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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 1998 (29/12/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

Que, por Oficio N” 374-PMP-PNP-SR-J de 27.11.98, expedido por el Teniente PNP Luis Zeña Conde de la Policía Nacional del Ministerio Público de la ciudad de Juliaca, solicita se le proporcione copias certificadas de diversas actas electorales, la relación de miembros titula- res y suplentes que integraron las mesas de sufragio eldomingo 11 de octubre último, así como el domicilio del Ing. Jorge Javier Hurtado Vela; Que, en el Informe W 059%JLEE-CS-RI1 de 16.12.98 expedido por don José Luis Echaiz Espinoza, SupervisorElectoral, expone que el ex jefe de ODPE en mención haincurrido en negligencia administrativa, así como que se ha hecho mal uso de las denominadas copias certificadas de actas electorales, además precisa que en el acta deconstatación de fecha 15.10.98 se dejó constancia que el imputado ante la presencia del Fiscal Provincial Penal de turno, personero legal de la lista independiente “Salve-mos Juliaca” y personal de dicha oficina, se negó, al ser requerido, a conversar con ellos, optando salir por unapuerta posterior, sin explicación que justifique dichoproceder; además se dejó constancia que en el ánfora correspondiente a la mesa de sufragio N” 012160 seencontraron cédulas de votación marcadas y no destrui- das; Que, es necesario el esclarecimiento de la denuncia formulada por don Yeme Marcial Pari Galindo, así como desvirtuar si el ex jefe de ODPE en mención, ha incurrido en ilícito penal dentro del proceso electoral municipal deoctubre últimoi De conformidad con las atribuciones conferidas por el Artículo 182” de la Constitución Política del Perú, las Leyes IV%. 26487 y 26859; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Sistema Electoral, a fin de que intervenga en la acción legal interpuesta por don Yeme Marcial Pari Galindo ante el Ministerio Publico de la provincia de San Román, contra don Jorge JavierHurtado Vela, jefe de la Oficina Descentralizada de Pro- cesos Electorales de la provincia de San Román, durante el proceso electoral municipal del domingo 11 de octubre último, que lleven a la elucidación de los hechos imputa- dos. Artículo Segundo.- El citado Procurador Público informará a la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, sobre las acciones judiciales queejerza conforme a lo acotado en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE PORTILLO CAMPBELL Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 15200 SBS Prorrogan plazo otorgado a caja rural de ahorro y crédito para que proceda a enajenar bienes adjudicados en pagode deudas RESOLUCION SBS N° 1235-98 Lima, 11 de diciembre de 1998 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud de prórroga del plazo para realizar la venta de bienes de activo fijo adjudicados en pago de obligaciones de sus deudores, que figuran en el anexo dela presente resolución, presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito de la Región San Martín; y,CONSIDERANDO: Que el Artículo 215” de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702, dispone que los bienes muebles o inmuebles, recibidos o adjudicados en pago total o parcial, de una deuda deben rer enajenados en el plazo de un (1) año, el mismo que podrá ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un máximo de seis (6) meses; Que, en el segundo párrafo del referido artículo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenación se raya efectuado, la empresa deberá constituir una provi- sión hasta por el monto equivalente al costo en libros de os bienes no vendidos; Estando a lo informado por el Intendente de Institu- ciones Financieras “E” mediante Informe N” ASIF “E” 180-98/OT y a lo opinado por la Superintendencia Adjunta le Asesoría Jurídica y por la Superintendencia Adjuntale Banca; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 849° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia deBanca y Seguros, Ley N” 26702; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Artículo 215” de la Lev N° 26702. Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, para que la Caja Rural de Ahorro y Crédito de la Región San Martín proceda con la enajenación de losbienes adjudicados señalados en el anexo adjunto, que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Vencido el plazo de prórroga otorgado a la Caja Rural de Ahorro y Crédito de la Región San Martín sin que se haya efectuado su enajena- ción, dicha empresa deberá proceder conforme a lo establecido en el segundo párrafo del Artículo 2 15” de la Ley General, debiendo constituirse la correspondiente.,provision. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros Anexo RESOLUCION SBS N° 1235-98 BIENES MUEBLES E INMUEBLES ADJUDICADOS POR OBLIGACIONES DE DEUDORES SOBRE LOS CUALESSEAUTORIZAPRORROGAPARASUVENTA (Artículo 21 5° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley N° 26702) Relación de bienes adjudicados por obligaciones de deudores, sobre los cuales se autoriza a la Caja Rural de Ahorro y Crédito de la Región San Martin prórroga de seis meses para su venta, conforme conlon dispuesto en el Artículo 215° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros. TIPO DE DESCRIPCION/ FECHA VALOR PRORROGA BIEN UBICACION DE EN DE ADJUDICACION LIBRO S TENENCIA Predio Jirón La Libertad N°818 98.12.10 S/.26 038,07 99.6 13 ulbano Distrito RiO@ Provincia Rioja Dpla. san Martin Predkl Jiróll : .bqcháwt+%5 96.12 16 SI 35 638.19 99 6.19 Urbano Distrito : Tarapolo Provinch : San Martin opto. sal h4aliin 15218