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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 1998 (18/01/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 8

TEXTO PAGINA: 4

Lima, domingo 18 de enero de 1998 CHANDLER FOLIAR CHANDLER CHECK ATRASIN 500 FW DARDO 25 EC FLYMIN 25 ECCITOQUININA 520 BIOESTIMULANTE FOLIAR EE.UU. CHANDLER PERU S.A. DERIVADOS DE ZEATINA BIOCONTROL 521 BIOESTIMULANTE DE EE.UU. CHANDLER PERU S.A. SUELO-SUPRESOR NATURAL DE NEMATODOS ATRAZINA 522 HERBICIDA SUDAFRICA TECNOLOGIA QUIMICA Y COMERCIO S.A. OXYDEMETON METIL 523 INSECTICIDA CHILE HORTUS S.A. OXYDEMETON METIL + 524 INSECTICIDA CHILE HORTUS S.A. FENVALERATO Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ANTONIO MEZA SEGURA Director General de Sanidad Vegetal Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA 0557 Renuevan permiso originario otorga- do a empresa para la prestación de servicio de transporte internacional de mercancías por carretera RESOLUCIONDIRECTORAL N” 1861.97.MTCY15.18 Lima, 31 de diciembre de 1997 VISTO, el Expediente de Registro N” 17754, organiza- do por la empresa COMINTER TRANSPORTES S.A. sobre Renovación de Permiso Originario. CONSIDERANDO: Que, la empresa recurrente ha cumplido con los requi- sitos y trámites que la reglamentación establece, para la renovación del Permiso Originario, para el Servicio de Transporte Internacional Terrestre de Carga por Carre- tera; Que, por Decreto Supremo N”028-91-TC, se incorpora a la Legislación Nacional el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre de los Países del Cono Sur, el cual en su Artículo 58” establece como Organismo Nacional Competente para la autorización correspondiente, a la Dirección General de Circulación Terrestre del Ministerio de Transportes, Comunicacio- nes, Vivienda y Construcción; Estando a las opiniones favorables de las Direcciones de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Interna- cional en Memorándum N” 959.97-MTtX5.18.04 y de Asesoría Legal en Informe No 553.97.MTC115.18.01; De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terres- tre de los Países del Cono Sur ratificado por Decreto Supremo W 028.91.TC, Directiva de Servicio Público de Transporte Internacional de Pasajeros y Carga por Ca- rretera, aprobada por Resolución Directoral No 032-90- TC/lS. 15, Ley No 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N” 070~89.PCM, Texto Unico de Proce- dimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo No 019-97-MTC y Decreto Ley No 25862: SE RESUELVE: Primero.- Renovar el Permiso Originario, otorgado por Resolución Directoral N” 201.92.TCW15.15 de fecha 10 de noviembre de 1992, modificada por Resoluciones Directorales Nos. 068~ 140-97-MTC/lS. 18 de 10 de marzoy 10 de julio de 1997 a favor de la empresa COMINTER TRANSPORTES S.A. para la prestación de servicio de transporte internacional de mercancías por carretera. Segundo.- Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo anterior, expídase el Documento de Idoneidad y anexo correspondiente en la forma siguiente: ORIGEN : República del Perú DESTINO : Repúblicas de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay. RUTAS :Lasaue autoricen las autoridades comneten- FLOTAtes d’e los países de Argentina, Bolivia, Bra- sil, Chile, Paraguay y Uruguay. VEHICULAR : Remolcadores: YA-1007, YA-1009, YA- 1019. YA-1020. YA-1021, YA-Ió27, YA-í028, YA- 1029,YA-1030 Semirremolques:ZA-1017, ZA-1018, ZA- 105l,ZA-1052,ZA-1053, ZA-1077, ZA-1078, ZA- 1079,ZA-1080,ZA-1081 Total: Diecinueve (19) vehículos, autorizándose la inscripción de éstos ante la Superintendencia Nacional de Aduanas. Tercero.- La renovación que se otorga tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados a partir del 10 de noviembre de 1997, fecha de conclusión de la Resolución Directoral W 201.92.TCCX5.15. Cuarto.- La empresa COMINTER TRANSPORTES S.A., mantendrá vigente la póliza de seguros, que cubra las actividades operacionales que se otorga poresta Reso- lución y acreditará su cumplimiento ante la Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacio- nal. Quinto.- La empresa autorizada por la presente Reso- lución, deberá sujetarse a los convenios en materia de transporte internacional terrestre por carretera, que el país haya suscrito y que posteriormente suscriba con los países miembros del Cono Sur, así como a los Regla- mentos vigentes. Regístrese y comuníquese. ANA MARIA MONTTI DE MONTERO Directora General (e) Dirección General de Circulación Terrestre 0518