucion N" 413-95-EF/SAFP del 95.10.17, se autorizo a AFP Horizonte el establecimiento de una agencia en la MORDAZA de Talara; Que, mediante la comunicacion de vistos, la AFP recurrente solicita a esta Superintendencia se autorice los cambios de direccion de las agencias MORDAZA mencionadas, como sigue: Iquitos De la MORDAZA MORDAZA W 271, a un MORDAZA local sito en MORDAZA Putumayo N' 253 de la misma ciudad. De la MORDAZA MORDAZA N" 141, a un MORDAZA local sito en Av. El Sol W 803 de la misma ciudad. Talara De la Av. Grau A-77-B, aun MORDAZA local sito en avenida D, N' 302, Centro Civico de Talara, de la misma ciudad. Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentacion establecida por el Articulo 15" de la Rasolucion W 053.98-EF/SAFP, Estando a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo N 054.97.EF, el Estatuto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones aprobado por Decreto Supremo W 220-92-EF y la Resolucion N" 053-9%EF/SAFP, SE RESUELVE: Articulo lo.- Autorizar a AFP Horizonte, los cambios de direccion de sus agencias de las ciudades de Iquitos, MORDAZA y Talara, ubicadas en la MORDAZA MORDAZA W 271, la MORDAZA MORDAZA N" 141 y la Av. Grau A-77-B, respectivamente, por las siguientes direcciones: - MORDAZA Putumayo W 253 - Av. El Sol N" 803 - Avenida D, W 302, Centro Civico de Talara 1g;z Talara

MORDAZA

Articulo 29. Dejar sin efecto los Certificados Definitivos N"s. HO-012, HO-016 y HO-023, que fueran emitidos al MORDAZA de lo dispuesto en las Resoluciones N"s 554-94. EF/SAFP y 413-95-EF/SAFP. Articulo 3°.- Expedir y otorgar los Certificados Definitivos N°s. HO-032, HO-033 y HO-034, en las direcciones referidas en el Articulo Primero de la presente resolucion. Articulo 4".- AFP Horizonte, a efecto del cierre de las agencias que se autorizan por la presente resolucion, deber-a dar cumplimiento a lo establecido en el ultimo parrafo del Articulo 15" de la Resolucion W 053-98-EF/SAFP. Articulo 5".- La presente resolucion entrara en vigencia a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones / 15143

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