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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE FEBRERO DEL AÑO 1998 (22/02/1998)

CANTIDAD DE PAGINAS: 12

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 157618 NORMAS LEGALES Lima, domingo 22 de febrero de 1998 Artículo 2º.- Aprobar la modificación al Reglamento Interno del fondo de inversión denominado "Fondo de Inversión Multirrenta Inmobiliaria" eliminando el inciso h) del Artículo 27º y el numeral viii), inciso b) del Artículo 29º. Artículo 3º.- Aprobar la modificación del inciso h) de la cláusula décima del Contrato de Suscripción del fondo de inversión denominado "Fondo de Inversión Multirren- ta Inmobiliaria", según el siguiente texto: "DECIMO.- GASTOS A CARGO DEL FONDO h) Gastos de comisiones, derechos y otros gastos aso- ciados a la compra o venta de los activos del FONDO y de la estructuración, emisión y colocación de las Cuotas de Participación." Artículo 4º.- El Reglamento Interno, el Contrato de Suscripción, así como el Prospecto de Colocación con las respectivas modificaciones a que se refieren los artículos precedentes se encuentran a disposición del público en el Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución a Nuevo Mundo Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CHANG CHANG FUN Vicepresidente 1618 SUNAT Nombran Ejecutora Coactiva de la Ofici- na Zonal Ayacucho RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 028-98/SUNAT Lima, 19 de febrero de 1998 CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en el Artículo 114º del Código Tributario - aprobado por Decreto Legis- lativo Nº 816- la cobranza coactiva la ejerce la Administra- ción Tributaria a través del Ejecutor Coactivo; Que es necesario el nombramiento de un Ejecutor Coactivo para garantizar el normal funcionamiento de la cobranza coactiva de la Oficina Zonal Ayacucho; Que según lo precisado en el referido artículo del Código Tributario los Ejecutores Coactivos deben ser abogados con experiencia en tributación; En uso de las facultades conferidas en los incisos h) y o) del Artículo 6º del Estatuto de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-92-EF, modificado por el Artícu- lo 3º de la Resolución de Superintendencia Nº 051-97/ SUNAT; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Nombrar como Ejecutora Coactiva, encargada de la gestión de cobranza coactiva en la Oficina Zonal Ayacucho a la abogada señorita ROXANA GONZA- LES GUERRERO. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO Superintendente 1924MUNICIPALIDAD DE ATE Disponen el pintado y/o uniformiza- ción de toldos de inmuebles compren- didos en urbanización del distrito DECRETO DE ALCALDIA Nº 003 Vitarte, 16 de febrero de 1998 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad de Ate, ha culminado la Remo- delación del Parque FAP, ubicado en la urbanización Salamanca de Monterrico, el cual es símbolo de la identi- dad de la referida zona; Que, es objetivo de la actual Gestión Municipal, recu- perar la prestancia de la urbanización Salamanca de Monterrico y para tal efecto es necesario que los vecinos de la urbanización que habitan en la Av. Los Paracas, cuadras 1 y 2, Jr. Julio C. Tello, pasaje Bernabé Cobo, pasaje José Olaya y pasaje Parque Central contribuyan al ornato con el pintado de las fachadas de sus inmuebles y, según sea el caso, con la uniformización de toldos, como contraprestación a la obra realizada; Estando a las consideraciones expuestas y de confor- midad a lo dispuesto por los Artículos 62º, 65º inciso 9) y con las facultades conferidas por el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Los vecinos de la urbanización Salamanca de Monterrico que habitan en la Av. Los Paracas, cuadras 1 y 2, Jr. Julio C. Tello, pasaje Bernabé Cobo, pasaje José Olaya y pasaje Parque Central, están obligados a pintar las fachadas de sus inmuebles en el plazo de 10 días de publicado el presente Decreto. Los colores a emplearse serán: MOSTAZA: Pasaje Olaya, pasaje Parque Central (en- tre pasaje Olaya y Garcilaso de la Vega), Av. Los Paracas (fachada del mercado). PALO ROSA: Av. Los Paracas, cuadras 1 y 2 (vivien- das con frente al parque), pasaje Bernabé Cobo, Jr. Julio C. Tello. BEIGE: Pasaje Parque Central (entre Av. Los Para- cas y el pasaje Olaya), Av. Los Paracas (del lado del Banco Continental hasta el final de la cuadra 2). Artículo Segundo.- Los vecinos de la urbanización Salamanca de Monterrico que habitan en la Av. Los Paracas, cuadras 1 y 2, Jr. Julio C. Tello, pasaje Bernabé Cobo, pasaje José Olaya y pasaje Parque Central, están obligados a uniformizar los toldos de sus inmuebles, en caso que existan, en el plazo de 60 días de publicado el presente Decreto. Artículo Tercero.- Aquellos vecinos que hubieran pintado sus fachadas dos meses antes de la expedición del presente Decreto y éstas presenten un aspecto adecuado, quedan exonerados de su cumplimiento. Artículo Cuarto.- Los vecinos que no cumplan con el pintado de sus fachadas, serán acreedores a una multa ascendente a la suma de una UNIDAD IMPOSITIVA TRIBUTARIA (UIT). Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección de Servi- cios Públicos el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. ENRIQUE PAJUELO ROLDAN Alcalde 1989