Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 1998 (29/12/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

I.ima. martes 29 dc diciembre dc 1998

arpertfatu,

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Que por Acuerdo del Directorio adoptado en sesion de c le los Laboratorios de Calibracion y Ensayo, aprobada fecha 10 de diciembre de 1998, se ha designado al Comite nediante Resolucion N" 003-93-INDECOPIKNM; Tecnico del Indecopi encargado de efectuar las coordinaQue, es necesario destacar que la acreditacion de ciones pertinentes con el INEI, para la realizacion de las 1:,aboratorios de Ensayos se restringe, de acuerdo al Artiactividades conducentes a la solucion del PIA 2000; c:ulo 5" del Reglamento de Acreditacion MORDAZA citado, a los En uso de las facultades que confiere el Articulo 5" del 1netodos de ensayo en los MORDAZA de Pruebas y en las Decreto Ley N" 25868; 1 Leas de Productos en los cuales la entidad solicitante ha Clemostrado poseer competencia tecnica, en este sentido RESUELVE: ;olo poseenvalor oficial los documentos emitidos sobre la t>ase de los metodos de ensayo en los MORDAZA de prueba y Articulo Unico.- Designar a los funcionarios siguien2ireas de productos materia de la acreditacion; tes como miembros del Comite Tecnico del Indecopi enEstando a lo recomendado por la Secretaria Tecnica, cargado de coordinar con el INEI las actividades pertinen
Acreditan a laboratorio de instituto para emitir Informes de Ensayo en MORDAZA de Pruebas biologicas y quimicas, y Kre; de Productos vegetales y amRESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES N" 0072.1998/INDECOPICRT MORDAZA, 10 de diciembre de 1998 Expediente W 017-96-CNM-C 1 Acreditacion de Laboratorios de Ensayo Instituto Tecnologico Pesquero - ITP VISTA: La solicitud presentada por el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP, en el Expediente W 017-96CNM-Cl, para la acreditacion de su Laboratorio de Ensayo; Y>

MORDAZA DE PRUEBAS: Pruebas Biologicas Pruebas Quimicas AREA DE PRODUCTOS: - Area de Productos vegetales y animales Productos alimenticios y comestibles (Codigo 1.1.) Productos animales y pesqueros (excepto alimentos) incluyendo piel y cuero (Codigo 1.4.) Segundo.- El periodo de vigencia de la acreditacion otorgada es de tres anos contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Durante su vigencia la acreditacion estara sujeta al cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de Acreditacion de Organismos de Certificacion, Organismos de Inspeccion y Laboratorios de Ensayo y Calibracion. MORDAZA RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales 15183

CONSIDERANDO: Que, el 22 de MORDAZA de 1996 el Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP solicito a la Comision de Reglamentos Tecnicos y Comerciales del INDECOPI la acreditacion de su laboratorio de ensayos, presentando para tal efecto la Memoria Descriptiva y el Manual de Calidad correspondiente, asi como la documentacion que acredita su existencia juridica; Que, el Informe de la Secretaria Tecnica W 0041-1998CRT, en el que se detalla la evaluacitin realizada por el equipo auditor, recomienda la acreditacion solicitada, en merito a los resultados obtenidos en la auditoria y `dado que el solicitante cumplio con subsanar las no conformidades mayores y menores, y observaciones detectadas en el MORDAZA de auditoria mediante la reduccion del alcance de la acreditacion solktada y la propuesta e implementacion de acciones correctivas, que fueron evaluadas en auditoria complementaria llevada a cabo el 12 y 13 de octubre de 1998 Que, el procedimiento de acreditacion se desarrollo cor arreglo al Reglamento de Acreditacion de Organismos dc Certificacion, Organismos de Inspeccion y Laboratorios de Ensayo y Calibracion aprobado mediante Resolucion N 026-97/INDECOPI-CRT, y sobre la base de los requisito5 tecnicos establecidos en la Guia Peruana GP-ISO/IEC 25:1993 Requisitos generales para la competencia tecnic:

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Declaran area ubicada en el Cercado rle MORDAZA como MORDAZA de alto riesgo y peligrosidad
DECRETO DE ALCALDIA N" 100 MORDAZA, 28 de diciembre de 1998 EL MORDAZA METROPOLITANO DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, el Art. 191" de la Constitucion Politica del Peru establece que las Municipalidades tienen autonomia politica, administrativa en los asuntos de su competencia;

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